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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (04/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de abril de 2013 492175 Superiores de Liquidación entre otros, en el Distrito Judicial de San Martín - Sede Tarapoto; Que, la carga procesal de la citada Fiscalía de Liquidación, ha disminuido considerablemente, por lo que se hace necesario que en adicción a su carga procesal, conozca también los recursos de Quejas y Apelaciones; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto con el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir de la vigencia de la presente resolución, la Primera Fiscalía Superior Penal de San Martín, con sede en Tarapoto, Distrito Judicial de San Martín, asuma en adición a sus funciones, las apelaciones y recursos de queja que se inicien bajo la vigencia del Nuevo Código Procesal Penal, con competencia en las provincias de San Martín, Lamas, Picota, Bellavista, Huallaga, Mariscal Cáceres, Tocache, El Dorado y Alto Amazonas. Artículo Segundo.- Facúltese a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de San Martín, adopte las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministerio de Justicia, Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de San Martín, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 920091-7 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 754-2013-MP-FN Mediante Ofi cio Nº 6295-2013-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 754-2013-MP-FN, publicada en la edición del día 26 de marzo de 2013. DICE: Artículo Primero.- (...) Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes (...) DEBE DECIR: Artículo Primero.- (...) Tercera Fiscalía Provincial Mixta de Tumbes (...) 920092-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al BBVA Continental la apertura y traslado de agencias en los departamentos de Ica y Lima y Huánuco RESOLUCIÓN SBS Nº 1980-2013 Lima, 21 de marzo de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el BBVA Continental para que esta Superintendencia autorice la apertura de dos (02) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de las referidas agencias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883- 2009; y Resolución Administrativa SBS N° 281-2012, y Memorando N° 190-2013-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al BBVA Continental la apertura de dos (02) agencias: - Agencia Mega Express Chincha, ubicada en Prolongación Mariscal Benavides N° 1224, Local Comercial N° L01, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Agencia Óvalo El Pacífi co, ubicada en Av. José Pardo N° 320, distrito de Mirafl ores, provincia de Lima, departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAYKO CAMARGO CARDENAS Intendente General de Banca (a.i.) 919351-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 2011-2013 Lima, 22 de marzo de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el BBVA Continental para que esta Superintendencia autorice el traslado de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca el traslado de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009; Resolución Administrativa SBS N° 281-2012, y Memorando N° 190- 2013-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al BBVA Continental el traslado de una (01) agencia según el siguiente detalle: