Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2013 (27/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013

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en lo referido a la generacion, transporte y disposicion de residuos en el ambito de sus localidades"; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2013EF, se aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano fiscal 2013; donde la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho debera cumplir la Meta 32 "Elaborar un Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores"; Que, mediante Ordenanza Nº 155-2008-MDSJL, se aprobo el Diagnostico Ambiental Local, el Plan de Accion Ambiental y la Agenda Ambiental Local del distrito de San MORDAZA de Lurigancho cuya finalidad es dotar de un MORDAZA legal MORDAZA y especifico en materia de gestion ambiental. Que, mediante Ordenanza Nº 233-2012-MDSJL, se aprueba el Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; cuyo objetivo es garantizar la gestion integral y el manejo sostenible de los residuos solidos y contribuir a la mejora de la calidad ambiental y de MORDAZA de la poblacion involucrada directa e indirectamente en el manejo de residuos solidos en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que, en el articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6 del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el "Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho", como parte del MORDAZA de recoleccion de residuos solidos en el distrito; el mismo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- DISPONER que se remita la publicacion del presente decreto asi como el Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho a la Oficina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, a traves de la Sub Gerencia de Limpieza publica, Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, Sub Gerencia de Obras Privadas y Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones la implementacion y ejecucion del Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto de Alcaldia a las Unidades Organicas pertinentes de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, fin que brinden las facilidades del caso a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA respecto a la implementacion y ejecucion del Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del decreto en el Diario Oficial El Peruano, asi como encargar a la Secretaria de Imagen Institucional la publicacion del mismo y su anexo en el MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Sexto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban el Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2013-MDSL
San MORDAZA, 26 de diciembre de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO: El Proveido Nº 1162-2013-GM-MDSL de fecha 24 de diciembre del 2013, a traves del cual la Gerencia Municipal remite el Informe Nº 107- 2013-GSC-MDSL de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, referido a la aprobacion del Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores para la Municipalidad Distrital de San Luis. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA en su condicion de gobierno local, cuenta con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, tiene regimen especial en la Ley de Descentralizacion y en la Ley Organica de Municipalidades y ejerce sus competencias dentro del ambito del distrito de San MORDAZA conforme lo establece el Articulo ll del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en concordancia con lo senalado en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; Que, la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Solidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestion y manejo de los residuos solidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujecion a los Principios de Minimizacion, Prevencion, de Riesgo Ambiental y Proteccion de la Salud y el bienestar de la persona humana; la gestion de los residuos solidos en el MORDAZA tiene como finalidad su manejo integral y sostenible, mediante la articulacion, integracion y compatibilizacion de las politicas, planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestion y el manejo de los residuos solidos; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos aprobado por el Decreto Supremo Nº057-2004-PCM establece la obligacion de una adecuada disposicion final de residuos cualquiera sea su origen asi como la importacion de residuos solidos, por lo que esta obligacion se hace extensiva a los residuos solidos de la construccion y demolicion resultantes de las actividades de construccion, rehabilitacion, restauracion, remodelacion y demolicion de edificaciones e infraestructura; Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion, y conforme al cardenal 2, numeral 2.1 del articulo 73º, tienen, dentro del MORDAZA de las competencias y funciones especificas la que sumen con caracter compartido el saneamiento ambiental, salubridad y salud, que conlleven al saneamiento ambiental, asi como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares publicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinacion y en forma compartida con la Municipalidad Provincial y los Organos Regionales, conforme lo establece el articulo 75º de la citada Ley; Que, los numerales 3.1 y 3.4 del cardenal 3. Del articulo 80º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece como funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer del servicio de limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento

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