Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2013 (06/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Viernes 6 de diciembre de 2013

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previo estudio tecnico elaborado por el Consejo Administrativo Regional. Las cuotas extraordinarias son de uso exclusivo en la adquisicion de muebles e inmuebles, asi como su remodelacion y equipamiento de los mismos. Debe culminar el cobro de las cuotas extraordinarias una vez cancelados los bienes adquiridos. 13. Aprobar gastos del Consejo Administrativo Regional superiores a 30 UIT mensuales. 14. Coordinar con sus respectivos gobiernos regionales acciones preventivo promocionales de salud bucal. 15. Promover el perfeccionamiento profesional de sus colegiados. Articulo 41º.Atribuciones del Consejo Administrativo Regional. Las atribuciones de los Consejos Administrativos Regionales son los que a continuacion se expresan: 1. Administrar y controlar los bienes y servicios del Colegio Odontologico entregados a los Consejos Regionales para su usufructo. 2. Contratar y remover a los empleados y servidores del Colegio Odontologico Regional. 3. Ejercer las facultades de gestion y de representacion legal del Colegio Odontologico del Peru dentro de su circunscripcion. 4. Ejercer la representacion del COP dentro de su circunscripcion, necesarias para la administracion de la institucion, con excepcion de los asuntos que la ley y el presente reglamento atribuyan al Consejo Regional. 5. Vigilar el ejercicio de la profesion en su Region. 6. Aprobar convenios en el ambito de su jurisdiccion con personas juridicas o naturales para impulsar el cumplimiento de sus funciones. 7. Liderar en su region la lucha contra el ejercicio ilegal de la profesion. 8. Brindar bienestar a sus colegiados sin colisionar con lo establecido por los programas de ambito nacional. 9. Elegir a los Miembros del Comite de Medidas Disciplinarias. 10. Informar al Consejo Regional sobre el desarrollo de la gestion institucional. 11. Sesionar ordinariamente por lo menos dos (02) veces al mes y en forma extraordinaria cuando fuere necesario. 12. Nombrar representantes del Colegio Regional ante los poderes publicos, Instituciones publicas y particulares, certamenes y jornadas cientificas que se realicen en su respectiva circunscripcion. 13. Determinar el numero de comisiones y su naturaleza. 14. Proponer al Consejo Nacional y Regional la creacion de programas que juzguen necesarios para la consecucion de sus fines, siempre y cuando tengan su propia financiacion. 15. Presentar para su aprobacion los estados financieros y la memoria anual del Decano Regional ante el Consejo Regional. 16. Llevar los registros del Colegio Regional. 17. Resolver en todos los casos que exista procedimientos administrativos dentro del Consejo Regional. 18. Resolver en todos los casos que exista procedimiento disciplinario a excepcion de la expulsion que correspondera al Consejo Regional. 19. Intervenir en defensa de los derechos de los Cirujanos Dentistas habilitados en los conflictos de estos con las Instituciones en que prestan sus servicios, en salvaguarda del decoro y dignidad profesional. 20. Ejecutar la contratacion de empresas auditoras dispuestas por el Consejo Regional. 21. Formular, aprobar y modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Manual de Organizacion y Funciones (MOF) de los COR. 22. Proponer al Consejo Nacional la modificacion de los Reglamentos de los Programas, Comisiones y Organos Especializados que se cree. 23. Aprobar la compra y la venta de muebles, aceptar donaciones, y en general celebrar toda clase de actos y contratos de ambito Regional. 24. Otorgar al Decano Regional, Vice Decano Regional y Director de Economia poderes amplios y suficientes para la mejor marcha y funcionamiento de las transacciones bancarias y financieras que se requieran.

13. Definir las politicas de recaudacion de los ingresos del COP. 14. Aprobar las dietas de los miembros del Consejo Administrativo Nacional y Regional de acuerdo al Reglamento que se dicte para tal efecto. 15. Cumplir y hacer cumplir los Reglamentos y todas las disposiciones acordadas por el. 16. Aprobar el Presupuesto Anual propuesto por el Consejo Administrativo Nacional y, en general, orientar y supervigilar la politica economica y financiera de los Consejos Regionales del COP. 17. Aprobar los Balances Generales y Presupuestos ejecutados de los Consejos Administrativos Nacional y Regionales. 18. Incentivar el estudio e investigacion odontoestomatologica. 19. Publicar la Revista de la Odontologia Peruana como publicacion oficial del COP. 20. Acordar la compra, venta, hipoteca, prenda y enajenacion de los bienes inmuebles del COP, en una sesion y con la aprobacion de los dos tercios del Consejo Nacional, previo estudio tecnico. 21. Aprobar las modificaciones, reclasificaciones o cambios al presupuesto nacional y presupuestos regionales segun lo establezca el Reglamento de presupuestos. 22. Disponer investigaciones de cualquier naturaleza. 23. Disponer el control institucional y la contratacion de la empresa auditora para la auditoria anual; sin embargo podra disponerla en cualquier momento y para cualquier organismo del COP. 24. Auspiciar y patrocinar certamenes nacionales e internacionales. 25. Designar miembros Honorarios del COP. 26. Resolver en todos los casos en que la Ley o el presente Reglamento no lo contemple en forma expresa, en el ambito de su competencia. El MORDAZA de votacion para este caso obedecera a la naturaleza del MORDAZA a tratar. 27. Elegir a los miembros del Comite de Etica, Deontologia y Medidas Disciplinarias del Consejo Nacional. 28. Aprobar los Estados Financieros consolidados del COP. Articulo 15º.- Obligaciones Generales del Decano Nacional. El Decano Nacional debe velar por el cumplimiento de la Ley Nº 15251 y sus modificatorias, el presente Reglamento y de las disposiciones que se dicten en relacion con la colegiacion, de su Reglamento Interno y de los acuerdos tomados por el Consejo Nacional y el Consejo Administrativo Nacional. Articulo 36º.- Atribuciones de los Consejos Regionales. Son atribuciones de los Consejos Regionales: 1. Representar al Colegio Odontologico del Peru dentro de su jurisdiccion. 2. Aprobar el Informe memoria anual del Decano Regional. 3. Aprobar los estados financieros anuales del Consejo Administrativo Regional, y una vez que MORDAZA aprobados, remitirlos al Consejo Nacional. 4. Remover del cargo a cualquier miembro del Consejo Administrativo Regional y de los Circulos Provinciales o Distritales, conforme a los procedimientos establecidos en el presente Reglamento. 5. Elegir a los miembros de la Junta Electoral Regional. 6. Aprobar la adquisicion, venta o hipoteca de los bienes inmuebles del Colegio Regional. 7. Ejecutar dentro de sus jurisdicciones los acuerdos que establezca el Consejo Nacional. 8. Proponer politicas y programas institucionales en su jurisdiccion y ponerlas a consideracion del Consejo Nacional. 9. Disponer auditorias especiales al Consejo Administrativo Regional cuando lo considere necesario. 10. Resolver la sancion de expulsion en primera instancia. 11. Proponer la modificacion del presente reglamento al Consejo Nacional. 12. Fijar cuotas o ingresos extraordinarios, los que seran por un tiempo determinado y/o un fin especifico

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