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El Peruano Viernes 19 de abril de 2013 493134 q. Coordinar con las entidades competentes y participar en el proceso de respuesta cuando el peligro inminente o desastre sobrepasen la capacidad de los gobiernos regionales o locales y participar en la respuesta cuando el peligro inminente o desastre requiera la participación de las entidades nacionales, según lo establecido en los niveles de capacidad de repuesta previstos en este reglamento y sus instrumentos específi cos. r. Administrar los Almacenes Nacionales de Defensa Civil, proporcionando a través de las autoridades competentes, apoyo a personas damnifi cadas y afectadas; y participar en la respuesta, cuando el peligro inminente o desastre requiera la participación de las entidades nacionales, según lo establecido en los niveles de capacidad de repuesta previstos en este reglamento y sus instrumentos específi cos. s. Proponer al Ente Rector la normativa para la coordinación y distribución de los recursos de ayuda humanitaria. t. Emitir opinión técnica sobre proyectos normativos, convenios, acuerdos, tratados, y otros instrumentos nacionales o internacionales, así como proyectos cuya materia esté vinculada a los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación, según normatividad vigente. u. Diseñar y proponer la política para el desarrollo de capacidades en la administración pública en lo que corresponde a la gestión reactiva del riesgo, que permita el adecuado ejercicio de sus funciones. v. Promover el desarrollo de capacidades humanas para la preparación, respuesta y rehabilitación en las entidades públicas, sector privado y la ciudadanía en general. w. Realizar estudios e investigaciones inherentes a los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación y realizar a nivel nacional, la supervisión, monitoreo y evaluación de la implementación de estos procesos, proponiendo mejoras y medidas correspondientes. x. Emitir opinión técnica en los aspectos de preparación, respuesta y rehabilitación para la elaboración de la estrategia de gestión fi nanciera a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF. y. Orientar, promover y establecer lineamientos para armonizar la formación y entrenamiento del personal operativo que interviene en la preparación, respuesta y rehabilitación, en coordinación con las instituciones especializadas. Artículo 5º.- De la Base Legal El presente reglamento se sustenta en las normas siguientes: a. Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del riesgo de desastres. b. Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664. c. Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. d. Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización. e. Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. f. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. g. Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. h. Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público. i. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. j. Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, que defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional y Decreto Supremo Nº 025-2010-PCM, que modifi ca el numeral 10 del Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 027- 2007-PCM. TÍTULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 6º.- Estructura Orgánica La estructura orgánica del INDECI es la siguiente: 01 Órganos de Alta Dirección 1.1 Jefatura 1.1.1 Centro de Operaciones de Emergencia Nacional 1.2 Secretaría General 02 Órgano de Control 2.1 Órgano de Control Institucional 03 Órganos de Asesoramiento 3.1 Ofi cina General de Asesoría Jurídica 3.2 Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto 3.3 Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales 04 Órganos de Apoyo 04.1 Ofi cina General de Comunicación Social 04.2 Ofi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones 04.3 Ofi cina General de Administración 04.3.1 Ofi cina de Recursos Humanos 04.3.2 Ofi cina de Contabilidad 04.3.3 Ofi cina de Tesorería 04.3.4 Ofi cina de Logística 04.3.5 Ofi cina de Servicios Generales 05 Órganos de Línea 05.1 Dirección de Políticas, Planes y Evaluación 05.1.1 Sub-Dirección de Políticas, Planes y Normas 05.1.2 Sub-Dirección de Seguimiento y Evaluación 05.1.3 Sub-Dirección de Aplicaciones Estadísticas 05.2 Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades Humanas 05.2.1 Sub-Dirección de Desarrollo y Evaluación de Capacidades Humanas 05.2.2 Sub-Dirección de Gestión de Material Educativo 05.3 Dirección de Preparación 05.3.1 Sub-Dirección de Sistematización de Información sobre Escenarios de Riesgo de Desastres. 05.3.2 Sub-Dirección de Monitoreo y Alerta Temprana 05.3.3 Sub-Dirección de Gestión de Recursos para la Respuesta 05.4 Dirección de Respuesta 05.4.1 Sub-Dirección de Análisis Operacional y Conducción de Emergencias 05.4.2 Sub-Dirección de Gestión Operativa . 05.4.3 Sub-Dirección de Asistencia Humanitaria y Movilización 05.5 Dirección de Rehabilitación 05.5.1 Sub-Dirección de Restablecimiento Servicios Públicos Básicos e Infraestructura. 05.5.2 Sub-Dirección de Normalización de Medios de Vida. 06 Órganos Desconcentrados 06.1 Direcciones Desconcentradas