Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2013 (19/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de enero de 2013

las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas asi como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en su articulo 40º, faculta a las municipalidades a que mediante ordenanza puedan suprimir arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por ley; Que, el articulo 9º de la Ley Nº 27972, en su numeral 9) establece, que corresponde al concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas o arbitrios, licencias y derechos conforme a ley; Que, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, dispone en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, la Municipalidad de Pueblo Libre, mediante Ordenanza Nº 397-MPL, ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA por Acuerdo de Concejo Nº 2313, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2012, aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y de Serenazgo para el Ejercicio Fiscal 2013; Que, siendo politica de la actual administracion, el incentivar el pago oportuno de los arbitrios municipales y en uso de la facultad del Concejo Municipal, se considera pertinente establecer un Beneficio por Pronto Pago; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por MAYORIA; y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, adopto la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL BENEFICIO DE PRONTO PAGO Articulo Primero.- Los contribuyentes que al 31 de diciembre de 2012 se encuentren al dia en el pago de sus tributos municipales y no registren montos por fraccionamiento, podran obtener el siguiente beneficio: Descuento del 10% sobre el monto total anual a pagar por Arbitrios Municipales correspondientes al periodo 2013, siempre que efectue el pago al contado de la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del mencionado periodo, hasta la fecha del vencimiento de la primera cuota de los mismos. En ningun caso el descuento podra ser mayor de S/.100.00 (cien 00/100 nuevos soles) anuales por predio. Excepcionalmente para los contribuyentes que registren adeudos de periodos anteriores, se le otorgara un descuento del 5% sobre el monto de Arbitrios Municipales correspondiente al periodo 2013, siempre que efectue el pago al contado, de la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del mencionado periodo, hasta la fecha del vencimiento de la primera cuota de los mismos. En ningun caso el descuento podra ser mayor S/.50.00 (cincuenta 00/100 nuevos soles) anuales por predio. De poseer el contribuyente varios predios, la evaluacion del cumplimiento de las condiciones para la aplicacion del descuento MORDAZA descrito, se realizara respecto de cada predio por separado.¿ DISPOSICIONES FINALES Primera.- Respecto de los contribuyentes que no registren deudas por concepto de periodos anteriores al 2013, pero tienen acotados unicamente montos por gastos y costas procesales del procedimiento de cobranza coactiva, se les otorgara el Beneficio de Condonacion del integro de las mismas. Segunda.- El costo generado por la aplicacion de los beneficios dispuestos a traves de la presente Ordenanza, seran asumidos integramente por la Municipalidad. Tercera.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Informatica y Gobierno Electronico,

deberan realizar los ajustes presupuestales e informaticos que correspondan, segun los alcances de la presente Ordenanza. Cuarta.- La Gerencia de Administracion Tributaria y la Gerencia de Administracion y Finanzas, se encargaran de ejecutar las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 890858-1

Establecen pago minimo del Impuesto Predial y aprueban Cronograma de Pago para el Impuesto Predial y Arbitrios 2013
ORDENANZA Nº 401-MPL Pueblo Libre, 1 de Enero de 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 01 de la fecha, de conformidad con el Dictamen Nº 005-2013-MPL/CPL-CPAFP; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo estable el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, conforme lo establece el articulo 13º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y normas modificatorias, las municipalidades estan facultades para establecer un monto minimo a pagar por concepto del Impuesto Predial equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 01 de enero del ano que corresponda el impuesto; Que, el articulo 15º del citado Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, regula la forma de pago del Impuesto Predial, estableciendo que los pagos pueden efectuarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano, o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las siguientes los ultimos dias habiles de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre, reajustadas de acuerdo a la variacion acumulada de Indice de Precios al Por Mayor (IPM), que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI); Que, la Municipalidad de Pueblo Libre, mediante Ordenanza Nº 397-MPL, ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA por Acuerdo de Concejo Nº 2313, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2012, aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y de Serenazgo para el Ejercicio Fiscal 2013; Que, la precitada Ordenanza Nº 397-MPL establece que los arbitrios son tributos de periodicidad mensual y su vencimiento se produce el ultimo dia habil de cada mes calendario por tanto es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2013;

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