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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2013 (19/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de enero de 2013 486492 el encargado responsable de actualizar la Información institucional solicitada por la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática ONGEI. c) DESIGNAR al Sub Gerente de Estadística e Informática Señor JUAN DEL CASTILLO CADILLO, como el encargado responsable de actualizar la información Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña y de ingresar y publicar la información del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE, de acuerdo a las obligaciones y responsabilidades descritas en el Artículo 5º. de la Ley Nº 27806 modifi cada por Ley Nº 27927 “. Artículo Tercero.- DISPONER que todos los Funcionarios de las Gerencias, Sub Gerencias que integran la estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Breña, proporcionen y faciliten, bajo responsabilidad toda la información que sea requerido por el funcionario designado, dentro de los términos legales y en las condiciones que haga posible su cumplimiento, a fi n cumpla con la función encomendada . Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaria General remitir copia certifi cada de la presente Resolución a las Gerencias, Sub Gerencias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Sexto.- Encargar a la Secretaria General remitir copia certifi cada de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, cúmplase, publíquese y archívese. JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 890443-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban Reglamento del Servicio Especial de Transporte Público de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados en el distrito de Chaclacayo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 276 Chaclacayo, 6 de diciembre de 2012 VISTO: El Dictamen N° 01-2012-CDU-MDCH de la Comisión de Desarrollo Urbano; y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º, modifi cado por la Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, norma concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, la Ley N° 27189, Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, en su artículo 1 reconoce al servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, mototaxis y similares, complementario y auxiliar, como un medio de transporte vehicular terrestre; Que, el artículo 4° del Decreto Supremo N° 055-2010- MTC - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados, establece la competencia de las Municipalidades Distritales, siendo: a) Normativa: aprobar las normas complementarias necesarias para la gestión y fi scalización del Servicio Especial, dentro de su jurisdicción, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente y sin contravenir los Reglamentos Nacionales. b) De gestión: otorgar los permisos de operación para la prestación del Servicio Especial dentro de su jurisdicción. c) De fi scalización: realizar las acciones fi scalizadoras del Servicio Especial mediante la supervisión, detección de infracciones, imposición y ejecución de sanciones por incumplimiento de las disposiciones que regulan dicho servicio dentro de su jurisdicción; Que, la Comisión Técnica Mixta de la Municipalidad de Chaclacayo formuló un nuevo Reglamento del Servicio Especial de Transporte público de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados en el distrito de Chaclacayo, el mismo que se encuentra acorde con las normas vigentes y establece las disposiciones generales para la prestación de dicho servicio y que derogaría la Ordenanza Municipal N° 147-MDCH de fecha 22 de junio de 2007; Que, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la dación de la mencionada ordenanza, sus disposiciones han sido superadas por cuanto la actual realidad del transporte y tránsito terrestre, razón por la cual, y habiéndose efectuado diversas modificaciones a la normatividad en dicha materia, resulta necesario contar con un nuevo marco normativo cuya aplicación cubra las necesidades de los prestadores y usuarios del servicio, así como de la propia Administración; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Nº 27972, contando con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal se ha dado la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Servicio Especial de Transporte Público de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados en el distrito de Chaclacayo el mismo que como Anexo N° 01 forma parte integrante de la presente Ordenanza y consta de cuarenta y cinco (45) artículos y trece (13) Disposiciones Transitorias y Complementarias y tres (03) Disposiciones Finales, Artículo Segundo.- INCLUIR en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones y escala de multas de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, los ítems considerados en el Anexo N° 02 de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Municipal N° 147-MDCH. Artículo Cuarto.- ENCARGAR la publicación íntegra de la presente Ordenanza a la Unidad de Tecnología de la Información y Comunicaciones en la página web de la Municipalidad de Chaclacayo www.munichaclacayo. gob.pe y en el Portal de servicios al ciudadano www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 890448-1 Aprueban Tarifa Mínima del Servicio de Agua Potable ORDENANZA MUNICIPAL Nº 278 Chaclacayo, 28 de diciembre de 2012 VISTO: El Informe Nº 0163-2012- GGM/ MDCH de la Gerencia General, Informe Nº 222-2012-MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 0115- 2012-GOP/MDCH de la Gerencia de Obras Públicas y el Dictamen Nº 001-2012-COP-MDCH; y;