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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (11/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de abril de 2013 492562 vital importancia para la dirección de la política interna del distrito judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; resultando necesario la publicación del mencionado documento. Que, por las razones expuestas y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la publicación de la Resolución Administrativa Nº 0026-2013-J-ODECMA- CSJLI/PJ, de fecha 02 de abril del 2013 en el Diario Ofi cial El Peruano, la misma que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Jefatura de ODECMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 026-2013-J-ODECMA-CSJL-PJ «Programa de Quejas Verbales Itinerantes» Lima, dos de abril de dos mil trece.- VISTO y CONSIDERANDO; PRIMERO.- De la ODECMA y su fi nalidad: Que, uno de los objetivos institucionales de la OCMA y ODECMAS es emprender políticas de prevención coadyuvando a que los magistrados y auxiliares jurisdiccionales se desempeñen con observancia de los principios de la administración de justicia y los valores éticos de la función judicial, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 4º numeral 5) del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA. SEGUNDO.- De la ODECMA y su labor preventiva: Que, la ODECMA de Lima, en armonía con los lineamientos trazados por la Jefatura Suprema de la OCMA, ha adoptado desde años anteriores una política de control preventivo antes que sancionatorio, en mérito del cual se han desplegado diferentes acciones de acercamiento a la sociedad y comunicación permanente con jueces y auxiliares coadyuvando efi cazmente a un mejor servicio de impartición de justicia para los ciudadanos. TERCERO.- De los Módulos de Quejas Verbales Itinerantes de ODECMA: Que, como parte de la política de prevención y en cumplimiento de los objetivos estratégicos de nuestro Plan de Gestión 2013-2014, esta Jefatura considera necesario llevar adelante la instalación de módulos de quejas verbales itinerantes en las sedes jurisdiccionales con mayor recurrencia de quejas o aquellas que lo requieran acercando el Órgano de Control a los litigantes de las zonas más alejadas del Cercado de Lima, medida que por cierto la ODECMA de Lima ya ha ejecutado con resultados satisfactorios, siendo pertinente convertir dicha experiencia en un Programa institucional que tenga permanencia en el tiempo y que se incorpore a las actividades de control y prevención a desplegarse por esta Ofi cina Desconcentrada en el presente período 2013-2014. CUARTO.- Del sustento normativo: El nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA establece en su artículo 55º numerales 1) y 2) que son funciones de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial, el recibir y tramitar las quejas verbales por retardo de justicia y otras irregularidades que se formulen, desarrollando coordinaciones necesarias para su solución respectiva. Asimismo, el Artículo 13º numeral 3) del mismo cuerpo normativo señala que es función del Jefe de la ODECMA disponer y practicar operativos de control, siendo en este caso, la implementación de los módulos de atención de quejas verbales, una acción de control preventivo, que puede ser autorizada al amparo de las funciones de planifi cación, organización y dirección de la ODECMA establecidas en el artículo 13º numeral 1) del Reglamento precitado. Por tales consideraciones, en mérito a las facultades previstas y otorgadas por el inciso 1) del artículo 13º del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura; SE RESUELVE: Artículo Primero.- IMPLEMENTAR el Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA de Lima por medio del cual se instalarán, en forma temporal e itinerante, módulos de atención para recibir y tramitar las quejas verbales, denuncias y/o reclamos de los ciudadanos, ejecutándose en forma progresiva en sedes judiciales periféricas, dependencias jurisdiccionales que se encuentren alejadas, tengan mayor afl uencia de usuarios, mayor recurrencia de quejas o aquellas en las que sea necesario habilitar dichos módulos de atención para garantizar un servicio de atención oportuno y efi caz a los reclamos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Juez Superior Responsable de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial, la programación y selección de las Sedes y Órganos Jurisdiccionales en los que se implementarán los Módulos de Quejas Verbales Itinerantes, dando cuenta a esta Jefatura en forma permanente, debiendo coordinar lo necesario respecto a los Magistrados de la ODECMA que ejecutarán dicha medida, con conocimiento de la Responsable de la Unidad de Investigaciones y Visitas a fi n de desplegar acciones que no afecten el programa de visitas judiciales que lleva adelante dicha Unidad Desconcentrada. Artículo Tercero.- DISPONER que el Programa de Quejas Verbales Itinerantes inicie formalmente sus funciones en el mes de abril del presente año y con la mayor prontitud posible, conforme al cronograma que será coordinado directamente ante Jefatura de ODECMA. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Jefatura Suprema de la Ofi cina de Control de la Magistratura, Presidencia del Consejo Ejecutivo Distrital, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Unidades Desconcentradas y Magistrados de la ODECMA; ofi ciándose para su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Publíquese, regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE ANTONIO PLASENCIA CRUZ Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA Corte Superior de Justicia de Lima 923201-1 Designan Juez Supernumeraria del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 369-2013-P-CSJLI/PJ Lima, 10 de abril del 2013 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso Nº 016292-2013, la doctora María Elizabeth Rabanal Cacho, Juez Supernumeraria del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Mirafl ores, solicita se le conceda hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce, a partir del 11 al 28 de abril del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Mirafl ores. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,