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El Peruano Viernes 6 de diciembre de 2013 508535 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29951 se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, en cuyo Anexo B: “Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2013”, se detallan las entidades u organismos y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser pagadas durante el Año Fiscal 2013; Que, el numeral 1.3 del artículo 1° de la precitada Ley, establece que previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modifi car dicho Anexo mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima necesario modifi car el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2013, Fuente: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 005: Ministerio del Ambiente, contenido en la Ley Nº 29951, a efectos de atender el pago de cuotas a organismos internacionales que no fueron previstos en su oportunidad, sin irrogar mayores recursos presupuestados al Sector Ambiental; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Adición Agréguese al Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2013, Fuente: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 005: Ministerio del Ambiente, contenido en la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, a los organismos y según los montos que se señalan a continuación: PLIEGO PRESUPU- ESTARIO MONTO (En nuevos soles) PERSONA JURÍDICA Ministerio del Ambiente 28,000.00 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente – PNUMA (Red de Formación Ambiental para América Latina y el Caribe) 15,866.15 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambi- ente – PNUMA (Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología) 18,001.98 Convención de Ramsar relativo a los Humedales de Importancia Internacional 30,000.00 Instituto Interamericano para la Investigación del Cambio Global – IAI 29,092.11 Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Per- sistentes Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1024508-6 Autorizan a la SUNASA el pago de cuota anual a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, correspondiente al año 2013 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 217-2013-RE Lima, 5 de diciembre de 2013 VISTO: El Ofi cio Nº 00282-2013-SUNASA/SG de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA) Organismo Técnico Especializado Adscrito al Ministerio de Salud, por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota anual correspondiente al año 2013 a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, mediante Carta de fecha 04 de junio del 2013, dirigida a la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA), el Secretario General de la OISS señala que, la contribución económica anual correspondiente al ejercicio 2013 que debe abonar la entidad, en su condición de miembro de pleno derecho, es de US$ 5,000.00 (cinco mil y 00/100 dólares americanos); Que, mediante Decreto Supremo N° 060-2013- RE se ha procedido a modifi car el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a efecto de atender el pago a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS); Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA) - MINSA; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar a la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA) Organismo Técnico Especializado Adscrito al Ministerio de Salud, a efectuar el pago de US$ 5,000.00 (Cinco mil y 00/100 Dólares Americanos) a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), correspondiente a la cuota anual del año 2013. Artículo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA) - MINSA. Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1024508-7