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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de abril de 2013 492131 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor abogado Comandante SJE Hegel Galileo Yanayaco Jiménez, como Procurador Público Adjunto del Ejército del Perú. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos 920101-22 Delegan facultades en materia normativa, en materia de contrataciones del Estado y en materia administrativa, en el Secretario General y en el Jefe de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0075-2013-JUS Lima, 15 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que los Ministros de Estado pueden delegar las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 10º de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos señala que el Ministro de Justicia y Derechos Humanos es la más alta autoridad política y la más alta autoridad ejecutiva del Ministerio. Asimismo, establece que el Ministro puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, en aplicación del principio de desconcentración de los procesos a que se refi ere la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente establecer niveles de desconcentración de los procesos decisorios en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, resultando por tanto necesario delegar facultades en el(la) Secretario(a) General y el(la) Jefe(a) de la Ofi cina General de Administración en materia presupuestal, de gestión administrativa y de contrataciones del Estado, que corresponden al Ministro de Justicia y Derechos Humanos, en su calidad de Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el(la) Secretario(a) General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las siguientes facultades: 1.1. EN MATERIA NORMATIVA Aprobar directivas, planes, manuales, así como todo documento normativo que regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnico-normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno a cargo de todas las unidades orgánicas del Ministerio Justicia y Derechos Humanos. 1.2. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Ministerio Justicia y Derechos Humanos, así como sus modifi catorias. b) Aprobar Bases Administrativas de los procesos de selección correspondientes a Licitación Pública y Concurso Público, que realice la Unidad Ejecutora 0015 - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como de las Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de selección mencionados. c) Designar a los miembros integrantes de los Comités Especiales Ad Hoc y Comités Especiales Permanentes, que tendrán a su cargo la organización, conducción y ejecución de los procesos de selección que convoque la Entidad; así como disponer la modifi cación de la conformación de los mismos, de ser el caso, para el caso de procesos de selección correspondientes a Licitación Pública y Concurso Público. d) Aprobar la asignación sufi ciente de recursos para el otorgamiento de la Buena Pro para la contratación de obras, cuando las propuestas económicas superen el valor referencial hasta el límite del diez por ciento (10%), debiéndose verifi car que la propuesta económica no afecte la declaratoria de viabilidad del proyecto. e) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria sufi ciente, ambas hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, que tengan como objeto la contratación de bienes y servicios, para el caso de procesos de selección correspondientes a Licitación Pública y Concurso Público, así como de Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de selección mencionados. f) Autorizar los procesos de estandarización. g) Cancelar los procesos de selección correspondientes a Licitación Pública y concurso Público. 1.3. EN MATERIA ADMINISTRATIVA a) Resolver los recursos administrativos interpuestos ante órganos dependientes del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, en aquellos procedimientos en los que éste constituya la última instancia administrativa. b) Seleccionar a los profesionales y suscribir contratos bajo la modalidad de locación de servicios, y sus respectivas adendas, para la contratación de profesionales califi cados que presten servicios al Ministerio Justicia y Derechos Humanos, a través del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, de acuerdo a los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público”. c) Suscribir en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las comunicaciones ofi ciales al Ministerio de Economía y Finanzas respecto a las contrataciones del Personal Altamente Califi cado del Sector, al amparo de la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones; y demás normas complementarias. d) Constituir comisiones, grupos de trabajo y/o similares, al interior de la Entidad, así como disponer la modifi cación de la conformación de los mismos, de ser el caso. e) Suscribir Convenios de Gestión y de Cooperación Interinstitucional en materias de su competencia y sus respectivas adendas, con excepción de aquellos que por norma expresa deban ser suscritos por el Titular de la Entidad. f) Suscribir en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la documentación que debe ser remitida a la Contraloría General de la República en el marco de lo dispuesto en la Resolución de Contraloría Nº 063-2007-CG, lo cual incluye la suscripción de los contratos con las sociedades de auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control.