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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (11/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Domingo 11 de agosto de 2013 501029 establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa”, y, que “mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la Ley. Asimismo, el artículo 9º numeral 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal, “aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley 27972; el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE VENTANILLA Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el distrito de Ventanilla, el mismo que consta de dos Títulos, cuarenta y ocho (48) artículos, doce disposiciones transitorias y fi nales y tres anexos; cuyo texto íntegro será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Asimismo deberá incorporarse al texto único de procedimientos administrativos, vigente, los requisitos y derechos por concepto de los trámites establecidos en la presente ordenanza. Artículo 2º.- FACÚLTASE al Alcalde Distrital de Ventanilla para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias pertinentes para la correcta aplicación de la presente ordenanza. Artículo 3º.- DERÓGASE la Ordenanza Municipal 021- 2010–MDV y cualquier otra norma y demás disposiciones municipales que se opongan a en la presente ordenanza. Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Municipal y su Anexo en la página web de la Corporación edil, cuya dirección electrónica es: www. muniventanilla.gob.pe. Regístrese y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 972599-3 Aprueban el Proyecto del Plan Estratégico Institucional - PEI 2013- 2017 de la Municipalidad Distrital de Ventanilla ACUERDO DE CONCEJO Nº 086-2013-MDV-CDV Ventanilla, 23 de julio de 2013 EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal Distrital, de 23 de julio de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; siendo que la autonomía administrativa es “la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad”; Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 establece que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específi cas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, el Plan Estratégico Institucional – PEI como instrumento de gestión orienta la conducción del gobierno local hacia un horizonte de mediano plazo, generalmente de cinco años y tiene como uno de sus principales insumos al Plan de Desarrollo Concertado Local – PDC; es decir que mientras el Plan de Desarrollo Concertado (PDC) refl eja los intereses y objetivos de la población enmarcada en un territorio, el PEI es el documento que permite a la entidad política y administrativa responsable de dicho territorio, lograr los objetivos trazados en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC); Que, la Gerencia de Planifi cación Local y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Ventanilla ha elaborado el proyecto conforme a las disposiciones y lineamientos establecidos en el marco legal de nuestro país. Lo cual fue posible gracias a la coordinación e información proporcionada por las diferentes unidades orgánicas pertenecientes a esta corporación Municipal; Que, los PEI establecen las estrategias de acción de las instituciones en armonía con los objetivos estratégicos contemplados en los PDC, para el logro de los fi nes primordiales del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2011- PCM se aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado “PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021”, presentado por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN de igual modo, el artículo 2º del mismo dispositivo precisa que, las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional mencionado; Que, en ese contexto, la Gerencia de Planifi cación Local y Presupuesto según informe Nº 080-2013/MDV- GPLP, de 15 de julio de 2013 señala que en cumplimiento de los lineamientos otorgados por las normas legales de planifi cación, ha formulado el Plan Estratégico Institucional – PEI 2013–2017 de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, el cual constituye un documento de gestión y de planifi cación orientado a satisfacer los diversos servicios que demanda una mayor participación institucional en favor de la colectividad, el mismo que deberá ser aprobado mediante Acuerdo de Concejo de acuerdo a ley; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 27972, con el Dictamen favorable de la Comisión de Administración, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR el Proyecto del Plan Estratégico Institucional – PEI 2013–2017 de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Planifi cación Local y Presupuesto, el cumplimiento del presente Acuerdo, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a ley. Regístrese y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 972599-1