NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (15/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de setiembre de 2012 474514 Encargan el Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa al Secretario General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1044-2012-DE/SG Lima, 14 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el señor Jakke Raimo Valakivi Álvarez, Viceministro de Recursos para la Defensa, viajará del 15 al 23 de setiembre de 2012 a la República Checa y a la República Federal de Alemania, para que participe en la “I Reunión del Comité Permanente de Coordinación y Cooperación entre el Ministerio de Defensa de la República Checa y el Ministerio de Defensa de la República del Perú” y en la visita de carácter técnico a las instalaciones de la empresa estatal LOM Praha y otras entidades, a realizarse en la ciudad de Praga, República Checa, del 17 al 19 de setiembre de 2012; así como en la Reunión de Trabajo entre el Ministerio de Defensa de la República Federal de Alemania y el Ministerio de Defensa de la República del Perú, a realizarse en la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, el 21 de setiembre de 2012; Que, en consecuencia, resulta necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa al Secretario General del Ministerio de Defensa, en tanto dure la ausencia de su titular; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar el Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa al señor Manuel Gustavo Mesones Castelo, Secretario General del Ministerio de Defensa, desde el 15 de setiembre de 2012 y en tanto dure la ausencia del titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 841899-1 Amplían plazo otorgado al Grupo de Trabajo conformado mediante R.M. Nº 920-2012-DE/SG, para la presentación de Informe Final RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1045-2012-DE/SG Lima, 14 de setiembre de 2012 VISTO: El Ofi cio N° 020-2012/PGT, de fecha 13 de setiembre de 2012, suscrito por el Presidente del Grupo de Trabajo constituido mediante Resolución Ministerial N° 920-2012- DE/SG, de fecha 17 de agosto de 2012; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 920-2012-DE/ SG, de fecha 17 de agosto de 2012, se conformó el Grupo de Trabajo encargado de investigar los hechos vinculados al fallecimiento del Mayor FAP Jorge Olivera Santa Cruz, el mismo que en un plazo de treinta (30) días calendario, computados a partir de su instalación, deberá presentar un Informe Final conteniendo un análisis exhaustivo de los hechos investigados, así como las conclusiones y recomendaciones a que hubiere lugar; Que, mediante el documento del visto, el Presidente del citado Grupo de Trabajo, ha expuesto las razones por las cuales resulta necesario ampliar el plazo establecido, a fi n de culminar con la labor encargada; Que, atendiendo a la complejidad de la labor encargada al mencionado Grupo de Trabajo, resulta procedente ampliar el plazo establecido en la Resolución Ministerial N° 920-2012-DE/SG, por quince (15) días calendario adicionales; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, concordante con el literal v) del artículo 9° de la Ley Nº 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar por quince (15) días calendario, el plazo otorgado al Grupo de Trabajo conformado mediante Resolución Ministerial N° 920- 2012-DE/SG, de fecha 17 de agosto de 2012, para la presentación del Informe Final conteniendo un análisis exhaustivo de los hechos investigados, así como las conclusiones y recomendaciones a que hubiere lugar. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 841899-2 Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de EE.UU. y Argentina RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1046-2012-DE/SG Lima, 14 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 717 del 04 de setiembre de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-3666 del 12 de setiembre de 2012, el Secretario del Comandante General de la Marina, por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el personal militar antes señalado, ingresará a territorio de la República, del 15 de setiembre de 2012 al 1 de abril de 2013, a fi n de participar en un Entrenamiento Conjunto de Intercambio Combinado (JCET) SBT-22, a realizarse en la Escuela de Operaciones Ribereñas en la ciudad de Iquitos; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, del personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación,