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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de enero de 2013 486488 el inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nº 27902, 28968 y 29053. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal – CAP reformulado de las siguientes dependencias del Sector Salud del Gobierno Regional Amazonas, que en un total de cincuenta folios y 05 espiralados forman parte de la presente Ordenanza Regional: • Sede de la Dirección Regional de Salud Amazonas (DIRESA), consta un total de 141 cargos; de los cuales 94 son Ocupadas, 47 Previstas. • Red de Salud Chachapoyas, consta un total de 500 cargos; de los cuales 294 son Ocupados y 206 Previstos. • Hospital “María Auxiliadora” de Rodríguez de Mendoza, consta un total de 127 cargos; de los cuales 37 son Ocupados y 90 previstos. • Hospital de Apoyo “Gustavo Lannata Luján” de Bagua, consta un total de 233 cargos; de los cuales 112 son Ocupadas y 121 Previstas. • Red de Salud Bagua, consta un total de 301 cargos; de los cuales 110 son Ocupados y 191 previstas. • Red de Salud Utcubamba, consta un total de 470 cargos; de los cuales 90 son Ocupados y 380 previstas. • Red de Salud Condorcanqui, consta un total de 170 cargos, de los cuales 45 son Ocupadas y 125 previstas. Articulo Segundo.- DISPONER que a través de la Secretaría del Consejo Regional de Amazonas, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario Ofi cial el peruano y su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 10 días del mes de diciembre del año 2012. GORKY JAVE POQUIOMA Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publíque y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, el 12 de diciembre de 2012. JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Presidente Gobierno Regional de Amazonas 890185-1 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal y Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas ORDENANZA REGIONAL Nº 316 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modifi catoria, Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191° establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192° inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto. Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece que la presente Ley regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo defi ne las normas que regula la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal. Que, la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece en su artículo 2º que la modernización del Estado tiene por objeto establecer los principios y la base para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado en todas sus instituciones e instancias; del mismo modo el artículo 3º de la misma norma señala, que la presente Ley es de aplicación en todas las dependencias de la Administración Pública a nivel nacional. Por otro lado la Ley en mención prescribe en su artículo 4º entre otras, que la fi nalidad del proceso de modernización de la gestión del Estado, tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de recursos públicos. Precisa además que el objetivo es alcanzar un Estado: a) Al servicio de la ciudadanía, b) Con canales efectivos de participación, c) Descentralizado y desconcentrado, d) Transparente en su gestión, e) Con servicios públicos califi cados y adecuadamente remunerados y f) Fiscalmente equilibrados (…). Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son Personas Jurídicas de Derecho Público con Autonomía Política, Económica y Administrativa, teniendo por Misión Organizar y Conducir la Gestión Pública Regional de acuerdo a sus Competencias Exclusivas, Compartidas y Delegadas en el Marco de las Políticas Nacionales y Sectoriales, para contribuir al Desarrollo Integral y Sostenible de la Región, conforme lo expresan los Artículos 2º, 4º y 5º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus Normas y Disposiciones se rigen por los Principios de Exclusividad, Territorialidad, Legalidad y Simplifi cación Administrativa. Que, con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, se aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP. En el artículo 1º de dicha norma, se establece que todas las entidades del Sector Público sean del Gobierno Nacional, Regional o Local, deben seguir los lineamientos plasmados en esta norma, para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP). La misma norma en el Numeral 14.5 del artículo l4º precisa, que los Cuadros para Asignación de Personal del Gobierno Regional y de las Direcciones Regionales Sectoriales, se aprueban mediante Ordenanza Regional. Que, mediante Dictamen Nº 014-2012-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR-COPPyAT de fecha 28 de noviembre de 2012, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Amazonas, contando con las opiniones técnica y legal de procedencia suscrito por los funcionarios competentes del Gobierno Regional Amazonas, proponen al pleno de Consejo Regional: Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP, Cuadro Nominativo de Personal - CNP y Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Energía y Minas, por encontrarse arreglada a Ley. Que, según lo dispuesto en el literal a) del artículo 15º concordante con el Inc. a) del artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada con la Ley Nº 27902 precisa, que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de