Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2013 (16/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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adelante Ley General, establece que toda modificacion estatutaria debe contar con la aprobacion previa de esta Superintendencia, sin la cual no procede la inscripcion en los Registros Publicos; Que, la Financiera ha cumplido con presentar la informacion requerida en el procedimiento N° 44 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, en adelante MORDAZA, aprobado por Resolucion SBS N° 3082-2011, que establece los requisitos necesarios para solicitar la autorizacion de modificacion del Estatuto Social; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "C" y el Departamento Legal, y contando con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Asesoria Juridica; y, RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar en los terminos propuestos, la modificacion del articulo 1° del Estatuto Social referida al cambio de denominacion social de la Financiera Creditos MORDAZA S.A. por "Compartamos Financiera S.A.", pudiendo utilizar la denominacion abreviada "Compartamos Financiera", cuyos documentos pertinentes quedan archlvados en este Organismo de Control; y, devuelvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevacion a escritura publica, en la que se insertara el texto de la presente Resolucion, para su correspondiente inscripcion en el Registro Publico respectivo. Registrese, comuniquese y publiquese. · MORDAZA POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (a.i.) 924758-1 · · ·

El Peruano Martes 16 de MORDAZA de 2013

respectiva jurisdiccion y de conformidad con las leyes y los reglamentos nacionales, tienen competencias en materia de transporte y MORDAZA terrestre; Que, mediante Informe Nº 025-2012- GTYSV/JTL/MPB, la Gerencia de Transporte, y Seguridad Vial, eleva el Proyecto de Ordenanza que regula del Reglamento de Prestacion de Servicios de Transporte Publico Regular de Personas de la Provincial de Barranca, que tiene por finalidad "garantizar las condiciones de calidad y seguridad de la prestacion del servicio de transporte publico regular de personas en la Provincia de Barranca, fomentando la mejora de la movilidad y la calidad de MORDAZA de los usuarios del servicio de transporte de personas, coadyuvando a la implementacion de un sistema integrado de transporte". Que, el Reglamento de Prestacion de Servicios de Transporte Publico Regular de Personas de la Provincial de Barranca, Cuenta con 93 articulos, conteniendo: · · · SECCION PRIMERA : DISPOSICIONES GENERALES SECCION MORDAZA : CONDICIONES DE ACCESO Y PERMANENCIA SECCION TERCERA : DE LAS CONDICIONES DE PERMANENCIA EN LOS SERIVICIOS DE TRANSPORTE PUBLICO REGULAR DE PERSONAS SECCION CUARTA : DE LAS OBLIGACIONES DE LA EMPRESA AUTORIZADA Y DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS SECCION MORDAZA : DEL REGIMEN DE FISCALIZACION DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS (13) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES (08) DISPOSICIONES FINALES (02) TABLA DE INFRACCION, SANCIONES Y MEDIDAS PREVENTIVAS (53 SANCIONES)

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GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Aprueban Reglamento de Prestacion de Servicios de Transporte Publico Regular de Personas de la provincia de Barranca
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2013-AL/CPB EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 27 de Marzo del 2013, en la estacion Orden del Dia, el Informe Nº 025-2013-GTYSV/JTL-MPB., Informe Legal Nº 0253-2013-OAJ/MPB y Informe Nº 025-2013-GM/MPB., referente al Proyecto de Ordenanza que Reglamenta la Prestacion de Servicios de Transporte Publico Regular de Personas de la Provincial de Barranca; y, CONSIDERANDO; Que, de acuerdo a lo establecido por el articulo 81º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, Las municipalidades provinciales tienen funcion exclusiva de Normar y regular el servicio publico de transporte terrestre MORDAZA e interurbano. Que, conforme lo dispuesto por el Articulo 17º, de la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Las Municipalidades Provinciales, en su

Que, mediante Informe Legal Nº 0253-2013-OAJ/MPB, el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica opina que es procedente aprobar el presente Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Prestacion de Servicios de Transporte Publico Regular de Personas de la Provincial de Barranca, recomendando su elevacion al Pleno de Sesion de Concejo, a fin de que dicho organo apruebe la procedencia del Proyecto. Que, a traves del Informe Nº 025-2013-GM/MPB., la Gerencia Municipal, recomienda elevar los actuados al Pleno de Sesion de Concejo a fin de aprobar el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Prestacion de Servicios de Transporte Publico Regular de Personas de la Provincial de Barranca. Que, por medio del Dictamen en Mayoria Nº 0022013-CTSV-MPB., presentado por los Senores Regidores, integrantes de la Comision de Transporte y Seguridad Vial, sugieren al Pleno aprobar el Proyecto de Ordenanza presentado por la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial. Que, despues de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Articulo 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el MORDAZA MAYORITARIO de los Senores Regidores presentes y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGLAMENTA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE TRANSPORTE PUBLICO REGULAR DE PERSONAS DE LA PROVINCIAL DE BARRANCA Articulo 1º.- APROBAR, el Reglamento de Prestacion de Servicios de Transporte Publico Regular de Personas de la Provincial de Barranca, el mismo que esta conformado de 05 Secciones, 15 Titulos, 05 Capitulos, 93 Articulos, 13 Disposiciones Complementarias Transitorias, 08 Disposiciones Complementarias Finales, 02 Disposiciones Finales y 53 Sanciones de la Tabla de Infracciones,

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