Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2013 (20/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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Leyes N° 27902, N° 28968, Nº 29053 y demas normas complementarias, en Sesion Extraordinaria de fecha 27 de marzo del 2012, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 003-2011GRU/CR de fecha 07 de MORDAZA de 2011, se aprueba el Cuadro para Asignacion de Personal CAP, y el Cuadro Nominal de Personal CNP- de las Unidades Ejecutoras de Salud de Ucayali: Direccion Regional de Salud de Ucayali, Direccion de Red de Salud - MORDAZA Portillo, Direccion de Red de Salud-Federico Basadre-Yarinacocha, Direccion de Red de Salud Nº 03, Atalaya; Direccion Red de SaludAguaytia-San Alejandro; Hospital Regional de Pucallpa y Hospital Amazonico de Yarinacocha. Que, la Ley Nº 28498, Ley de nombramiento de los profesionales de la salud no medicos cirujanos contratados por el Ministerio de Salud a nivel nacional y la Ley Nº 28560, Ley de nombramiento del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, que se encuentren prestando servicios en la condicion de contratados bajo cualquier modalidad por el Ministerio de Salud a nivel nacional, Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012, en el Subcapitulo III, Medidas de austeridad, disciplina y calidad en el Gasto publico, Articulo 8º numeral c) exceptua el nombramiento de hasta el quince por ciento (15%) del numero de los profesionales no medicos cirujanos y del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, en el MORDAZA del nombramiento gradual. Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las atribuciones de normar la organizacion interna del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el articulo 38º de la misma MORDAZA legal, que establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general en la organizacion y administracion del Gobierno Regional. Que, de conformidad con lo senalado en el Articulo 35°, inciso c) de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y presupuesto institucional. Del mismo modo es atribucion del Consejo Regional aprobar los documentos de gestion, Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), Manual de Organizacion y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de las instituciones publicas del Gobierno Regional, en concordancia con el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, de fecha 18 de Junio de 2004, aprueban lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP por parte de las entidades de la Administracion Publica, establece los requisitos minimos para la elaboracion de los instrumentos de gestion, que se ha cumplido estrictamente. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Articulo 9° y 10° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por las Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali en Sesion Extraordinaria de fecha 27 de marzo del 2012, aprobo la Ordenanza Regional siguiente ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, y el Cuadro Nominal de Personal - CNP, de las Unidades Ejecutoras de Salud de Ucayali:

DIRECCION REGIONAL DE SALUD DE UCAYALI, conteniendo un total de ciento sesenta y nueve (169) plazas, de las cuales ciento nueve (109) plazas, se encuentran en condicion de ocupados y sesenta (60) plazas en condicion de previstos, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. DIRECCION DE RED DE SALUD-CORONEL PORTILLO, conteniendo un total de trescientos sesenta y cuatro (364) plazas de las cuales doscientos sesenta y cuatro (264) plazas, se encuentran en condicion de ocupadas y cien (100) plazas en condicion de previstas, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. DIRECCION DE RED DE SALUD-FEDERICO BASADRE-YARINACOCHA, conteniendo un total de trescientos cuarenta y seis (346) plazas, de las cuales doscientos cuarenta y nueve (249) plazas, se encuentran en condicion de ocupadas y noventa y siete (97) plazas en condicion de previstas, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. HOSPITAL REGIONAL DE PUCALLPA, conteniendo un total de quinientos cuarenta y tres (543) plazas, de las cuales cuatrocientos (400) plazas se encuentran en condicion de ocupadas y ciento cuarenta y tres (143) plazas en condicion de previstas, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion Regional de Salud de Ucayali, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano", en un diario de mayor circulacion local y a la Oficina de Sistemas para su difusion a traves del MORDAZA Institucional del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe)". Articulo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de Comisiones, lectura y aprobacion del acta. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los veintisiete dias del mes de marzo del ano dos mil doce. ORISON MORDAZA LEVEAU BARTRA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se Publique y Cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los treinta dias del mes de marzo del ano dos mil doce. MORDAZA F. HENDERSON MORDAZA Presidente Regional (e) 891190-1

Declaran feriado no laborable para los trabajadores del sector publico a nivel regional, el dia 25 de junio de 2013 con motivo de la Fiesta de San MORDAZA
(Se publica la Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Ucayali mediante Oficio Nº 0226-2012-GRUP-GGR-SG, recibido el 18 de enero de 2013) ORDENANZA REGIONAL N° 009-2012-GRU/CR EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197° y 198° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV, Titulo IV sobre

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