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El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013 511305 persona humana; la gestión de los residuos sólidos en el país tiene como fi nalidad su manejo integral y sostenible, mediante la articulación, integración y compatibilización de las políticas, planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestión y el manejo de los residuos sólidos; Que, la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos aprobado por el Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM establece la obligación de una adecuada disposición fi nal de residuos cualquiera sea su origen así como la importación de residuos sólidos, por lo que esta obligación se hace extensiva a los residuos sólidos de la construcción y demolición resultante de las actividades de construcción, rehabilitación, restauración, remodelación y demolición de edifi caciones e infraestructura; Que, La Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales, representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, y conforme al punto 2, numeral 2.1 del Artículo 73º, tienen , dentro del marco de las competencias y funciones específi cas la que asumen con carácter compartido el saneamiento ambiental, salubridad y salud, que conlleven al saneamiento ambiental, así como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares públicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinación y en forma compartida con la Municipalidad Provincial y los Órganos Regionales conforme lo establece el artículo 75º de la citada ley; Que, los numerales 3.1 y 3.4 del punto 3 del Artículo 80º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece como funciones específi cas exclusivas de las Municipalidades Distritales proveer del Servicio de Limpieza Pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y aprovechamiento industrial de desperdicios, así como fi scalizar y realizar labores de Control respecto a la emisión de humo, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el Ambiente respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-EF publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 10 de Enero de 2013 se aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2013, donde la Municipalidad Distrital de La Victoria deberá cumplir metas respecto a las mejoras de la Gestión de los Residuos Sólidos la Construcción y Demolición y el propósito de establecer una adecuada gestión de los RCD de obras menores a nivel municipal; Que, el referido Decreto Supremo establece en su Anexo Nº 4 las metas que deben cumplir las Municipalidades Tipo A, entre las que se encuentra nuestra entidad, al 31 de diciembre de 2013. De esta forma se fi jó como la Meta Nº 32 “Elaborar un Plan de Gestión de Residuos Sólidos de la construcción y demolición depositados en espacios públicos y de obras menores”, designando como órgano responsable de entregar los resultados al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en correspondencia con lo expuesto la Ofi cina del Medio Ambiente del citado Ministerio emitió la Guía para el cumplimiento de la Meta Nº 32, señalando en el ítem 1.5.2. que se considerará que los municipios han cumplido con dicha meta, cuando presenten un Plan de Gestión visado por el funcionario que preside el equipo técnico de trabajo que logre un puntaje mínimo total de 75 puntos y que además acrediten la aprobación de dicho Plan vía Decreto de Alcaldía y su publicación; Que, en virtud de lo expuesto la Gerencia de Servicios a la Ciudad ha formulado y presentado mediante Informe de vistos, el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en Espacios Públicos y de Obras Menores en el Distrito de La Victoria, cumpliendo los lineamientos establecidos por la Ofi cina del Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como en el marco de las normas legales vigentes aplicables; Que, mediante Informe de vistos la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que la implementación del Plan materia del presente, coadyuvará además a la mejora en la gestión de residuos sólidos, ornato y medio ambiente del distrito, opinando su aprobación mediante Decreto de Alcaldía; Estando a los fundamentos expuestos y en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 29091 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM respecto a los reglamentos técnicos, así como en el marco de lo dispuesto en Decreto Supremo Nº 001-2009- JUS modifi cado por Decreto Supremo Nº 014-2012- JUS respecto a los anexos de las normas legales, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 42º y 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición Depositados en Espacios Públicos y de Obras Menores de la Municipalidad Distrital de La Victoria, el cual forma parte integrante del presente como Anexo Nº 1. Artículo Segundo.- Disponer que se remita la publicación del presente Decreto de Alcaldía, así como del Plan que constituye el Anexo Nº 1, a la Ofi cina del Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y la Subgerencia de Limpieza Pública la implementación y ejecución del Plan que se aprueba en el artículo primero del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- Notifi car el presente Decreto de Alcaldía a las unidades orgánicas pertinentes de la Municipalidad de La Victoria, a fi n de que brinden las facilidades del caso a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y la Subgerencia de Limpieza Pública respecto a la implementación y ejecución del Plan que se aprueba en el presente. Artículo Quinto.- Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario ofi cial El Peruano, así como en el portal institucional y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de La Victoria. Artículo Sexto.- Disponer que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 1032232-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Aprueban el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2013/MDLCH Chosica, 20 de diciembre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA VISTO: el Informe Nº 0097-2013-PI, por medio del cual el Coordinador del Plan de Incentivos a la Mejora a la Gestión y Modernización Municipal eleva el “Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición Depositados en Espacios Públicos y de Obras Menores” elaborado por el Equipo Técnico designado mediante la Resolución de Alcaldía Nº 073/2013-MDLCH, para el cumplimiento de las Metas 09 y 32 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal contenida en el Decreto Supremo Nº 002-EF-2012 que aprueba la Metas, y la Asignación de los Recursos para el referido Plan de Incentivos para el año 2013; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos,