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El Peruano Viernes 19 de abril de 2013 493143 b. Promover y supervisar la instalación e implementación de los Sistemas de Alerta Temprana. c. Brindar lineamientos generales a la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades Humanas, sobre el contenido de los programas de fortalecimiento de capacidades humanas, en lo relativo a los sub procesos de Monitoreo y Alerta Temprana en los tres niveles de gobierno, entidades privadas y población en general. d. Brindar asistencia técnica, en los tres niveles de gobierno para la ejecución de las actividades inherentes al sub proceso de Monitoreo y de Alerta Temprana. e. Desarrollar la Red Nacional de Alerta Temprana, sobre la base de la participación de las entidades técnico científi cas y universidades. f. Proponer proyectos de lineamientos técnicos, promover y supervisar las acciones de Monitoreo y Alerta Temprana en los tres niveles de gobierno. g. Coordinar con la Ofi cina General de Comunicación Social la ejecución de campañas de sensibilización sobre la Red Nacional de Alerta Temprana. h. Realizar el monitoreo y evaluación de la información generada por las instituciones técnico científi cas y/o el Sistema de Alerta Temprana. i. Participar en la formulación de lineamientos, guías y demás herramientas para la gestión reactiva ante emergencias o desastres por peligros tecnológicos. j. Otras funciones que el asigne el Director. Artículo 59º.- La Sub-Dirección de Gestión de Recursos para la Respuesta, depende de la Dirección de Preparación Es responsable de promover el fortalecimiento de la gestión de recursos para la respuesta, tanto de infraestructura como de ayuda humanitaria; así como, de las capacidades organizacionales, técnicas, de equipamiento, de investigación, materiales, fi nancieras, de información pública y sensibilización en los tres niveles de gobierno, entidades privadas y la población. Artículo 60º.- Son funciones de la Sub-Dirección de Gestión de Recursos para la Respuesta: a. Participar en la formulación de la propuesta de los contenidos del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los planes específi cos que se deriven, en lo que corresponde al proceso de preparación, en el ámbito de su competencia. b. Proponer proyectos de lineamientos técnicos y desarrollar mecanismos para el fortalecimiento de la gestión de recursos para la respuesta, tanto de infraestructura como de ayuda humanitaria. c. Brindar asistencia técnica, en los tres niveles de gobierno para la ejecución de las actividades inherentes al subproceso de gestión de recursos para la respuesta. d. Brindar lineamientos generales a la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades Humanas, sobre el contenido de los programas de fortalecimiento de capacidades humanas, en lo relativo a los subprocesos de gestión de recursos para la respuesta y el desarrollo de capacidades para la respuesta, en los tres niveles de gobierno, entidades privadas y población en general. e. Participar en la formulación de indicadores para evaluar la ejecución de las actividades del proceso de preparación y conocer los resultados en los tres niveles de gobierno. f. Desarrollar mecanismos para el fortalecimiento de capacidades organizacionales, técnicas, de equipamiento, de investigación y materiales en los tres niveles de gobierno, entidades privadas y la población referida a la preparación para la respuesta. g. Proponer, coordinar y establecer procedimientos y protocolos a fi n de optimizar la preparación para la respuesta. h. Promover, impulsar y evaluar los planes de contingencia y demás planes de preparación en los tres niveles de gobierno. i. Ejecutar y supervisar los simulacros y simulaciones a nivel nacional y promover los mismos en los gobiernos regionales y locales. j. Participar en la formulación del Plan Logístico k. Otras funciones que le asigne el Director. SUBCAPÍTULO IV DE LA DIRECCIÓN DE RESPUESTA Artículo 61º.- De la Dirección de Respuesta Es el órgano de línea responsable de formular la propuesta de normas, lineamientos técnicos y estrategias inherentes al proceso de respuesta, para su planeamiento e implementación en los tres niveles de gobierno; así como coordinar y conducir las acciones operativas de respuesta de competencia del INDECI, que contribuya a la óptima respuesta de la sociedad. Artículo 62º.- Son funciones de la Dirección de Respuesta: a. Participar en la formulación, actualización y ejecución del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. b. Formular y proponer a la Dirección de Políticas, Planes y Evaluación, los planes específi cos que se deriven del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en lo que corresponda al proceso de respuesta, promoviendo su implementación. c. Proponer proyectos de normas, lineamientos técnicos y estrategias, correspondiente al proceso de respuesta, promoviendo y supervisando su ejecución. d. Participar en la formulación de indicadores para evaluar la ejecución del proceso de respuesta y conocer los resultados en los tres niveles de gobierno. e. Coordinar y conducir las acciones operativas de respuesta de competencia del INDECI, que contribuya a la óptima respuesta de la sociedad. f. Proponer la normativa, lineamientos técnicos y estrategias para la implementación, desarrollo de los mecanismos y el mejoramiento continuo de los instrumentos técnicos en los tres niveles de gobierno; para el proceso de respuesta g. Formular proyectos de normativa para la coordinación de los Centro de Operaciones de Emergencia, en todos los niveles de gobierno, para ser propuesta al ente rector. h. Emitir opinión técnica para la Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o desastre. i. Recomendar la activación de la Doble Asignación de Funciones. j. Brindar asistencia técnica, en los tres niveles de gobierno para la ejecución de las actividades inherentes al proceso de respuesta. k. Realizar estudios e investigaciones inherentes al proceso de respuesta; así como, participar en la organización y en el desarrollo de simulacros y simulaciones. l. Administrar el Sistema Nacional de Información para la Respuesta – SINPAD, como componente del Sistema Nacional de Información del SINAGERD. m. Participar con la Dirección de Preparación en el diseño, establecimiento y desarrollo de la Red Nacional de Alerta Temprana. n. Proponer los lineamientos generales para la implementación y funcionamiento del Servicio de Alerta Permanente en los tres niveles de gobierno. o. Establecer los mecanismos de coordinación con las entidades públicas, gobiernos regionales y locales involucrados, para el planeamiento operativo y logístico en la ejecución de las actividades de respuesta, cuando sobrepasen la capacidad de respuesta de los gobiernos regionales. p. Ejecutar las acciones de conducción y coordinación en desastres de gran magnitud con las entidades públicas, gobiernos regionales y locales involucrados, de acuerdo a la toma de decisiones en el Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - CONAGERD. q. Coordinar con la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades Humanas, el contenido de los programas de fortalecimiento de capacidades humanas, en los tres niveles de gobierno, entidades privadas y población en general, en lo que corresponde al proceso de respuesta. r. Planear, organizar, dirigir y coordinar la supervisión de la entrega de los bienes de ayuda humanitaria a los