Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2013 (11/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Delegan funciones de la Secretaria Tecnica del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial ­ SNCP
RESOLUCION DIRECTORAL N° 002-2013-COFOPRI/DE MORDAZA, 10 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803 - Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal y Ley Nº 27046, se crea la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, ahora Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, conforme a la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28923 - Ley que establece el Regimen Temporal Extraordinario de Formalizacion y Titulacion de Predios Urbanos; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley N° 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, modifica el articulo 9° de la Ley N° 28924 ­ Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculacion con el Registro de Predios, designando al Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, como Secretaria Tecnica del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial, independientemente de sus funciones especificas de acuerdo a su ley de creacion; Que, el articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, aprobado por el Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, concordante con el tercer parrafo del articulo 2° del Decreto Legislativo N° 803, modificado por la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley N° 28923, establecen que el Director Ejecutivo es la MORDAZA autoridad de COFOPRI, quien ejerce la titularidad del pliego presupuestal; Que, los literales q) y r) del articulo 10° del Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, establecen como una de las funciones de la Direccion Ejecutiva de COFOPRI, delegar sus funciones en otros funcionarios de la Entidad y todas las demas que le senalen las disposiciones legales vigentes o que MORDAZA delegadas o inherentes a su cargo; Que, en ese sentido el Director Ejecutivo del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, asume las funciones de la Secretaria Tecnica del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral, establecidas en el articulo 10° de la Ley N° 28294, pudiendo ser delegadas en otro funcionario de la Entidad, de acuerdo a lo senalado en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 803, Leyes N° 28923, N° 29951 y N° 28924 y Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA; Con el visado de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica de COFOPRI; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Delegar en el senor ingeniero MORDAZA MORDAZA Cutti MORDAZA, Director de Catastro del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, las funciones de la Secretaria Tecnica del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial ­ SNCP, quien tendra a su cargo las funciones senaladas en el articulo 10° de la Ley N° 28294, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion.

Articulo Segundo.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional: www.cofopri.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal -COFOPRI 887602-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican el Anexo 1 de la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural de OSINERGMIN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 267-2012-OS/CD MORDAZA, 27 de diciembre de 2012 VISTO: El Memorando N° GFGN/ALGN- 625-2012 de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso c) del articulo 3° de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley N° 27332, la funcion normativa de los Organismos Reguladores comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, normas de caracter general en el ambito y materia de sus respectivas competencias; Que, segun lo dispuesto por el articulo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN, a traves de resoluciones; Que, asimismo, segun lo dispuesto por el articulo 1° de la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley N° 27699, el Consejo Directivo se encuentra facultado para tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas, asi como graduar las sanciones que resulten del incumplimiento de la normativa del sector energetico; Que, en virtud de ello, a traves de la Resolucion de Consejo Directivo N° 388-2007-OS/CD, se aprobo la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural de OSINERGMIN, recogiendo las infracciones administrativas que derivan del incumplimiento de las obligaciones a cargo de los administrados que desarrollan actividades en la industria del gas natural, asi como las sanciones correspondientes a dichas infracciones; Que, cabe tener en consideracion que luego de la publicacion de la citada resolucion, la reglamentacion aplicable a las actividades vinculadas a la industria de gas natural ha tenido importantes modificaciones, las mismas que fueron recogidas en la modificacion de la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural, realizada a traves de la Resolucion de Consejo Directivo N° 262-2010-OS/CD; ello con la finalidad de dotar al OSINERGMIN de herramientas que le permitan ejercer la funcion de Fiscalizacion y Sancion de manera oportuna respecto del cumplimiento de las obligaciones senaladas precedentemente; por lo

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