Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2013 (19/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Viernes 19 de MORDAZA de 2013

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Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 063-2007PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, el Decreto Supremo Nº 001-2012-PCM, que adscribe al Instituto Nacional de Radio y Television del Peru a la Presidencia del Consejo de Ministros, y; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion, el viaje del senor MORDAZA Viana Rosa-Perez a la Republica Bolivariana de Venezuela, los dias 19 y 20 de MORDAZA de 2013, para los fines a los que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema se efectuaran con cargo a los recursos ordinarios del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: - MORDAZA Viana Rosa-Perez (Viaticos US $ 200.00 x 2 dias) US$ 400.00

Republica durante su viaje a la Republica Bolivariana de Venezuela los dias 19 y 20 de MORDAZA de 2013, y que esta integrada por las siguientes personas: · Wilbert MORDAZA MORDAZA, Director General de Protocolo del Despacho Presidencial. · MORDAZA MORDAZA Amiri-Talesh MORDAZA, Funcionaria Diplomatica destacada al Despacho Presidencial. · MORDAZA MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA Passara, Edecan del Presidente de la Republica. · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Supervisor de la Direccion de Operaciones del Despacho Presidencial. · Job MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor de la Secretaria de Prensa del Despacho Presidencial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de los empleados publicos a que se refiere la presente Resolucion Suprema, seran sufragados con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, a razon de US$ 200.00 diarios por persona, por concepto de viaticos. Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios a que se refiere el articulo primero de la presente resolucion deberan presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4º.- El cumplimiento de la presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 927065-2

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, la persona cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion, debera presentar al Titular de su Institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados, de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 927065-3

Autorizan viaje de miembro del equipo periodistico del IRTP a Venezuela, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 134-2013-PCM MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, es un organismo publico ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene como objetivo llegar a toda la poblacion nacional, a traves de los medios de radiodifusion sonora y por television a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, el Congreso de la Republica ha autorizado al senor Presidente Constitucional de la Republica, Ollanta Humala Tasso, viajar a la Republica Bolivariana de Venezuela los dias 19 y 20 de MORDAZA del presente ano, con ocasion de la juramentacion del presidente MORDAZA de la Republica Bolivariana de Venezuela, MORDAZA Maduro Moros; Que, resulta necesario cubrir las incidencias informativas del viaje del senor Presidente de la Republica; por lo que se estima conveniente autorizar el viaje del senor MORDAZA Viana Rosa-Perez, miembro del equipo periodistico del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP; Que, el literal a) del numeral 10.1 del articulo 10° de la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo casos excepcionales que deben ser canalizados a traves de la

Autorizan viaje de Directora de la Oficina General de Comunicacion Social de la PCM, a Venezuela, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 135-2013-PCM MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la Republica ha autorizado al senor Presidente Constitucional de la Republica, Ollanta Humala Tasso, viajar a la Republica Bolivariana de Venezuela los dias 19 y 20 de MORDAZA del presente ano, con ocasion de la juramentacion del presidente MORDAZA de la Republica Bolivariana de Venezuela, MORDAZA Maduro Moros; Que, el literal a) del numeral 10.1 del articulo 10° de la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo casos excepcionales que deben ser canalizados a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por

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