Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2013 (04/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de MORDAZA de 2013

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidor del Concejo Distrital de Huepetuhe, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION Nº 271-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00239 HUEPETUHE - MORDAZA - MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, tres de MORDAZA de dos mil trece VISTA la solicitud de convocatoria de accesitario remitida por MORDAZA MORDAZA Huaracha, MORDAZA de la MORDAZA Mojonero MORDAZA, Cristiina MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores del Concejo Distrital de Huepetuhe. ANTECEDENTES El 22 de febrero de 2013, mediante el escrito del visto, se solicito se deje sin efecto la credencial de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huepetuhe, debido a que se encuentra incurso en la causal de vacancia establecida en el articulo 25, numeral 6, de la Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). Asimismo, se adjunta MORDAZA certificada de la sesion extraordinaria, de fecha 22 de enero de 2013, en la que se acordo declarar la vacancia del entonces regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por tener sentencia condenatoria por delito doloso ejecutoriada, acuerdo que no fue materia de recurso impugnatorio, por lo que quedo consentido. Finalmente, se adjunta MORDAZA certificada de la sesion extraordinaria llevada a cabo el 19 de febrero de 2013, en la que el concejo ratifico la decision de vacar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien, a esa fecha, habia sido acreditado como MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huepetuhe por medio de la Resolucion Nº 120-3013-JNE. CONSIDERANDOS 1. El articulo 22, numeral 6, de la LOM, establece como causal de vacancia la existencia de una condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, a partir de la emision de la Resolucion Nº 817-2012-JNE, via interpretacion de los alcances de la citada causal, ha establecido que esta se configura cuando se verifica la existencia de una condena con pena privativa de la MORDAZA por delito doloso durante la vigencia del mandato de una autoridad MORDAZA, es decir, que en algun momento hayan confluido tanto la vigencia de la condena penal con la condicion del cargo de MORDAZA o regidor. La adopcion de tal criterio interpretativo obedece a la necesidad de garantizar la idoneidad de los funcionarios que integran las instituciones del Estado, y con mayor razon, de aquellos que provienen de eleccion popular, de tal modo que, conforme con lo dispuesto en la LOM, no se permita la permanencia en el cargo de quienes han infringido las normas basicas de nuestro ordenamiento y han perpetrado la comision dolosa de un ilicito penal. 2. Del estudio del expediente se aprecia que, mediante Oficio Nº 0353-2013-P-SMD.I-CSJMO-PJ, remitido el 2 de MORDAZA de 2013, MORDAZA MORDAZA Loo MORDAZA, presidente de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, informo que MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue condenado por dicha sala, el 19 de setiembre de 2011, como autor del delito en contra el patrimonio, en agravio de la ciudadana que responde a las iniciales de L.E.C.R y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y por el delito contra la MORDAZA sexual en la modalidad de violacion sexual en agravio de L.E.C.R. En relacion con

este MORDAZA penal, la presidente de la sala informo que el burgomaestre cuestionado ha sido condenado a doce anos de pena privativa de MORDAZA de caracter efectiva (fojas 39 a 60). Al respecto, cabe senalar que contra la sentencia condenatoria se interpuso recurso de nulidad. Sin embargo, en fecha 27 de marzo de 2012, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro no haber nulidad en la sentencia en el extremo en que condeno a MORDAZA MORDAZA MORDAZA por los delitos MORDAZA expuestos (fojas 52 a 57). Finalmente, se debe mencionar que actualmente MORDAZA MORDAZA MORDAZA viene cumpliendo su condena en el establecimiento penitenciario de Samegua, Moquegua. 3. Cabe senalar que el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Resolucion Nº 120-2013-JNE, fue acreditado como MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huepetuhe como consecuencia del procedimiento de vacancia contra Gelman MORDAZA MORDAZA Guillen. De manera paralela a la emision del pronunciamiento del MORDAZA Nacional de Elecciones, en sede municipal se venia tramitando el procedimiento de vacancia en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por tener sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos de robo y violacion sexual, el cual culmino con la declaracion de vacancia del entonces primer regidor, con fecha 22 de enero de 2013, la cual quedo consentida pues no se interpuso medio impugnatorio alguno. Posteriormente, se informo de una ratificacion del acuerdo MORDAZA aludido, adoptado contra la autoridad en su condicion de alcalde. Si bien este ultimo acuerdo no cuenta con una MORDAZA de haber quedado consentido, este extremo seria irrelevante, toda vez que contra el acuerdo de la vacancia de la autoridad, adoptado inicialmente, no se interpuso recurso impugnatorio alguno, porque se trata de una sentencia ejecutoriada por delito doloso, y ademas, porque dicha autoridad se encuentra recluida en un centro penitenciario, en cumplimiento de lo establecido en la sentencia MORDAZA aludida. 4. Por tal motivo, corresponde declarar la vacancia del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huepetuhe, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 6, de la LOM, referente a la existencia de una sentencia penal condenatoria ejecutoriada; de tal modo que, de acuerdo con el articulo 24 de la LOM, al MORDAZA lo reemplaza el MORDAZA MORDAZA, que es el primer regidor habil que sigue en su propia lista electoral, por lo que, en este caso, corresponde convocar al primer regidor MORDAZA MORDAZA Huaracha, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 04813079, para que asuma el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huepetuhe. Asimismo, para completar el numero de regidores, corresponde convocar al regidor suplente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 23983168, candidato no proclamado de la organizacion politica Peru Posible, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Huepetuhe. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR el acuerdo tomado en sesion extraordinaria que aprueba la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA de Municipalidad Distrital de Huepetuhe. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huepetuhe, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Municipales 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA Huaracha, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 04813079, para que asuma el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Huepetuhe, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA de MORDAZA, para lo cual se le entregara la credencial respectiva. Articulo Cuarto.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 23983168, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Huepetuhe, provincia de

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