NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (15/09/2012)
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TEXTO PAGINA: 17
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de setiembre de 2012 474519 Asistencia Alimentaria “PRONAA”, la facultad de aprobar, suscribir, modifi car y resolver convenios y contratos con instituciones públicas o privadas, relacionados con el funcionamiento u operación del programa; Con el visado de Gabinete de Asesores, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar, a partir de la fecha, en la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria “PRONAA” la facultad de aprobar, suscribir, modifi car y resolver convenios y contratos con instituciones públicas o privadas, relacionados con el funcionamiento u operación del programa. Artículo 2º.- La Directora Ejecutiva deberá informar a la Secretaría General del MIDIS sobre las resoluciones que emita y los actos efectuados como producto de la presente delegación de funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 841790-2 Delegan diversas facultades y atribuciones en el Jefe de la Oficina General de Administración, durante el ejercicio fiscal 2012, respecto de la Unidad Ejecutora Nº 001 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2012-MIDIS Lima, 14 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792 se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica. Asimismo, se creó el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS) como sistema funcional; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva y el funcionario responsable en materia presupuestaria, siendo que las funciones que ostenta en materia presupuestaria pueden ser objeto de delegación, cuando así lo establezca expresamente la Ley General de Presupuesto del Sector Público y/o la norma de creación de la Entidad; Que, el artículo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, concordante con lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF señala que el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga, no pudiendo ser objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento; Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el literal e) del artículo 12 de la Ley 29792 dispone que el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social ejerce las funciones que le asigne la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 007-2012- MIDIS, se delegó en la Secretaría General, para el ejercicio fi scal 2012, una serie de facultades en materia presupuestal, planeamiento, inversiones, contrataciones del Estado, recursos humanos y en materia administrativa en general; Que, posteriormente, mediante Resolución Ministerial Nº 040-2012-MIDIS, se delegó en el Jefe de la Ofi cina General de Administración, una serie de facultades en materia presupuestal, contrataciones del Estado, recursos humanos y en materia administrativa, dejándose sin efecto la Resolución Ministerial Nº 007-2012-MIDIS, en los extremos relativos a las facultades delegadas al referido funcionario; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, la Ofi cina General de Administración es el órgano de apoyo encargado de administrar y proveer a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de los recursos humanos, materiales, económicos y fi nancieros necesarios para asegurar una efi ciente y efi caz gestión institucional; Que, a efectos de agilizar los procedimientos y permitir un adecuado funcionamiento del Ministerio, es necesario que, adicionalmente a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 040-2012-MIDIS, se delegue facultades en materia de contrataciones del Estado, recursos humanos, fi nancieros y en materia administrativa, al Jefe de la Ofi cina General de Administración del Ministerio; Con el visado de la Secretaría General, la Ofi cina General de Administración, y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el Jefe de la Ofi cina General de Administración, durante el ejercicio fi scal 2012, respecto de la Unidad Ejecutora Nº 001, las siguientes facultades y atribuciones: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modifi catorias. b) Autorizar los procesos de estandarización para la adquisición de bienes y contratación de servicios. c) Suscribir contratos bancarios y fi nancieros. d) Suscribir convenios, adendas y similares que tengan vinculación directa con el sistema de recursos humanos. e) Aprobar el reconocimiento de deuda, créditos devengados y devolución de recursos. Las facultades delegadas mediante la presente resolución se agregan a las delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 040-2012-MIDIS. Artículo 2.- El Jefe de la Ofi cina General de Administración deberá dar cuenta a la Secretaría General respecto de las actuaciones derivadas de las facultades delegadas en el artículo precedente. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 007-2012-MIDIS, en los extremos relativos a las facultades delegadas mediante la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 841790-3