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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de enero de 2013 486470 autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), así como supervisar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) en el ámbito de su competencia; Que, de conformidad con la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley 29344, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2011-SA, Reglamento de la Ley 29344, concordante con el artículo 38° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2011-SA, el personal que labora en la SUNASA se encuentra comprendido en el régimen laboral de la actividad privada regulado por el Decreto Legislativo N° 728; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal de la SUNASA, aprobado por Resolución Suprema N° 014-2011-SA, se tiene previsto el cargo de Intendente de la Intendencia de Atención a la Ciudadanía y Protección al Asegurado, con la clasifi cación de empleado de confi anza, con el N° de Orden 94 y Código 13406012; Que, habiéndose aprobado la Escala Remunerativa del pliego SUNASA mediante el Decreto Supremo N° 086- 2012-EF, cuya aplicación se fi nancia con el Presupuesto Analítico de Personal de la SUNASA correspondiente al Año Fiscal 2013, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 005-2013-SUNASA/S del 10 de enero de 2013 y las modifi catorias que se establezcan, el cargo de Intendente de la Intendencia de Atención a la Ciudadanía y Protección al Asegurado, cuenta con disponibilidad presupuestaria de acuerdo a los términos contemplados en dichas normas; y su designación se encuentra conforme a la normatividad vigente, por lo que corresponde designar al servidor que ocupará el mencionado cargo de confi anza y dar por concluido el encargo de funciones conferido mediante la Resolución de Superintendencia N° 126-2012-SUNASA/S del 21 de diciembre de 2012; Que, según el Manual Clasifi cador de Cargos de la SUNASA, aprobado con Resolución de Superintendencia N° 058-2011-SUNASA/CD del 28 de junio de 2011 y modifi cado por la Resolución de Superintendencia N° 054-2012-SUNASA/CD del 14 de junio de 2012, en concordancia con el Manual de Organización y Funciones de la SUNASA, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 030-2012-SUNASA/SG del 12 de julio de 2012, el cargo de Intendente tiene la función general de planifi car, organizar, dirigir y controlar los procesos relacionados a la unidad orgánica bajo su cargo, vigilando que se cumplan los lineamientos internos y supervisando que las áreas, bajo su conducción, ejerzan sus funciones en forma efi ciente y efi caz; Con los vistos de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración y Ofi cina General de Asesoría Jurídica; Estando a las facultades conferidas en los artículos 9° y literales c), p) y w) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2011-SA, así como a lo dispuesto por los artículos 3° y 6° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación del funcionarios públicos, corresponde emitir el presente acto de administración. SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR al señor RICARDO ALBERTO DIAZ ROMERO en el cargo de confi anza de Intendente de la Intendencia de Atención a la Ciudadanía y Protección al Asegurado de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, a partir del día de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Articulo 2°.- DAR POR CONCLUIDO el encargo de las funciones de la Intendencia de Atención a la Ciudadanía y Protección al Asegurado conferido mediante la Resolución de Superintendencia N° 126-2012-SUNASA/S del 21 de diciembre de 2012. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Ofi cina General de Tecnologías de la Información y a la Ofi cina General de Imagen Institucional y Comunicaciones que, en cumplimiento de sus respectivas funciones, publiquen la presente Resolución en la página web institucional. Asimismo, encargar a la Ofi cina General de Imagen Institucional y Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4°.- DISPONER la notifi cación de la presente Resolución, a la persona designada, así como a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina General de Administración, Ofi cina General de Tecnologías de la Información y Ofi cina General de Imagen Institucional y Comunicaciones, para los fi nes correspondientes, en cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, conforme a sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Superintendente 889989-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Cesan por límite de edad a magistrado en el cargo de Juez Titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 003-2013-P-CE-PJ Lima, 15 de enero de 2013 VISTO: El Memorándum N° 005-2013-GPEJ-GG-PJ elaborado por el Gerente de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad del doctor Andrés Caroajulca Bustamante, Juez Superior Titular del Distrito Judicial de La Libertad. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Suprema N° 0040-73- PM/ONAJ, del 29 de enero de 1973, se nombró al doctor Andres Caroajulca Bustamante, Juez de Paz Letrado de Chachapoyas, Corte Superior de Justicia de Amazonas. Posteriormente, mediante Resolución Suprema N° 417- 84-JUS, del 1 de noviembre de 1984 fue nombrado Juez Titular del Quinto Juzgado Penal de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque. Asimismo, por Resolución Suprema N° 345-86-JUS, de fecha 20 de noviembre de 1986, es nombrado Juez Superior Titular de la referida sede judicial, y trasladado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial al Distrito Judicial de La Libertad mediante Resolución Administrativa N° 167-2007-CE-PJ, del 16 de julio de 2007. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, al respecto, del Memorándum N° 005-2013-GPEJ-GG-PJ, elaborado por el Gerente de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, así como de la fotocopia de la fi cha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el nombrado juez nació el 20 de enero de 1943. Por consiguiente, el 20 de enero del año en curso cumplirá setenta años de edad; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada normatividad.