NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (14/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de setiembre de 2012 474454 Amplían plazo de mandato de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica, reconformada mediante Res. Nº 0721-2012-ANR COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1221-2012-ANR Lima, 04 de setiembre de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTO: El ofi cio Nº 309-COG/P-UNICA-2012, de fecha 03 de setiembre de 2012; el memorando Nº 884-2012-SE, de fecha 03 de setiembre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 90º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, los Rectores de las universidades públicas y privadas constituyen la Asamblea Nacional de Rectores, cuyos fi nes son el estudio, la coordinación y orientación de las actividades universitarias del país; así como velar por la institucionalidad y autonomía universitaria; Que, la Ley Nº 26490, ampliada por Ley Nº 27602, ha establecido como una atribución de la Asamblea Nacional de Rectores intervenir universidades públicas y privadas ante graves irregularidades académicas, administrativas, normativas y económicas; Que, dentro del precitado marco legal, mediante Resolución Nº 1365-2011-ANR, de fecha 25 de noviembre de 2011, se declaró en confl icto de gobernabilidad a la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica y se conformó una Comisión de Orden y Gestión para la mencionada universidad, otorgándole el plazo de noventa (90) días para que subsane las irregularidades y restituya la gobernabilidad universitaria; plazo ampliado por ciento veinte (120) días mediante Resolución Nº 0178-2012- ANR, de fecha 27 de febrero de 2012; designándose un nuevo presidente para la mencionada Comisión de Orden y Gestión y asimismo ampliándose su plazo de de mandato por setenta (70) días mediante Resolución Nº 0721-2012- ANR, de fecha 26 de junio de 2012; Que, mediante ofi cio de vistos, la Presidente de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica comunica que el día 29 de agosto de 2012 se procedió a la elección de Rector, Vicerrector Académico y Vicerrector de Investigación y Desarrollo de la mencionada casa superior de estudios; sin embargo la entrega formal del cargo y la Ceremonia de Juramentación de las nuevas autoridades elegidas aún no fueron efectuadas, razón por la cual se solicita la ampliación el plazo de permanencia de la Comisión de Orden y Gestión; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución por la que se amplíe hasta el 07 de setiembre de 2012 el plazo de mandato de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar hasta el 07 de setiembre de 2012 el plazo de mandato de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica, reconformada mediante Resolución Nº 0721-2012-ANR, con cargo de dar cuenta a la Comisión de Coordinación Interuniversitaria. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 840196-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje del Rector de la Universidad Nacional del Callao para participar en evento a realizarse en EE.UU. UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 717-2012-R Callao, 31 de agosto del 2012 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, la capacitación permanente es un derecho inherente a la docencia universitaria, así también, es un deber de los profesores universitarios el perfeccionamiento de sus conocimientos y capacidad docente, así como realizar labor intelectual creativa, de acuerdo con lo normado en los Arts. 250º y 293º Inc. c) del Estatuto de la Universidad, concordante con los Arts. 43º y 51º Inc. c) de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733; Que, además, los profesores universitarios tienen derecho a recibir subvención y/o fi nanciamiento para realizar estudios de Maestría, Doctorado y capacitación o perfeccio- namiento en el área correspondiente, preferentemente en su especialidad, en concordancia con el Art. 296º Inc. m) del Estatuto de esta Casa Superior de Estudios; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en sus Arts. 2º y 5º, concordantes con los Arts. 2º y 10º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, establece que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional; asimismo, que dentro de los quince días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público presentará ante el titular del pliego de su institución un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas correspondiente; Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 83º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, aplicable supletoriamente al caso materia de los autos, la Comisión de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones según el nivel de carrera y especialidad alcanzados que estén directamente relacionados con los objetivos institucionales, y no excederá en ningún caso el máximo de treinta (30) días calendario por vez; Estando a lo glosado; al Proveído Nº 632-2012-R (Expediente Nº 811 SG) recibido el 23 de agosto del 2012; al Informe Nº 1552-2012-UPEP-OPLA y Proveído Nº 928- 2012-OPLA recibidos de la Ofi cina de Planifi cación el 23 de agosto del 2012; al Informe Legal Nº 1102-2012-AL, recibido de la Ofi cina de Asesoría Legal el 28 del agosto del 2012; y, en uso de las atribuciones que le confi eren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad, concordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º AUTORIZAR, la participación, en COMISIÓN DE SERVICIOS, en representación de esta Casa Superior