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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (27/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 81

El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013 511307 competencias y funciones específi cas la que sumen con carácter compartido el saneamiento ambiental, salubridad y salud, que conlleven al saneamiento ambiental, así como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares públicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinación y en forma compartida con la Municipalidad Provincial y los Órganos Regionales, conforme lo establece el artículo 75º de la citada Ley; Que, los numerales 3.1 y 3.4 del inciso 3. del artículo 80º de la Ley Nº 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades, establece como funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, así como fi scalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente, respectivamente. Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-EF publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 10 de enero de 2013 se aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2013, donde la Municipalidad Distrital de Lurín deberá cumplir metas respecto a la mejora de la gestión de los residuos sólidos la construcción y demolición y el propósito de establecer una adecuada gestión de los RCD de obras menores a nivel municipal; Que con Ofi cio Nº 115-2013-ALC/ML, se presento al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la información sobre la “Identifi cación, cuantifi cación y clasifi cación de los residuos de la construcción y la demolición depositados en espacios públicos”, en la cual indica que se identifi caron los lugares con RCD vertidos con un volumen de tres (03) o más metros cúbicos de RCD por lugar. Se entiende por lugar una unidad geográfi ca como una cuadra de una calle o avenida, una manzana, un parque o área verde, una zona de una playa, una zona de la faja marginal de un río o un conjunto geográfi co de similares características y tamaño. Así como el acelerado crecimiento poblacional; (4.3% Tasa de Crecimiento Anual, INEI, Censo 2007) y la migración existente a hecho de que el distrito de Lurín se convierta en uno de los distritos de la zona Lima- Sur y Balnearios con mayor crecimiento económico, y de oportunidades laborales, conllevando a una creciente demanda pública de los servicios de vivienda, y construcción lo cual ha creado una brecha entre la posibilidad de una adecuada atención de limpieza pública de los RCD y de obras menores. Que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 6) del Artículo 20º, Artículo 39º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Lurín. Artículo Segundo.- DISPONER que se remita la publicación del presente Decreto de Alcaldía así como el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Lurín a la Ofi cina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Comunales la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Lurín. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto de Alcaldía a la Unidades Orgánicas pertinentes de la Municipalidad Distrital de Lurín a fi n que brinden las facilidades del caso a la Gerencia de Servicios Comunales respecto a la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Lurín. Artículo Sexto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 1031961-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aprueban el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2013-MPL Pueblo Libre, 23 de diciembre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO: El Informe Nº 212-2013-MPL-GDD/SGA de la Subgerencia de Gestión Ambiental, Informe Nº 083- 2013-MPL-GDD de la Gerencia de Desarrollo Distrital, Memorando Nº 616-2013-MPL-GM de la Gerencia Municipal, Informe Nº 246-2013-MPL-GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Proveído Nº 1229-2013- MPL-GM de la Gerencia Municipal, Informe Nº 228-2013- MPL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorando Nº 621-2013-MPL-GM; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, en su condición de gobierno local, cuenta con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tiene régimen especial en la Ley de Descentralización y en la Ley Orgánica de Municipalidades y ejerce sus competencias dentro del ámbito del distrito de Pueblo Libre, conforme lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en concordancia con lo señalado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, la Ley 27314 – Ley General de Residuos Sólidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los Principios de Minimización, Prevención de Riesgo Ambiental y Protección de la Salud y el bienestar de la persona humana; la gestión de los residuos sólidos en el país tiene como fi nalidad su manejo integral y sostenible, mediante la articulación, integración y compatibilización de las políticas, planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestión y el manejo de los residuos sólidos; Que, la Segunda Disposición Completaría, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 057-2004- PCM establece la obligación de una adecuada disposición fi nal de residuos cualquiera sea su origen así como la importación de residuos sólidos, por lo que esta obligación se ha extensiva a los residuos sólidos de la construcción y demolición resultantes de las actividades de construcción, rehabilitación, restauración, remodelación y demolición de edifi caciones e infraestructura; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, y conforme al cardenal 2, numeral 2.1 del artículo 73º, tienen, dentro del marco de las competencias y funciones específi cas la que sumen con carácter compartido el saneamiento ambiental, salubridad y salud, que conlleven al saneamiento ambiental, así como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares públicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinación y en