Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2013 (19/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Viernes 19 de MORDAZA de 2013

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k. Otras funciones que asigne el Secretario General. CAPITULO IV ORGANOS DE APOYO SUBCAPITULO I DE LA OFICINA GENERAL DE COMUNICACION SOCIAL Articulo 19º.- De la Oficina General de Comunicacion Social Es el organo de apoyo, que depende de la Alta Direccion, responsable de desarrollar y ejecutar las estrategias de comunicacion social del INDECI para los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion. Asimismo, tiene a cargo, la comunicacion social de caracter institucional. Articulo 20º.- Son funciones de la Oficina General de Comunicacion Social: a. Asesorar a la Alta Direccion y coordinar con los organos del INDECI, las acciones protocolares, eventos institucionales y las relaciones publicas institucionales. b. Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los lineamientos del Plan de comunicacion social y otros instrumentos, desarrollando las estrategias de comunicacion, referidas a la gestion institucional, manteniendo informada a la opinion publica nacional e internacional, en lo relacionado a la Gestion Reactiva. c. Articular, coordinar y conducir segun corresponda de acuerdo a los niveles de emergencia, las estrategias de comunicacion social, en lo relacionado a la Gestion reactiva en los tres niveles de gobierno. d. Desarrollar, coordinar y asesorar los contenidos a difundirse en Radio Nacional de Defensa Civil y Medio Ambiente. e. Administrar los contenidos del MORDAZA institucional y las diferentes herramientas de comunicacion social. f. Elaborar productos de comunicacion social y de sensibilizacion bajo el enfoque de la gestion reactiva, en coordinacion con los organos de linea, g. Formular los lineamientos de identidad visual de la institucion y supervisar su cumplimiento. h. Disenar e implementar campanas de comunicacion social dirigidas a la poblacion en general a fin de sensibilizarlos para su preparacion y respuesta ante una emergencia. i. Evaluar la percepcion de la opinion publica sobre la gestion institucional en los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion, recomendando las mejoras correspondientes. j. Otras funciones que le asigne el Secretario General. SUBCAPITULO II DE LA OFICINA GENERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONES Articulo 21º.- De la Oficina General de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Es el organo de apoyo, que depende de la Alta Direccion, responsable del diseno, desarrollo, operatividad, sostenibilidad y escalabilidad de la plataforma tecnologica institucional. Asi como proponer los lineamientos en el soporte tecnologico para la Gestion Reactiva del SINAGERD. Articulo 22º.- Son funciones de la Oficina General de Tecnologia Informatica y Comunicaciones: a. Proponer a la Alta Direccion la Directiva de funcionamiento de la plataforma tecnologica institucional. b. Proponer a la Alta Direccion los lineamientos de soporte tecnologico para la gestion del componente reactivo del SINAGERD, con la participacion de las unidades de linea. c. Establecer los lineamientos para la formulacion de proyectos de tecnologia, estandarizacion del diseno,

e. Proponer al Titular la priorizacion de los programas, proyectos y actividades institucionales, asi como las prioridades del gasto y de inversion, de conformidad con los objetivos institucionales. f. Conducir los procesos de planeamiento, presupuesto, inversion y organizacion en la Institucion en coordinacion con los organos correspondientes. g. Conducir y promover las acciones correspondientes al MORDAZA de Descentralizacion, de Racionalizacion y de Proyectos de Inversion Publica del INDECI. h. Evaluar, proponer y actualizar los procesos administrativos y su desarrollo organizacional, para optimizar la gestion institucional, que garanticen el mejoramiento continuo. i. Otras funciones que le asigne el Secretario General. SUBCAPITULO III DE LA OFICINA GENERAL DE COOPERACION Y ASUNTOS INTERNACIONALES Articulo 17º.- De la Oficina General de Cooperacion y Asuntos Internacionales Es el organo de asesoramiento, que depende de la Alta Direccion, responsable de promover, coordinar y fortalecer la cooperacion nacional e internacional, asi como las relaciones del INDECI con organismos afines y otros, referidos a los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion. Articulo 18º.- Son funciones de la Oficina General de Cooperacion y Asuntos Internacionales: a. Asesorar al Titular de la institucion respecto a la ejecucion de los programas de cooperacion internacional y la asistencia humanitaria, asi como respecto de las actividades de la Red Humanitaria Nacional. b. Proponer lineamientos y protocolos en materia de cooperacion y asuntos internacionales, en coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores. c. Proponer la estrategia institucional en relacion a las MORDAZA de cooperacion internacional, de la gestion, negociacion y seguimiento de los programas, proyectos y/o actividades referidos a los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion, en el MORDAZA de la politica general aprobada por Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI. d. Promover y coordinar la formulacion de convenios, proyectos y otros instrumentos de cooperacion internacional relacionados a los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion. e. Efectuar el seguimiento del cumplimiento de las obligaciones contraidas y acuerdos de cooperacion nacional e internacional, de acuerdo a la politica institucional y emitir periodicamente informes de ejecucion. f. Promover, coordinar y fortalecer las relaciones con paises, organismos multilaterales, regionales y subregionales vinculados a la Gestion reactiva del Riesgo de Desastres. g. Formular con la Oficina General de Administracion y la Direccion de Respuesta y Rehabilitacion la propuesta normativa para la solicitud, internalizacion y manejo de las donaciones de Ayuda Humanitaria Internacional, que facilite las operaciones de asistencia humanitaria en el MORDAZA, en coordinacion con las entidades internacionales especializada; asi como, la normativa y procesos para brindar asistencia a desastres en el extranjero. h. Coordinar la gestion de la demanda de cooperacion y asistencia humanitaria hacia los organismos nacionales e internacionales, asi como la solicitada por los paises afectados por desastres, en el MORDAZA de la normatividad vigente, los convenios o acuerdos establecidos. i. Mantener enlace con la Red Humanitaria Nacional ­ RHN, para la coordinacion de la ayuda humanitaria. j. Emitir opinion tecnica sobre convenios, acuerdos y otros instrumentos nacionales o internacionales, asi como proyectos de cooperacion a ser aprobados por la APCI, cuya materia este vinculada a los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion de la Gestion del Riesgo de Desastres, segun la normatividad vigente.

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