Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2013 (26/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

493646
DESCRIPCION DEL AREA
Titular Ubicacion Predio ubicado en el distrito de La MORDAZA, provincia de Talara, departamento de Piura. Area total del terreno afectada 9.15 Hectareas

El Peruano Viernes 26 de MORDAZA de 2013

Estado Peruano

COORDENADAS UTM (PREDIO) AREA DE SERVIDUMBRE (3.1497 HA.)
Coordenadas UTM ­PSAD56 MORDAZA 17S:
VERTICE LADO LONG. A B C D A-B 207.95 MORDAZA INTERIOR 58º 36' 38'' 121º 23' 22'' 58º 34' 02'' 121º 25' 58'' C. NORTE 9,483,683.91 9,483,854.36 9,483,843.35 9,483,672.91 C. ESTE 467,950.65 468,069.77 468,246.95 468,127.66

B ­ C 177.53 C ­ D 208.05 D-A 177.34

770.87m 360º Coordenadas UTM ­WGS84:
VERTICE LADO LONG. A B C D A-B 207.95 MORDAZA INTERIOR 58º 36' 38'' 121º 23' 22'' 58º 34' 02'' 121º 25' 58'' C. NORTE 9,483,312.00 9,483,482.46 9,483,471.44 9,483,301.00 C. ESTE 467,694.00 467,813.11 467,990.30 467,871.00

B ­ C 177.53 C ­ D 208.05 D-A 177.34

770.87m 360º

930069-7

Otorgan autorizaciones a favor de EMX Geothermal Peru S.A.C. para desarrollar actividades de exploracion de recursos geotermicos en zonas denominadas Tambochaca, Pumahuiri y Sengata, departamentos de Pasco y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 074-2013-EM/DGE
MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2013 VISTOS: Los Expedientes N°s. 12308912(01), 12309012(02), 12309112(03), 12309212(04), 12309312(05) y 12309412(06), organizados por EMX Geothermal Peru S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida N° 12747698 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre la solicitud de otorgamiento de autorizacion para realizar la actividad de exploracion de recursos geotermicos en la MORDAZA denominada Tambochaca dividida a su vez en las zonas Tambochaca 01, 02, 03, 04, 05 y 06; CONSIDERANDO: Que, mediante documentos con registros N°s. 2161169, 2161172, 2161174, 2161176, 2161178 y 2161180, de fecha 20 de enero de 2012, EMX Geothermal Peru S.A.C. solicito autorizacion para desarrollar la actividad de exploracion de recursos geotermicos en la MORDAZA denominada Tambochaca, dividida a su vez en las zonas Tambochaca 01, 02, 03, 04, 05 y 06, ubicada en el distrito de Yanahuanca, provincia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, departamento de Pasco, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en los Expedientes; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en los articulos 2 y 13 de la Ley N° 26848, Ley Organica de Recursos Geotermicos, y en los articulos 7 y 12 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2010-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la peticionaria ha presentado la Declaracion Jurada a traves de la cual se compromete a elaborar un

Estudio Ambiental, aprobado por la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos, MORDAZA del inicio de los trabajos de exploracion, de acuerdo a lo establecido en el numeral 12.6 del articulo 12 del Reglamento de la Ley Organica de Recursos Geotermicos; Que, EMX Geothermal Peru S.A.C. ha cumplido con efectuar el pago correspondiente al Derecho de Vigencia, conforme a lo establecido en el articulo 62 del Reglamento de la Ley Organica de Recursos Geotermicos; Que, sobre la base de lo dispuesto en el articulo 7 del Reglamento de la Ley Organica de Recursos Geotermicos, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 019-2010-EM, la Direccion General de Electricidad procedio a acumular las solicitudes de autorizacion geotermica referidas a la MORDAZA Tambochaca; Que, mediante la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indigenas u Originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT), se desarrolla el contenido, los principios y el procedimiento del derecho a la consulta previa a los pueblos indigenas u originarios respecto a las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente; Que, mediante el articulo 2 del Decreto Supremo N° 001-2012-MC, que aprueba el "Reglamento de la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indigenas u Originarios reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional de Trabajo (OIT)", senala que "respecto a los actos administrativos, las reglas procedimentales previstas en la presente MORDAZA se aplican a las solicitudes que se presenten con posterioridad a su publicacion", por consiguiente, la referida MORDAZA no se aplica al presente tramite; Que, de conformidad con el articulo 4 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, cuando deban emitirse varios actos administrativos de la misma naturaleza, podran integrarse en un solo documento, bajo la misma motivacion, en cuyo caso los actos administrativos seran considerados como actos diferentes para todos los efectos subsiguientes; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Organica de Recursos Geotermicos y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 114-2013-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 13 de la Ley Organica de Recursos Geotermicos, concordado con los articulos 15 y 59 de su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a favor de EMX Geothermal Peru S.A.C., que se identificara con los Expedientes N°s 12308912(01), 12309012(02), 12309112(03), 12309212(04), 12309312(05) y 12309412(06), para desarrollar la actividad de exploracion de recursos geotermicos en la MORDAZA denominada Tambochaca, dividida a su vez en las zonas Tambochaca 01, 02, 03, 04, 05 y 06, ubicada en el distrito de Yanahuanca, provincia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, departamento de Pasco. Articulo 2º.- EMX Geothermal Peru S.A.C. debera efectuar las actividades consignadas en el Cronograma, el cual contempla un plazo de veinticuatro (24) meses para la Fase I, computados a partir de la vigencia de la presente Resolucion, y doce (12) meses para la Fase II, computados a partir de la culminacion de la Fase I. Articulo 3º.- La titular esta obligada a realizar sus actividades cumpliendo con lo establecido en el Titulo IX, Proteccion Ambiental, de la Ley Organica de Recursos Geotermicos. Articulo 4º.- En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 15 del Reglamento de la Ley Organica de Recursos Geotermicos, la presente Resolucion Directoral sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) dias habiles, contados desde el dia siguiente de su notificacion, y entrara en vigencia desde el dia de su publicacion, conforme al articulo 15 de la Ley Organica de Recursos Geotermicos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAMAYO PEREYRA Director General Direccion General de Electricidad

927846-1

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