Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2013 (05/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de MORDAZA de 2013

NORMAS LEGALES

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en tramite alguna solicitud o impugnacion referentes a las deudas mencionadas en los articulos precedentes, deberan desistirse de su pretension, a efectos de acceder a los beneficios que se otorgan. Articulo Sexto.- Plazo de vigencia Los contribuyentes podran acogerse a los beneficios tributarios dispuestos en la presente ordenanza, desde el 01 de MORDAZA del 2013 hasta el 31 de MORDAZA del 2013. Articulo Setimo.- Facultese al Gerente de Administracion Tributaria y Rentas y al Jefe de la Division de Recaudacion, Control y Atencion al Contribuyente, para que puedan efectuar la condonacion y/o descuento de los intereses devengados de deudas en estado de morosidad de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Servicio de Agua Potable, ademas del fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias sin intereses, de acuerdo a la discrecionalidad que amerite la solicitud del contribuyente deudor; en beneficio de los intereses de la entidad por el plazo comprendido entre el 01 de MORDAZA hasta el 31 de diciembre del 2013. Articulo Octavo.- Facultese al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia de la presente MORDAZA o dicte las disposiciones reglamentarias para su mejor aplicacion. Articulo Noveno.- Encargar a la GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y RENTAS, DIVISION DE EJECUTORIA COACTIVA, GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS Y UNIDAD DE TESORERIA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNIDAD DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONES, su debida implementacion en el sistema informatico, a la SECRETARIA GENERAL su publicacion y a la UNIDAD DE RELACIONES PUBLICAS E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA

919580-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Exoneran del pago de tasa de Reconocimiento y Registro de Organizaciones Sociales a Comites del Vaso de Leche del distrito
ORDENANZA Nº 164-2013/MLV
La MORDAZA, 27 de marzo de 2013 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; en sesion ordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 002-2013-CPPPAL- CPAFSFC/MLV emitido por las Comisiones Permanentes de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y de Rentas y Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con los articulos II y IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­­ los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, teniendo ademas como finalidad representar al vecindario y promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, correspondiendo al Concejo Municipal el ejercicio de la funcion normativa que se ejerce a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo al articulo 200º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru; Que, mediante Ordenanza 191-98-MML la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA crea el Registro

Unico de Organizaciones Sociales para la Participacion Vecinal, estableciendo en su articulo 2º que la organizacion social es toda forma organizativa de personas naturales, juridicas o de MORDAZA que se constituyen sin fines lucrativos, politicos, partidarios ni confesionales, por su libre decision, y que a traves de una actividad comun persiguen la defensa y promocion de sus derechos, de su desarrollo individual y colectivo, y el de su localidad; Que, el articulo 9º de dicha Ordenanza establece que la oficina de Participacion Vecinal de cada Municipalidad abrira el Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS), encargandose del reconocimiento de aquellas que corresponden a su competencia y del registro respectivo; Que, mediante Ley Nº 25307 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM, se declara de interes nacional la labor que realizan los Clubes de MORDAZA, Comites de Vaso de Leche, Comedores Populares Autogestionarios, Cocinas Familiares, Centros Familiares, Centros MORDAZA Infantiles y demas organizaciones sociales de base, en lo referido al servicio de apoyo alimentario que brindan a las familias de menores recursos; Que, en atencion a lo dispuesto en las normas legales previamente glosadas la Municipalidad de La MORDAZA ha establecido en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA ­ los requisitos para el reconocimiento y registro de las organizaciones sociales en el distrito, entre los cuales se encuentra el pago de una tasa (derecho de tramite); Que, al respecto la Organizacion de los Comites del Vaso de Leche del distrito de La MORDAZA ha solicitado formalmente la exoneracion del pago de la tasa MORDAZA mencionada, contando para ello con los pronunciamientos favorables de la Gerencia Municipal, la Gerencia de Desarrollo Social, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Asesoria Juridica y de las subgerencias de Participacion Vecinal y de Planeamiento y Racionalizacion, mediante informes y memorandums detallados en el dictamen de vistos; Que, al respecto el articulo 60º del Texto Unico Ordenado ­ TUO ­ de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que conforme lo senala el articulo 195º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones dentro de los limites que fije la ley, precisandose en dicha MORDAZA que la creacion y modificacion de las tasas y contribuciones se aprueban por Ordenanza de acuerdo a los limites dispuestos en la misma MORDAZA, asi como en la Ley Organica de Municipalidades; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario establece las disposiciones generales para la dacion de las exoneraciones MORDAZA mencionadas, especificando que para el otorgamiento de dicho beneficio debe tenerse en consideracion el analisis cuantitativo del monto estimado que dejaria de percibir la municipalidad y si la medida es la mas idonea para el logro de los objetivos propuestos, asi como indicar en su parte resolutiva, los sujetos beneficiarios de la medida, que en el presente caso serian los Comites del Vaso de leche del distrito de La Victoria; Que, al respecto la Gerencia de Asesoria Juridica se ha pronunciado por la procedencia de la exoneracion solicitada, previo informe de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; la cual conjuntamente con la Subgerencia de Planeamiento y Racionalizacion opinan que siendo el costo de S/.15.00 el monto establecido en el MORDAZA para reconocimiento y registro en el RUOS y tomando en cuenta que son 291 Comites del Vaso de Leche en el distrito los que se beneficiarian con la exoneracion solicitada, senalan que la Municipalidad asumiria el costo de S/.4,365.00. Por lo tanto otorgan factibilidad de ejecutar lo requerido; Estando a los fundamentos expuestos, a las normas legales glosadas y en virtud de los pronunciamientos emitidos por la Gerencia Municipal y las gerencias y subgerencias citadas en los considerandos cuyos informes se detallan en el Dictamen Conjunto de vistos, en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 9º numerales 8) y 9) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ el Concejo Municipal por unanimidad aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA EXONERACION DEL PAGO DE LA TASA DE RECONOCIMIENTO Y REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES ESTABLECIDA EN EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Articulo Primero.- Aprobar excepcionalmente y por unica vez la Ordenanza que exonera a los Comites del

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