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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (17/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Martes 17 de diciembre de 2013 509336 ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 025-MDMM QUE ESTABLECIÓ BENEFICIO A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 25 de la fecha; y, VISTOS: El Informe Nº 019-2013-GCSC-MDMM, de la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, y el Informe Nº 823- 2013-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, de conformidad con lo establecido en el numeral II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, es objetivo de la actual Administración establecer políticas y estrategias que incentiven el cumplimiento a las normas municipales de esta Comuna; para ello, brinda a las personas naturales o jurídicas las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones, a fi n de promover una conducta acorde a las disposiciones municipales vigentes en procura del bienestar de la comunidad; Que, en ese sentido, se dictó la Ordenanza Nº 025- MDMM, que establece benefi cios a favor de los contribuyentes del distrito para el pago de multas administrativas entre otros aspectos; Que, dada la masiva concurrencia de vecinos que no cuentan con recursos económicos para honrar dichas obligaciones, es que la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana mediante informe Nº 019-2013-GCSC/MDMM eleve el informe Nº 0388-2013-SGC-GCSC-MDMM de la Subgerencia de Sanciones proponiendo mayor benefi cio para el pago de las multas administrativas, así como su ampliación; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, se pronuncian al respecto, opinando que legalmente es viable la aprobación de la propuesta de la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con dispensa de la lectura del trámite y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- MODIFICAR los numerales 1 y 3 y el ítem 2) del numeral 7 del Artículo Segundo, el Artículo Tercero y el primer párrafo de la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 025-MDMM, que estableció benefi cios a favor de contribuyentes del distrito para el pago de multas administrativas, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo Segundo.- Régimen del Benefi cio “1. Los administrados que se acerquen a realizar el pago al contado de la multa administrativa, tendrán un descuento del 90% del importe de la multa, cualquiera sea el estado en que se encuentre”. “3. Las personas que hayan sido notifi cados con la denominada “Notifi cación de Infracción”, y que reconozcan la comisión de la conducta infractora, podrán acogerse al benefi cio que consiste en un descuento del 90% del importe de la infracción. Asimismo, se les darán las facilidades para que inicien los trámites de obtención de la licencia o la autorización que corresponda, a fi n de evitar ser pasibles de multas por reincidencias”. “7. Los comerciantes del distrito, que a la vigencia de la presente Ordenanza, cuenten con el Certifi cado de Defensa Civil vigente o hayan iniciado el trámite para obtener dicho Certifi cado, tendrán el benefi cio de la reducción del 100% del importe de las multas administrativas y notifi caciones de infracción por el Código de Infracción Nº 18015, además de la reducción del 100% de los gastos administrativos, costas procesales y otros conceptos. En este caso, la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana expedirá la resolución correspondiente. Artículo Tercero.- Del Pago a Cuenta “En los casos en los que se hubieran efectuado pagos a cuenta, el benefi cio del descuento recaerá sobre el total de la multa, debiendo aplicarse el pago a cuenta sobre el saldo. En este caso, el administrado deberá solicitar a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana acogerse al benefi cio. No habrá lugar a devolución o compensación producto de la aplicación del presente benefi cio”. DISPOSICIONES FINALES “Primero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano hasta el 31 de enero de 2014”. Artículo Segundo.- Cumplimiento de la Ordenanza Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Gerencia de Comunicaciones su difusión, a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana la atención de las solicitudes de acogimiento al benefi cio, a la Subgerencia de Informática y Estadística, la publicación de la presente Ordenanza en la página web de la Municipalidad www.munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a la Subgerencia de Sanciones, y demás unidades orgánicas, el cumplimiento de la presente disposición de acuerdo a sus competencias. Artículo Tercero.- Vigencia de la Ordenanza La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1028560-1 Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2013-DA-MDMM Magdalena del Mar, 29 de noviembre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR