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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de abril de 2013 492243 En el Artículo 4°.-, DICE: (...) 3. DESCUENTO del 50% a las papeletas de tránsito interpuestas desde el 01/01/2012 hasta el año 31/12/2012. (...) DEBE DECIR: (...) 3. DESCUENTO del 10% a las papeletas de tránsito interpuestas desde el 01/01/2012 hasta el 31/12/2012. (...) 920631-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARMACA Designan responsable de remitir las ofertas de empleo de la municipalidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 236-2013-MDH/A Huarmaca, 21 de marzo de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARMACA VISTO: Informe Nº 067-2013-MDH-/OPPTO, de fecha 20 de marzo de 2013, emitido por el Jefe de Personal de la Municipalidad Distrital de Huarmaca; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo preceptuado en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que radica en la potestad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 29849 – Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales establece en su artículo 3º: “El acceso al régimen de Contratación Administrativa de Servicios se realiza obligatoriamente mediante concurso público. La convocatoria se realiza a través del portal institucional de la entidad convocante, en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en el Portal del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la entidad convocante, otros medios de información”; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR se dictan las disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del sector público y privado dispone que: “Todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar. Están excluidas de esta obligación de concursar y remitir la oferta, los puestos clasifi cados como de confi anza conforme las reglas de la normatividad laboral pública vigente. Los organismos públicos y empresas del Estado remitirán con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso los puestos de trabajo vacantes a ofertar. Dicha remisión puede realizarse por escrito o vía electrónica. (…). Los organismos públicos y empresas del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente norma.”; Que, a través del Informe de Visto, el Jefe de la Unidad de Personal de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, da cuenta al Administrador que para realizar las nuevas convocatorias CAS, es necesario que se designe mediante Resolución de Alcaldía al funcionario responsable, acorde a las normas antes citadas; Que, la Gerencia Municipal mediante proveído de fecha 21 de marzo de 2013, acorde a los fundamentos de hecho y derecho, considera que el funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo, debe ser el Jefe de la Unidad de Personal por hallarse sus funciones directamente vinculadas con la materia, solicitando se emita la respectiva Resolución de Alcaldía; Por lo expuesto, en atención al Proveído s/n de la Gerencia Municipal y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al Servidor Municipal Severo Flores Lizana en su calidad de Jefe de la Unidad de Personal, como responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital de Huarmaca al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo Segundo.- DISPONER a la Secretaría General la Publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial el Peruano. Artículo Tercero.- Hágase de conocimiento la presente Resolución al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y a los diferentes estamentos administrativos de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIRES LIZANA SANTOS Alcalde 920158-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOBITOS Autorizan viaje de Alcalde y Regidor a Argentina, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 07-03-2013-MDL Lobitos, veintisiete de marzo del año dos mil trece. VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo Nº 03-03- 2013-MDL, de fecha 27.03.2013, se trató como Punto de Agenda la Autorización de viaje del Sr. Alcalde José Guillermo Rodríguez Sánchez y el Regidor Sr. Javier Juan Bancayan Eche a la ciudad de Buenos Aires – Argentina para la asistencia al Acto de Presentación de la Cumbre Hemisférica de Alcaldes, que se realizará el día 11 de abril en la ciudad de Buenos Aires; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establece que las municipalidades provinciales, distritales y delegadas, gozan de autonomía, política, económica y administrativa, en los asuntos que le son competentes y rigen su accionar con arreglo a la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas que con arreglo a nuestro ordenamiento jurídico. Que, el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades - establece, que los acuerdos de Concejo, son decisiones que se adoptan, referidos a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno, para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.