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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de enero de 2013 485616 de pedestal para Servicio Público de Electricidad N° 5878, ubicada en la avenida Monterrico Sur, cuadra 01, urbanización Prolongación Benavides, Tercera Etapa, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupación, conforme consta en el testimonio de Escritura Pública de fecha 02 de noviembre de 2007, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expe- diente Descripción de la servidumbre Área de Servidumbre Propie- tario Tipo de terreno 31218411 Subestación de Distribución Eléctrica N° 5878 Ubicación: distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima Coordenadas UTM (PSAD 56): Área: servidumbre de ocupación Vértice Norte Este A 8 657 795,464 284 149,836 B 8 657 795,384 284 146,837 C 8 657 792,385 284 146,917 D 8 657 792,465 284 149,916 Suelo: 9,00 m² y sus aires. Privado Urbano Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 815320-3 Imponen servidumbre de electroducto y de ocupación sobre bienes públicos ubicados en el departamento de Lima a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 360-2012-MEM/DM Lima, 23 de julio de 2012 VISTO: El Expediente Nº 21219111 presentado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre solicitud de imposición de servidumbre de electroducto para la Línea Primaria de 10 kV P 291018088 - SAB 2713 y de ocupación para la Subestación Aérea Biposte Nº 2713; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada en el Diario Ofi cial el Peruano el 30 de noviembre de 1996, solicitó la imposición servidumbre sobre bienes de propiedad pública, de electroducto para la instalación de la Línea Primaria de 10 kV P 291018088 - SAB 2713 y de ocupación para la Subestación Aérea Biposte Nº 2713, ubicadas en el Parque Zonal Nº 23 Huayna Cápac, avenida Pedro Miotta y Mateo Pumacahua, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 110 y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 93-EM recomendando la imposición de las servidumbres referidas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y con los procedimientos correspondientes, emitió el Informe Nº 276-2012- DGE-DCE recomendando la imposición de las citadas servidumbres; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter forzoso, a favor de la concesión defi nitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de electroducto para la Línea Primaria de 10 kV P 291018088 - SAB 2713 y de ocupación para la Subestación Aérea Biposte Nº 2713, sobre bienes públicos, ubicadas en el distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme con el siguiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la servidumbre Área de Servidumbre Tipo de Propiedad Tipo de terreno 21219111 Línea Primaria de 10 kV P 291018088 - SAB 2713: Servidumbre de electroducto Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este A 8 651 946,720 285 666,433 B 8 651 946,720 285 729,998 C 8 651 924,038 285 798,839 S 8 651 918,339 285 796,962 T 8 651 940,720 285 729,035 U 8 651 940,720 285 666,742 La Subestación Aérea Biposte Nº 2713: Servidumbre de ocupación Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este D 8 651 924,988 285 799,152 E 8 651 922,484 285 806,750 Q 8 651 914,886 285 804,247 R 8 651 917,390 285 796,649 Suelo: 809,57 m² y sus aires. Suelo: 64,00 m² y sus aires. Pública Pública Urbano Urbano Artículo 2º.- El propietario de los predios sirvientes no podrá construir obras de cualquier naturaleza dentro de la faja de servidumbre, ni podrá realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fi n que las áreas de servidumbre no sufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujetas a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar permanentemente para evitar que en las áreas de servidumbre se ejecuten cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 819360-2