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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (03/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 35

El Peruano Martes 3 de diciembre de 2013 508245 Civil con Subespecialidad Comercial de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Civil con Subespecialidad Comercial de Lima, a partir del 03 de diciembre del presente año, y mientras dure la licencia de la doctora La Rosa Guillén, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Segunda Sala Civil con Subespecialidad Comercial de Lima Dr. Rolando Alfonzo Martel Chang Presidente Dra. Irma Roxana Adela Jiménez Vargas Machuca (T) Dra. Ana Patricia Lau Deza (P) Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor FRANCISCO JAVIER MUNGUIA CAMARENA, como Juez Supernumerario del Tercer Juzgado Mixto de San Juan de Lurigancho, a partir 02 de diciembre del presente año, y mientras dure la licencia de la doctora Montero Ñavincopa. Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. IVÁN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 1022603-1 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Incorporan y registran firma del Rector de la Universidad Nacional de San Martín, como miembro del Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1421-2013-ANR Lima, 16 de septiembre de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTO: El ofi cio Nº 119-2013-UNSM/SG, con ingreso de fecha 02 de setiembre de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, concordante con el artículo 7º del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria, la Asamblea Nacional de Rectores está conformada por los Rectores de las universidades públicas y privadas del país; Que, mediante ofi cios de vistos la Universidad Nacional de San Martín comunica a la Asamblea Nacional de Rectores que en sesión extraordinaria de Asamblea Universitaria de fecha 24 de julio de 2013, fue elegido el doctor Julio Armando, como rector de la mencionada Casa Superior de Estudios, para el periodo comprendido del 31 de agosto de 2013 al 30 de agosto de 2018, expedido para tal efecto la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2013-UNSM/AU-R de fecha 07 de agosto de 2013 y el acta correspondiente, que adjuntan; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorporar y registrar la fi rma del señor Rector de la Universidad Nacional de San Martín, Doctor Julio Armando Ríos Ramírez, como miembro del Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores, en mérito a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. Artículo 2º.- Establecer que la condición de miembro del Pleno de Rectores del Rector de la Universidad Nacional de San Martín, está vigente desde el 31 de agosto de 2013 al 30 de agosto de 2018. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría Ejecutiva y a la Secretaría General de la Asamblea Nacional de Rectores, el cumplimiento de la presente resolución. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 1022391-1 BANCO CENTRAL DE RESERVA Índice de reajuste diario a que se refiere el Art. 240° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de diciembre CIRCULAR N° 0044-2013-BCRP Lima, 2 de diciembre de 2013 El índice de reajuste diario, a que se refi ere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de diciembre es el siguiente: DÍA ÍNDICE DÍA ÍNDICE 1 7,91325 17 7,90433 2 7,91269 18 7,90378 3 7,91214 19 7,90322 4 7,91158 20 7,90266 5 7,91102 21 7,90211 6 7,91046 22 7,90155 7 7,90991 23 7,90099 8 7,90935 24 7,90044 9 7,90879 25 7,89988 10 7,90823 26 7,89932 11 7,90768 27 7,89877 12 7,90712 28 7,89821 13 7,90656 29 7,89765 14 7,90601 30 7,89710 15 7,90545 31 7,89654 16 7,90489 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil.