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El Peruano Viernes 6 de diciembre de 2013 508541 8. Publicar a través de los mismos medios informativos la lista ganadora. 9. Designar, previo sorteo en cada padrón, a los miembros titulares y suplentes de las mesas de sufragio. Artículo 228º.- De las candidaturas al Consejo Administrativo Regional. Las candidaturas para los cargos del Consejo Administrativo Regional son inscritas ante la Junta Electoral Regional por listas completas, con una anticipación no menor de treinta (30) días antes de la fecha fi jada para la elección, respaldadas por escrito con ciento cincuenta (150) fi rmas de colegiados habilitados adherentes en el caso del COP Región Lima y el 10% de los colegiados habilitados adherentes para las demás regiones. La lista debe inscribirse con el siguiente formato: a) Decano Regional b) Vice Decano Regional c) Cinco (05) Directores. Los directores no postulan a cargos específi cos. Tanto en la lista de adherentes como en la lista de los candidatos se consignan los nombres completos, documento de identidad nacional, registro de colegiatura COP y huella digital. Para el caso de los candidatos de los Círculos Odontológicos para formar los Consejos Regionales se inscribirán independientemente con una lista de adherentes de cinco (05) colegiados habilitados de su correspondiente jurisdicción. Artículo 266º.- Cómputo general. La Junta Electoral Regional deberá remitir en forma física todas las Actas electorales y de sufragio a la Junta Electoral Nacional en un máximo de 24 horas. Caso contrario la Junta Electoral Nacional cumplirá con informar al Consejo Administrativo Nacional para formalizar las acciones éticas, administrativas o legales del caso ante la autoridad competente. La Junta Electoral Nacional procederá al cómputo nacional de los votos para elegir a los miembros del Consejo Administrativo Nacional del Consejo Nacional una vez recibidas las Actas de las Juntas Electorales Regionales. A las 48 horas de conocido el resultado general deberá proclamar a los ganadores”. Artículo 2°.- REFRENDO El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1024509-2 Autorizan viaje de profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 056-2013-SA Lima, 5 de diciembre del 2013 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Palma de Mallorca, Reino de España, se llevará a cabo una pasantía en “Selección de Medicamentos” en el Servicio de Farmacia del Hospital Universitario Son Espases de Palma de Mallorca, del 9 al 13 de diciembre de 2013; Que, con Resolución Ministerial Nº 203-2013/MINSA, de fecha 15 de abril de 2013, se aprobó el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado 2013 del Ministerio de Salud, en el cual se incluye la realización de dos (2) pasantías en el extranjero en “Selección de Medicamentos” por parte de profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; Que, mediante documento de fecha 4 de octubre de 2013, el Jefe de Servicio de Farmacia del Hospital Universitario Son Espases de Palma de Mallorca, del Reino de España, comunica que los Químicos Farmacéuticos Hilda Marisela Mantilla Ponte de Lozano y Jenner Iván Solís Ricra, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, han sido aceptados para la realización de la pasantía en “Selección de Medicamentos”; Que, mediante Nota Informativa Nº 380-2013- DIGEMID-DG-EGA/MINSA, el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, solicita se autorice el viaje de los Químicos Farmacéuticos Hilda Marisela Mantilla Ponte de Lozano y Jenner Iván Solís Ricra, a la ciudad de Palma de Mallorca, Reino de España, para que participen en la referida pasantía; Que, con Memorando Nº 3200-2013-OGA/MINSA, la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, informa que el viaje de los profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, a la ciudad de Palma de Mallorca, Reino de España, para que realicen la referida pasantía, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente, en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011 : Ministerio de Salud, para la adquisición de los pasajes en tarifa económica, así como viáticos para cinco (5) días, y un (1) día adicional por gastos de instalación, para dos (2) personas; Que, mediante Informe Nº 537-2013-EGC-ODRH- OGGRH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, ha emitido opinión favorable respecto de la autorización del viaje de los profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, a la ciudad de Palma de Mallorca, Reino de España, para que realicen la pasantía antes mencionada, señalando que la misma se encuentra prevista en el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado 2013 del Ministerio de Salud, aprobado por Resolución Ministerial Nº 203-2013/ MINSA, y se adecúa a lo establecido en el artículo 28º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025 sobre Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2010- PCM; Que, considerando la importancia para el Ministerio de Salud de mejorar y perfeccionar las herramientas y metodologías para la adecuada selección de medicamentos efi caces y seguros para la población, es necesario autorizar el viaje de los mencionados profesionales para que participen en la citada pasantía en “Selección de Medicamentos”; Que, conforme a lo dispuesto en el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; en la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los Servidores y Funcionarios Públicos, y su modifi catoria; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus modifi catorias; y en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025 sobre Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2010- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los Químicos Farmacéuticos Hilda Marisela Mantilla Ponte de Lozano y Jenner Iván Solís Ricra, profesionales de la