Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2013 (27/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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publicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinacion y en forma compartida con la Municipalidad Provincial y los Organos Regionales, conforme lo establece el articulo 75° de la citada Ley; Que, los numerales 3.1 y 3.4 del cardenal 3. Del articulo 80° de la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece como funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer del servicio de limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, asi como fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emision de humos, gases, ruidos y demas elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente, respectivamente. Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2013-EF publicado en el Diario El Peruano de fecha 10 de enero de 2013 se aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de Metas y la Asignacion de Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2013, donde la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, debera cumplir metas respecto a la mejora de3 la gestion de los residuos solidos la construccion y demolicion y el proposito de establecer una adecuada gestion de los RCD de obras menores a nivel municipal; Que, la Unidad de Obras Publicas e Infraestructura Menor remite el proyecto del Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores, en cumplimiento al Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal. Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA mediante el Informe Nº Nº187-2013-MSB-GM-GDU, de fecha 20 de Diciembre del 2013, en su calidad de Presidenta del Equipo Tecnico aprobado mediante la Resolucion de Alcaldia Nº068-2013 y Nº095-2013-MSB-A, considera viable el proyecto presentado, por lo cual es derivado a la Gerencia Municipal para su tramite respectivo. Que, visto el Informe Nº639-2013-MSB-GM-GAJ, de fecha 23 de Diciembre del 2013, en donde se manifiesta opinion legal favorable respecto del proyecto presentado. De conformidad a lo dispuesto en el inciso 6) del articulo 20°, articulo 39° y articulo 42° de la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de San Borja. Articulo Segundo.- DISPONER que se remita la publicacion del presente Decreto de Alcaldia asi como el Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA a la Oficina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA la implementacion y ejecucion del Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de San Borja. Articulo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto de Alcaldia a las Unidades Organicas pertinentes de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA a fin que brinden las facilidades del caso a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA respecto a la implementacion y ejecucion del Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, asi como el MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Borja. Articulo Sexto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. San MORDAZA, 23 de diciembre de 2013. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban el Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 023
San MORDAZA de Lurigancho, 19 de diciembre de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO el Memorandum Nº 882-2013-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 653-2013-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 3002013-GSC/MDSJL de la Gerencia de Servicios a la Ciudad; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, igualmente, el articulo 195º sostiene que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion, y conforme al inciso 2.1, numeral 2 del articulo 73º, tienen dentro del MORDAZA de las competencias y funciones especificas la que sumen con caracter compartido el saneamiento ambiental, salubridad y salud, asi como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares publicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinacion y en forma compartida con la Municipalidad Provincial y los Organos Regionales, conforme lo establece el articulo 75º de la citada Ley; Que, los incisos 3.1 y 3.4, numeral 3 del articulo 80º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece como funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer del servicio de limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, asi como fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emision de humos, gases, ruidos y demas elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente, respectivamente; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestion y manejo de los residuos solidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujecion a los principios de minimizacion, prevencion de riesgos ambientales y proteccion de la salud y el bienestar de la persona humana; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos aprobado por el Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, establece la obligacion de una adecuada disposicion final de residuos cualquiera sea su origen asi como la importacion de residuos solidos, por lo que esta obligacion se hace extensiva a los residuos solidos de la construccion y demolicion resultantes de las actividades de construccion, rehabilitacion, restauracion, remodelacion y demolicion de edificaciones e infraestructura; Que, el articulo 63º del Reglamento para la Gestion y Manejo de los Residuos de las actividades de la Construccion y Demolicion, aprobado con D.S. Nº 0032013-VIVIENDA, establece en que: "los gobiernos locales en el MORDAZA de sus competencias en materia de saneamiento, salubridad y salud, realizaran el control y fiscalizacion, conforme lo dispuesto en el Reglamento,

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