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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (27/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Martes 27 de agosto de 2013 501859 Agricultura y Riego, la Ministra de Salud y la Ministra de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura y Riego PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 980305-4 Disponen inscripción de la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo a la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba”, en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 031-2013-PCM/SD Lima, 17 de junio de 2013 VISTOS: Los Ofi cios Nº 004-2013/PRE/MMSC y N° 008-2013- MMSC/AN; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 008-2012-MDA-AL de la Municipalidad Distrital de Andarapa y la Ordenanza Municipal Nº 014-2012-CM-MDSJ de la Municipalidad Distrital de San Jerónimo; las Actas de Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba” de fechas 10 de diciembre de 2012 y 06 de mayo de 2013; el Ofi cio N° 620-2013-PCM/SD y los Informes Nº 022-2013–PCM/ SD-OGI-MIRA y Nº 039-2013–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 322-2011-PCM/SD se dispuso la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba”. Esta mancomunidad municipal la integran las Municipalidades Distritales de Kaquiabamba, Kishuara y Pacucha de la Provincia de Andahuaylas, en el Departamento de Apurímac; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 9°, establece el procedimiento de adhesión de una municipalidad a una mancomunidad municipal ya constituida; Que, mediante el Ofi cio Nº 004-2013/PRE/MMSC, el señor alcalde y presidente de la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba” solicita la inscripción de la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo a ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, por Ofi cio N° 620-2013-PCM/SD la Secretaría de Descentralización remite el Informe N° 022-2013- PCM/SD-OGI-MIRA que contiene las observaciones al trámite de inscripción de la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo a la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba”; Que, mediante Ofi cio N° 008-2013-MMSC/AN, el Señor Alcalde y Presidente de la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba”, presenta los documentos para subsanar las observaciones en el trámite de inscripción de la adhesión; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba”, en su artículo Vigésimo Tercero, señala que la adhesión de una municipalidad, procede según el siguiente procedimiento: a) Informe Técnico elaborado por la municipalidad solicitante, que exprese la viabilidad de la adhesión a la Mancomunidad Municipal y a su Estatuto, b) Acta de Sesión del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal, con el acuerdo de adhesión de la municipalidad solicitante, y c) Ordenanza Municipal de la municipalidad solicitante, que ratifi ca la adhesión a la mancomunidad municipal y a su Estatuto, sustentada en el Informe Técnico y en el Acta de Sesión del Consejo Directivo; Que, el Informe Técnico presentado expresa la viabilidad para la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo a la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba”; Que, el Consejo Directivo mediante Acta de Sesión Ordinaria, de fecha 10 de diciembre de 2012, acordó la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo a la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba”; por Acta de Sesión Extraordinaria, de fecha 06 de mayo de 2013, se acordó la conformación del Consejo Directivo y la modifi cación de los artículos Primero y Tercero del Estatuto correspondientes a la constitución y al ámbito territorial, como resultado del proceso de adhesión; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo ratifi can su adhesión a la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba”; Que, acorde con el Informe Nº 039-2013–PCM/ SD-OGI-MIRA, se concluye que se han subsanado las observaciones al trámite de inscripción y que en la elaboración de los documentos del acto de adhesión se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 9° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo a la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046- 2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de Adhesión Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo de la Provincia de Andahuaylas, en el Departamento de Apurímac, a la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba”. Artículo 2º.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Sondor Curamba”, está conformado como sigue: - Presidente: Claudio Carrasco Leguía, alcalde de la Municipalidad Distrital de Kishuara.