Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2013 (05/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de MORDAZA de 2013

NORMAS LEGALES

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En el Articulo 4°.-, DICE: (...) 3. DESCUENTO del 50% a las papeletas de MORDAZA interpuestas desde el 01/01/2012 hasta el ano 31/12/2012. (...) DEBE DECIR: (...) 3. DESCUENTO del 10% a las papeletas de MORDAZA interpuestas desde el 01/01/2012 hasta el 31/12/2012. (...)

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responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designacion debe realizarse mediante resolucion del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente norma."; Que, a traves del Informe de Visto, el Jefe de la Unidad de Personal de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, da cuenta al Administrador que para realizar las nuevas convocatorias CAS, es necesario que se designe mediante Resolucion de Alcaldia al funcionario responsable, acorde a las normas MORDAZA citadas; Que, la Gerencia Municipal mediante proveido de fecha 21 de marzo de 2013, acorde a los fundamentos de hecho y derecho, considera que el funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo, debe ser el Jefe de la Unidad de Personal por hallarse sus funciones directamente vinculadas con la materia, solicitando se emita la respectiva Resolucion de Alcaldia; Por lo expuesto, en atencion al Proveido s/n de la Gerencia Municipal y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 20º, numeral 6, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE:

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARMACA
Designan responsable de remitir las ofertas de empleo de la municipalidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 236-2013-MDH/A
Huarmaca, 21 de marzo de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARMACA VISTO: Informe Nº 067-2013-MDH-/OPPTO, de fecha 20 de marzo de 2013, emitido por el Jefe de Personal de la Municipalidad Distrital de Huarmaca; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo preceptuado en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, y en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomia que radica en la potestad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la Ley Nº 29849 ­ Ley que establece la eliminacion progresiva del Regimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales establece en su articulo 3º: "El acceso al regimen de Contratacion Administrativa de Servicios se realiza obligatoriamente mediante concurso publico. La convocatoria se realiza a traves del MORDAZA institucional de la entidad convocante, en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y en el MORDAZA del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la entidad convocante, otros medios de informacion"; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR se dictan las disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la transmision radial y televisiva de ofertas laborales del sector publico y privado dispone que: "Todo organismo publico y empresa del Estado esta obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de puestos publicos que tengan previsto concursar. Estan excluidas de esta obligacion de concursar y remitir la oferta, los puestos clasificados como de confianza conforme las reglas de la normatividad laboral publica vigente. Los organismos publicos y empresas del Estado remitiran con diez (10) dias habiles de anticipacion al inicio del concurso los puestos de trabajo vacantes a ofertar. Dicha remision puede realizarse por escrito o via electronica. (...). Los organismos publicos y empresas del Estado designaran al funcionario

Articulo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al Servidor Municipal MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de Jefe de la Unidad de Personal, como responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital de Huarmaca al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo Segundo.- DISPONER a la Secretaria General la Publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial el Peruano. Articulo Tercero.- Hagase de conocimiento la presente Resolucion al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y a los diferentes estamentos administrativos de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MARTIRES MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOBITOS
Autorizan viaje de MORDAZA y Regidor a MORDAZA, en comision de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 07-03-2013-MDL
Lobitos, veintisiete de marzo del ano dos mil trece. VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo Nº 03-032013-MDL, de fecha 27.03.2013, se trato como Punto de Agenda la Autorizacion de viaje del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Regidor Sr. MORDAZA MORDAZA Bancayan MORDAZA a la MORDAZA de Buenos Aires ­ MORDAZA para la asistencia al Acto de MORDAZA de la Cumbre Hemisferica de Alcaldes, que se realizara el dia 11 de MORDAZA en la MORDAZA de Buenos Aires; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ establece que las municipalidades provinciales, distritales y delegadas, gozan de autonomia, politica, economica y administrativa, en los asuntos que le son competentes y rigen su accionar con arreglo a la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades y demas normas que con arreglo a nuestro ordenamiento juridico. Que, el Articulo 41º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades - establece, que los acuerdos de Concejo, son decisiones que se adoptan, referidos a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno, para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional.

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