Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2012 (15/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; y, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida la encargatura de la Licenciada KATTY MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el puesto de Gerente de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual ­ PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Gerente de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual ­ PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 841475-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan concesion a Level 3 Peru S.A. para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 503-2012-MTC/03 MORDAZA, 14 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modificado por la Ley N° 28737, senala que la concesion es el acto juridico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o juridica la facultad de prestar servicios publicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgara concesion unica para la prestacion de todos los servicios publicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominacion de estos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepcion de la concesion para Operador Independiente, la concesion se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, el articulo 53° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, dispone que en un mismo contrato de concesion el Ministerio otorgara el derecho a prestar todos los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el articulo 121° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, dispone que los servicios portadores, finales y de difusion de caracter publico, se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio; Que, el articulo 123° del del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que el otorgamiento de la concesion, asi como las asignaciones de espectro que correspondan, se efectuaran obligatoriamente por concurso publico de ofertas cuando: a) En una determinada localidad o area de servicio, exista restriccion en la disponibilidad de frecuencias o banda de frecuencias disponible, para la prestacion de un determinado servicio publico de telecomunicaciones, b) se senale en el Plan Nacional de Asignacion de Frecuencias ­ PNAF; Que, el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias (PNAF) aprobado por Resolucion Ministerial N° 187-2005MTC/03 y sus modificatorias, dispone en la nota P99 que la asignacion y/o el otorgamiento de concesion de las bandas de 10,15 ­ 10,30 y 10,50 ­ 10,65 GHz, atribuidas a titulo primario, para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, utilizando sistemas de acceso fijo inalambrico, en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, se debe realizar por concurso de ofertas; Que, el articulo 203° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, dispone que la asignacion del espectro radioelectrico en las bandas identificadas para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones y atribuidas a titulo primario, se realizara mediante Concurso Publico en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; Que, el articulo 159° del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Telecomunicaciones, establece que mediante Resolucion del Titular del Ministerio se podra, para casos especificos, encargar a otra entidad la

RELACIONES EXTERIORES
Incorporan a Embajador a la Delegacion peruana en el caso sobre delimitacion maritima entre Peru y MORDAZA ante la Corte Internacional de Justicia
RESOLUCION SUPREMA Nº 200-2012-RE MORDAZA, 14 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno peruano ha presentado ante la Corte Internacional de Justicia una demanda para dar solucion a la controversia existente sobre delimitacion maritima con Chile; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 003-2008RE, de 8 de enero de 2008, se designo a la Delegacion peruana ante la Corte Internacional de Justicia en el caso sobre delimitacion maritima entre el Peru y Chile; Que, el Gobierno peruano estima trascendental convocar la participacion de destacados especialistas que puedan contribuir al caso sobre delimitacion maritima entre el Peru y Chile; De conformidad con la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su Reglamento; asi como, con la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la Delegacion peruana en el caso sobre delimitacion maritima entre el Peru y MORDAZA ante la Corte Internacional de Justicia. Articulo 2º.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 841898-2

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