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El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013 511313 Artículo Segundo.- DISPONER que se remita la publicación del presente Decreto de Alcaldía así como el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Santa Anita a la Ofi cina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Social la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Santa Anita. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto de Alcaldía a la Unidades Orgánicas pertinentes de la Municipalidad Distrital de Santa Anita a fi n que brinden las facilidades del caso a la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Social respecto a la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Santa Anita. Artículo Sexto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1031945-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDIA Nº 015-2013-MDS Surquillo, 23 de diciembre de 2013. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto, el Informe Nº 02-2013- EQUIPO TECNICO/ MDS de fecha 20 de diciembre de 2013, designados por Resolución de Alcaldía Nº 193-2013-MDS y Resolución de Alcaldía Nº 373-2013-MDS, el Informe Nº 710-2013-GAJ-MDS de fecha 20 de diciembre de 2013 y Memorándum Nº 883-2013-MDS de fecha 20 de diciembre de 2013 de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional de fecha 19 de diciembre de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad distrital de Surquillo en su condición de gobierno local, cuenta con autonomía de Descentralización y en la Ley Orgánica de Municipalidades y ejerce sus competencias dentro del ámbito del distrito de Surquillo, conforme lo establece el Artículo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en concordancia con lo señalado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los Principios de Minimización, Prevención, de Riesgo Ambiental y Protección de la Salud y el bienestar de la persona humana; la gestión de los residuos sólidos en el país tiene como fi nalidad su manejo integral y sostenible, mediante la articulación, integración y compatibilización de las políticas, planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestión y el manejo de los residuos sólidos; Que, la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos aprobado por el Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM establece la obligación de una adecuada disposición fi nal de residuos cualquiera sea su origen así como la importación de residuos sólidos, por lo que esta obligación se hace extensiva a los residuos sólidos de la construcción y demolición resultantes de las actividades de construcción, rehabilitación, restauración, remodelación y demolición de edifi caciones e infraestructura; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, y conforme al cardenal 2, numeral 2.1 del artículo 73º, tienen, dentro del marco de las competencias y funciones específi cas la que sumen con carácter compartido el saneamiento ambiental, salubridad y salud, que conlleven al saneamiento ambiental, así como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares públicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinación y en forma compartida con la Municipalidad Provincial y los Órganos Regionales, conforme lo establece el artículo 75º de la citada Ley; Que, los numerales 3.1 y 3.4 del cardenal 3. del artículo 80º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece como funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, así como fi scalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente, respectivamente. Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013- EF publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 10 de enero de 2013 se aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2013, donde la Municipalidad Distrital de Surquillo, deberá cumplir metas respecto a la mejora de la gestión de los residuos sólidos la construcción y demolición y el propósito de establecer una adecuada gestión de los RCD de obras menores a nivel municipal; Que, según el Informe Nº 02-2013-Equipo Técnico- MDS, ha elaborado un Plan de Gestión Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores, en base al Informe de identifi cación, cuantifi cación y clasifi cación de RCD, depositados en espacios públicos del distrito de Surquillo, realizado 23 de Julio de 2013, que, de acuerdo al Informe Legal Nº 710-2013-GAJ-MDS el citado plan de gestión cumple con los requisitos establecidos en las normas reglamentarias, asimismo cuenta con la aprobación de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, en su Memorándum Nº 883-2013 GPP/ MDS. De conformidad a lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20º, artículo 39º y artículo 42º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades,; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad distrital de Surquillo. Artículo Segundo.- DISPONER se remita la publicación del presente Decreto de Alcaldía así como el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad distrital de Surquillo, a la Ofi cina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencias y Sub Gerencias designadas como Equipo Técnico de Trabajo, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto de Alcaldía a la Secretaría General.