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El Peruano Viernes 6 de diciembre de 2013 508542 Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Palma de Mallorca, Reino de España, del 7 al 15 de diciembre de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasaje tarifa económica (incluido TUUA, para 2 personas) : US$ 4,070.50 - Viáticos por 6 días (para 2 personas) : US$ 6,480.00 TOTAL : US$ 10,550.50 Artículo 3º.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, los profesionales citados en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, presenten a la Alta Dirección, con copia a la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, un informe detallado, con conclusiones y recomendaciones sobre la experiencia obtenida en la actividad a la que acudirán, así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1024508-8 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan autorizaciones a personas jurídica y naturales para prestar servicio de radiodifusión sonora en localidades de los departamentos de Ancash, Cajamarca, Tacna, Huánuco, Puno, San Martín e Ica RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 594-2013-MTC/03 Lima, 25 de noviembre del 2013 VISTO, el Escrito de Registro Nº 2011072959, presentado por la asociación IGLESIA FUENTE DE BENDICIÓN sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Casma, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16° de la Ley de Radio y Televisión, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público. El concurso público es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda es menor al número de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 4297-2010- MTC/28, se aprobó las Bases del Concurso Público Nº 02-2010-MTC/28, para el otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora, en las modalidades comercial y educativa, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Casma, departamento de Ancash; Que, con fecha 15 de abril de 2011, se llevó a cabo el Acto Público Único: Recepción y Apertura de Sobres Nºs 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Público Nº 02- 2010-MTC/28, adjudicándose la Buena Pro a la asociación IGLESIA FUENTE DE BENDICIÓN, para el otorgamiento de la autorización del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Casma, departamento de Ancash; Que, el artículo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que la autorización para prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante Resolución del Viceministro de Comunicaciones; Que, con Resolución Viceministerial N° 092-2004- MTC/03 y modifi catorias, se aprobó el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencia del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para diversas localidades del departamento de Ancash, entre las cuales se encuentra la localidad de Casma, estableciéndose 2 KW. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modifi catorias, establece que aquellas estaciones, como es el presente caso, que operen en el rango mayor a 250W. hasta 500W. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasifi can como Estaciones de Servicio Primario Clase D3, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, la asociación IGLESIA FUENTE DE BENDICIÓN no se encuentra obligada a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, mediante Informe Nº 1388-2012-MTC/28, ampliado con Informe Nº 2625-2013-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que la asociación IGLESIA FUENTE DE BENDICIÓN ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demás disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Público Nº 02-2010-MTC/28, así como con la presentación de la documentación técnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona, la autorización y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC, las Bases del Concurso Público N° 02- 2010-MTC/28, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Casma, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 092-2004-MTC/03 y sus modifi catorias, la Resolución Ministerial Nº 358-2003- MTC/03 que aprueba las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y sus modifi catorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización a la asociación IGLESIA FUENTE DE BENDICIÓN, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Casma, departamento de Ancash, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación: Condiciones Esenciales: Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN FM Frecuencia : 104.1 MHz Finalidad : EDUCATIVA