TEXTO PAGINA: 14
El Peruano Martes 27 de agosto de 2013 501864 Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en relación a las formalidades requeridas para la designación de Gerentes Públicos, indicó que corresponde al Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, en el ejercicio de su poder de dirección y, en atención a las facultades establecidas en el literal w) del Manual de Operaciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 174-2012-MIDIS, expedir la resolución administrativa que formalice la asignación de los Gerentes Públicos; Que, en tal sentido, en atención a lo dispuesto en el Convenio Marco para la Asignación de Gerentes Públicos celebrado entre el MIDIS y SERVIR y, de acuerdo a lo indicado en el Informe Nº 049-2013-MIDIS/SG-OGAJ, es necesario proceder a la designación de los Gerentes Públicos asignados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil, para ocupar cargos de destino requeridos por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Con la visación de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, el Decreto Legislativo N° 1024, el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 174-2012- MIDIS y la Resolución Ministerial N° 229-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, con efi cacia anticipada al 26 de agosto de 2013, al Gerente Público Juan Carlos Rondón Cáceres en el cargo de Jefe de la Unidad de Prestaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. Artículo 2.- Designar, con efi cacia anticipada al 26 de agosto de 2013, al Gerente Público Augusto Fernando Vásquez Solís en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial de Lima – Provincias del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qaliwarma.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GUISELLE M. ROMERO LORA Directora Ejecutiva Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 979769-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil DECRETO SUPREMO Nº 210-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprobó entre otros el Presupuesto del Pliego 006 Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2013, a fi n de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico- científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública existente; Que, los literales b) y c) de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley anteriormente mencionada, establecen que el INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Ley en mención, correspondiendo al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Política de Inversiones, dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Directiva Nº 004-2012-EF/63.01 “Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013”, señala que es competencia del INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos antes señalados, así como de solicitarlos a fi n de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos fi nancieramente; Que, según el artículo 10 de la Directiva referida en el considerando precedente, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a través de dos formas de intervención: Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por el INDECI; y Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, que son presentados a la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, la que, de corresponder, los declara elegibles; Que, el numeral 11.6 del artículo 11 de la citada Directiva, señala que el Titular del INDECI remite al Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud de crédito presupuestario, adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI aprobando las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia debidamente suscrito por los funcionarios correspondientes, como requisito previo a la aprobación del crédito presupuestario, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la referida Directiva; Que, el artículo 13 de la Directiva antes referida, establece que la transferencia de los recursos a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29952, se autoriza de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304- 2012-EF; Que, en aplicación de lo antes señalado, el INDECI, a través del Ofi cio Nº 1030-2013/INDECI/4.0 solicita la suma de NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 94 912,00) los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Olleros de la Provincia de Huaraz del Departamento de Ancash para la atención de dos (02) Actividades de Emergencia, denominadas “Alquiler de maquinaria pesada para descolmatación y encausamiento en tramos críticos del Río Aco en una longitud total de 500 ml, ubicado en la margen izquierda del centro poblado de Aco, distrito de Olleros, a consecuencia de arrastre de material sólido por el incremento extraordinario del caudal del Río Aco, ocurrido el 04.ABR.2013 y declarado en estado de emergencia mediante el D.S. Nº 053-2013- PCM, del 14 de mayo del 2013” y “Alquiler de maquinaria pesada para enrocado al volteo en tramo critico de 80 ml de la defensa ribereña del centro poblado de Aco, margen derecha del Río Santa, arrasada por la descarga súbita e inusual del río el 04.ABR.2013, y declarado en estado de emergencia mediante el D.S. Nº 053-2013-PCM del 14 de mayo del 2013”; habiéndose declarado en Estado de Emergencia mediante Decreto Supremo Nº 053-2013- PCM; Que, el INDECI a través del Ofi cio Nº 1038-2013/ INDECI/4.0 solicita la suma de NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 91 934,00) los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Llumpa de la Provincia de Mariscal Luzuriaga del Departamento de Ancash para la atención de cuatro (04) Actividades de Emergencia, denominadas “Alquiler de maquinaria para recuperar el servicio de transitabilidad de tramos críticos de la trocha carrozable CRUZ PAMPA - YURMA del distrito de Llumpa, provincia de Mariscal Luzuriaga, departamento de Ancash afectada por