Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2013 (21/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Miercoles 21 de agosto de 2013

501467
Sobre los descargos formulados por el MORDAZA distrital MORDAZA MORDAZA MORDAZA En la Sesion Extraordinaria de Concejo N° 007, del 25 de marzo de 2013 (fojas 10 a 14), el MORDAZA distrital hizo uso de la palabra y senalo lo siguiente: a) La emision de la Resolucion de Alcaldia N° 0242011-MDM, del 21 de enero de 2011, mencionada por el solicitante de la vacancia, solo se limita a aprobar los acuerdos a los que habia arribado la comision paritaria de negociacion colectiva, entre los representantes de la entidad MORDAZA y los representantes de los trabajadores, en esa medida, no tuvo discrecionalidad para establecer su contenido. b) Los cobros indebidos a los que hace referencia el peticionante de la vacancia, fueron consecuencia del indebido calculo por parte de los trabajadores municipales, tramite en el que, por la naturaleza de sus funciones, no participo. c) Agrega que, mediante memorandum, requirio a la subgerencia de administracion y finanzas para que se suspenda cualquier pago a su favor por concepto de escolaridad, MORDAZA Patrias, Dia del trabajador municipal y Navidad, como consecuencia de la aplicacion del convenio colectivo. d) Finaliza y senala que procedio a devolver la suma de S/. 12 900,00 (doce mil novecientos con 00/100 nuevos soles). Respecto al pronunciamiento del Concejo Distrital de MORDAZA En la Sesion Extraordinaria de Concejo N° 007, del 25 de marzo de 2013 (fojas 10 a 14), los miembros del Concejo Distrital de MORDAZA declararon inadmisible la solicitud de vacancia, haciendose referencia, en el acta de dicha sesion, que tal decision se emitia toda vez que no se habia alcanzado el MORDAZA aprobatorio del numero legal de los miembros del concejo, conforme a lo establecido en el articulo 23 de la LOM. Los votos obtenidos en la citada sesion fueron de dos votos a favor y tres en contra. Dicha decision fue notificada al recurrente el 27 de marzo de 2013, tal como se puede aprecia a fojas 9 de autos. Sobre el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Saldana Al no estar de acuerdo con la decision del concejo distrital, y dentro del plazo establecido en el articulo 23 de la LOM, MORDAZA MORDAZA Saldana interpuso, con fecha 12 de MORDAZA de 2013, recurso de apelacion (fojas 2 a 8). Los argumentos que sustentan dicho medio impugnatorio son los siguientes: a) El sustento de la vacancia del MORDAZA distrital fue el hecho de que este venia percibiendo remuneraciones y gratificaciones en contravencion a las leyes del Estado. b) Pese a que la autoridad MORDAZA tenia pleno conocimiento de que los hechos materia de la solicitud de vacancia eran irregulares, procedio a otorgar asignaciones, aguinaldo y gratificaciones no contempladas en la ley o MORDAZA alguna, a manera de donaciones o liberalidades a favor de sus funcionarios y otros, tal como se aprecia en la Resolucion de Alcaldia N° 024-2011-MDM, del 21 de enero de 2011, que aprobo el pacto colectivo 2011, y a traves del cual se otorgaron beneficios laborales para el MORDAZA distrital y los funcionarios de confianza. c) El MORDAZA distrital, en la sesion extraordinaria en donde se trato la solicitud de vacancia, ha reconocido que los pagos indebidos se debieron a un mal calculo por parte de los trabajadores municipales, senalando, ademas, que procedio a la devolucion de la suma de S/. 12 900,00 (doce mil novecientos y 00/100 nuevos soles). d) Con la aprobacion del pacto colectivo, el MORDAZA distrital ha tenido como unica finalidad contratar sobre el patrimonio de la municipalidad, para procurar y procurarse pagos que no le estan permitidos conforme a ley, defraudando de esta manera el interes publico en beneficio de sus intereses particulares. e) Pese a la existencia de suficientes elementos probatorios que acreditan de manera contundente la procedencia de la solicitud de vacancia, los miembros de concejo, sin ninguna fundamentacion ni motivacion, han rechazo la peticion presentada.

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran nulo lo actuado en procedimiento de vacancia seguido contra MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de San MORDAZA
RESOLUCION N° 753-2013-JNE
Expediente N° J-2013-00486 SAN MORDAZA - SAN MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, ocho de agosto de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Saldana en contra del acuerdo de concejo adoptado en la Sesion Extraordinaria de Concejo N° 007, del 25 de marzo de 2013, que declaro inadmisible la solicitud de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de San MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente N° J-2013-00202, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Sobre la solicitud de vacancia Con fecha 14 de febrero de 2013, MORDAZA MORDAZA Saldana solicito al MORDAZA Nacional de Elecciones la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA (fojas 1 a 5 del Expediente N. ° J-2013-00202), por considerarlo incurso en la causal de restricciones en la contratacion, establecida en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). Dicha solicitud de vacancia dio origen al Expediente N° J-2013-00202. El solicitante alego como fundamentos de su peticion los siguientes hechos: a) El MORDAZA distrital ha percibido remuneraciones y gratificaciones en contravencion a las leyes y directivas del Estado y concretamente del gobierno local. b) El MORDAZA distrital aprobo mediante la Resolucion de Alcaldia N° 024-2011-MDM, del 21 de enero de 2011 (foja 125 del Expediente N° J-2013-00202), el pacto colectivo del ano 2011, a traves del cual se otorgaron donaciones o liberalidades, bajo el concepto de beneficios laborales a los funcionarios de confianza, contraviniendo las disposiciones legales sobre la materia. c) Senala que la actitud del MORDAZA de otorgar estos beneficios laborales ha traido como consecuencia que la entidad MORDAZA MORDAZA efectuado a favor de dicha autoridad municipal y sus funcionarios, los pagos pactados en dichos documentos, tal como se acredita con las respectivas planillas (fojas 64 a 123 del Expediente N° J-2013-00202). d) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, tenia pleno conocimiento de que estos actos eran irregulares, toda vez que los regidores de la entidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA (exregidor) y Richar MORDAZA MORDAZA, tal como consta en las actas de las Sesiones Ordinarias de Concejo N° 002 (fojas 35 a 47), N° 003 (fojas 48 a 59), N° 005 (fojas 60 a 68), N° 007 (fojas 69 a 75), N° 008 (fojas 76 a 82), y N° 014 (fojas 83 a 106), denunciaron las irregularidades y el aprovechamiento indebido de los recursos de la municipalidad distrital. e) Con motivo de las denuncias formuladas por los regidores, se designo una comision, a fin de contratar a abogados que se encarguen de investigar los casos de pactos colectivos; esta situacion conllevo que, en represalia a dicha decision, la tia del MORDAZA distrital solicitara, con fecha 6 de octubre de 2011, la vacancia de los regidores.

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