Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2013 (11/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA 11 de agosto de 2013

501023
Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 972746-1

del 28 de noviembre y continuada 6 de diciembre de 2012, resulta evidente que la intencion de los regidores que apoyaron la iniciativa de la creacion de una comision especial para evaluar una posible falta grave incurrida por funcionarios municipales, encuentra su fundamento en el ejercicio de la funcion fiscalizadora que asiste a los regidores, no obstante que dicha funcion MORDAZA sido ejercida de manera irregular al acordarse directamente acciones que propiamente corresponde disponer al titular de la entidad MORDAZA, correspondiendo al concejo municipal, en todo caso, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 9, numerales 30 y 33, de la LOM, recomendar al MORDAZA el inicio de procesos administrativos disciplinarios a funcionarios municipales, conforme a las conclusiones arribadas por los mismos en el ejercicio de su funcion fiscalizadora, o recomendar la conformacion de comisiones especiales de MORDAZA administrativo disciplinario para tal efecto. 9. No obstante, a juicio de este organo colegiado, si bien en el presente caso se aprecia un ejercicio irregular de la funcion fiscalizadora, no se verifica que se MORDAZA contravenido la misma con la realizacion de dichos actos, sino que, por el contrario, el fundamento de dicho accionar fue precisamente la funcion fiscalizadora que la LOM atribuye a los regidores, puesto que se estaba velando por el cumplimiento de las labores de los funcionarios municipales. 10. Por tales motivos, habiendose verificado del acta de la sesion ordinaria de concejo municipal, de fechas 28 de noviembre y continuada el 6 de diciembre de 2012, y del Acuerdo de Concejo Nº 048-2012-CMMDSC, que, pese a que las mismas presentan visos de ejercicio de funcion administrativa y ejecutiva que no se encuentran amparadas en las competencias atribuidas por el articulo 10 de la LOM, se concluye que debido a que dichos acuerdos no suponen la anulacion o afectacion del deber de fiscalizacion de los regidores, sino que, por el contrario, evidencian un MORDAZA proposito de cumplimiento de dicha funcion, los actos imputados no ameritan la declaratoria de vacancia de los regidores en cuestion, al no haberse configurado la causal de declaratoria de vacancia prevista en el articulo 11 de la LOM, por lo que corresponde desestimar el recurso de apelacion presentado. 11. Finalmente, este organo colegiado estima necesario exhortar a los regidores MORDAZA MORDAZA Escate MORDAZA, Cinthya MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Fredy MORDAZA MORDAZA para que, en lo sucesivo, adecuen su accionar, ejerciendo su funcion fiscalizadora dentro de lo establecido en las leyes, procurando no interferir en atribuciones que le competen a otros organos, y respetando los principios de jerarquia, autoridad y distribucion de funciones de la entidad edilicia. CONCLUSION Por lo expuesto, valorados de manera conjunta los medios probatorios contenidos en autos, este organo colegiado concluye que los regidores MORDAZA MORDAZA Escate MORDAZA, Cinthya MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Fredy MORDAZA MORDAZA no han incurrido en la causal de declaratoria de vacancia prevista en el articulo 11 de la LOM. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Nº 015-MDSC, de fecha 4 de MORDAZA de 2013, que rechazo la solicitud de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA Escate MORDAZA, Cinthya MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Fredy MORDAZA MORDAZA, regidores de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, por la causal de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, prevista en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades.

Revocan Acuerdo de Concejo Nº 0012013-MDP que declaro vacancia de , regidora de la Municipalidad Distrital de Perene, provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 686-2013-JNE Expediente Nº J-2013-557 PERENE - CHANCHAMAYO ­ MORDAZA MORDAZA, veintitres de MORDAZA de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carhuallanqui, regidora de la Municipalidad Distrital del Perene, provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, en contra del Acuerdo de Concejo Nº 029-2013MDP, del 5 de MORDAZA de 2013, que ratifico el Acuerdo de Concejo Nº 001-2013-MDP por el que se declaro la vacancia de dicha regidora, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia En merito al Informe Nº 257-2012-GAJ-MDP, del 13 de diciembre de 2012, emitido por la gerencia de asesoria juridica de la Municipalidad Distrital del Perene, se inicia el procedimiento de vacancia en contra de la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carhuallanqui, por la causal de inasistencias injustificadas a tres sesiones de concejo consecutivas (fojas 75). Dicho informe se sustento en el Informe Nº 301-2012-OSG/MDP, del 12 de diciembre de 2012, emitido por la secretaria general de la municipalidad MORDAZA mencionada, en la que se indico que la regidora cuestionada no habia asistido a las sesiones de concejo de fecha 16 y 30 de noviembre y 7 de diciembre de 2012 (foja 88). Pronunciamiento de la Municipalidad Distrital de Perene En la sesion extraordinaria del 28 de diciembre de 2012, los miembros del Concejo Distrital del Perene declararon, por unanimidad, la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carhuallanqui, a su cargo de regidora en la aludida comuna. Dicha decision se formalizo mediante Acuerdo de Concejo Nº 001-2013-MDP, del 11 de enero de 2013 (foja 25). Recurso de reconsideracion En fecha 7 de febrero de 2013, la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carhuallanqui interpuso recurso de reconsideracion contra el Acuerdo de Concejo Nº 0012013-MDP, que declaro su vacancia al cargo de regidora de la Municipalidad Distrital del Perene, senalando como

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