Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2013 (12/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Jueves 12 de diciembre de 2013

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(SETECIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinada a financiar el tercer tramo de los requerimientos de las Fuerzas Armadas en el MORDAZA del "Nucleo Basico de Defensa" del Ministerio de Defensa; Que, teniendo en cuenta que las condiciones de MORDAZA han variado favorablemente, se han efectuado negociaciones con el Banco de la Nacion con el objeto de mejorar las condiciones financieras aplicables a las operaciones de endeudamiento MORDAZA mencionadas, habiendose arribado a un acuerdo sobre las mismas; en consecuencia, corresponde modificar las citadas operaciones de endeudamiento; Que, conforme al numeral 21.1 del Articulo 21 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2012-EF, modificado por la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, las modificaciones de las operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional se aprueban mediante decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el ministro del sector correspondiente; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF y su modificatoria; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Modificacion del Decreto Supremo N° 218-2007-EF Modifiquese el MORDAZA parrafo del Articulo 1 del Decreto Supremo N° 218-2007-EF, cuyo texto es el siguiente: "La citada operacion de endeudamiento interno sera cancelada en quince (15) anos que incluye un periodo de MORDAZA de tres (3) anos, mediante cuarenta y ocho (48) cuotas trimestrales, consecutivas y en lo posible iguales, venciendo la primera cuota a partir del mes de marzo 2011; devengando una tasa de interes del 5,40% efectiva anual." Articulo 2.- Modificacion del Decreto Supremo N° 143-2008-EF Modifiquese el MORDAZA parrafo del Articulo 1 del Decreto Supremo N° 143-2008-EF, cuyo texto es el siguiente: "La citada operacion de endeudamiento interno sera cancelada en catorce (14) anos que incluye un periodo de MORDAZA de tres (03) anos, amortizandose mediante cuarenta y cuatro (44) cuotas trimestrales, consecutivas y en lo posible iguales, devengando una tasa de interes del 5,40% fija efectiva anual." Articulo 3.- Modificacion del Decreto Supremo N° 204-2009-EF Modifiquese el MORDAZA parrafo del Articulo 1 del Decreto Supremo N° 204 -2009-EF, cuyo texto es el siguiente: "La citada operacion de endeudamiento interno sera cancelada en trece (13) anos que incluye un periodo de MORDAZA de tres (03) anos, amortizandose mediante cuarenta (40) cuotas trimestrales, consecutivas y en lo posible iguales, devengando una tasa de interes del 5,40% fija efectiva anual." Articulo 4.- Suscripcion de documentos Autoricese al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, los documentos que se requieran para implementar lo dispuesto en este Decreto Supremo. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Defensa.

de conversion, asi como toda la documentacion que se requiera para implementar los referidos instrumentos financieros. Articulo 3º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del Proyecto "Mejoramiento del Servicio de Informacion Presupuestaria de Planillas del Sector Publico" sera la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales, en coordinacion tecnica con la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 4º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el Articulo 1 de este Decreto Supremo; asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieren para implementar la citada operacion. Articulo 5º.- Servicio de deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el Articulo 1 del presente Decreto Supremo, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1026952-4

Modifican Operaciones de Endeudamiento Interno acordadas con el Banco de la Nacion
DECRETO SUPREMO Nº 306-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 1 del Decreto Supremo N° 218-2007-EF, se aprobo la operacion de endeudamiento interno entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por la suma de S/. 550 000 000,00 (QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinada a financiar parcialmente los requerimientos del Nucleo Basico Eficaz del Ministerio de Defensa; Que, mediante el Articulo 1 del Decreto Supremo N° 143-2008-EF, se aprobo la operacion de endeudamiento interno entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por la suma de S/. 802 285 000,00 (OCHOCIENTOS DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinada a financiar el MORDAZA tramo de los requerimientos de las Fuerzas Armadas en el MORDAZA del "Nucleo Basico de Defensa" del Ministerio de Defensa; Que, mediante el Articulo 1 del Decreto Supremo N° 204-2009-EF, se aprobo a operacion de endeudamiento interno entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por la suma de S/. 730 604 999,00

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