Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2013 (20/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de enero de 2013

Descentralizacion - Ley N° 27680, Ley N° 27783, Ley de Descentralizacion, Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por las Leyes N° 27902, N° 28968, N° 29053 y demas normas complementarias, en Sesion Ordinaria de fecha 21 de junio del 2012, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 3º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 senala que los Gobiernos Regionales tienen Jurisdiccion en el ambito de sus respectivas jurisdicciones conforme a ley; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 006-2004GRU/CR, de fecha 18 de junio de 2004, en su Articulo Primero DECLARA FERIADO NO LABORABLE, EN TODO EL AMBITO TERRITORIAL DE LA REGION UCAYALI, el dia 24 de junio de cada ano, con motivos de celebrarse la Fiesta de SAN MORDAZA patrono de la Amazonia Peruana; Que, el Gobierno Regional de Ucayali ejerce funciones fomentando, aprobando, ejecutando, evaluando, dirigiendo controlando y administrando las politicas en materia de trabajo y promocion del empleo, conforme lo establece el articulo 48º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867; Que, a fin de fomentar el desarrollo del turismo interno, el Gobierno lleva a cabo politicas estrategicas de promocion de los atractivos turisticos del MORDAZA, dentro de las cuales promueve desde hace algunos anos, el establecimiento de dias no laborables sujetos a compensacion o recuperacion de horas no trabajadas, los cuales sumados a los feriados ordinarios, crean fines de semana largos propicios para la practica de turismo interno, medida que tiene un impacto positivo en el desarrollo del mismo, segun los resultados de las evaluaciones del flujo turistico interno movilizado durante los fines de semana largos, efectuadas cada ano por el sector turismo; Que, la practica del turismo interno constituye un instrumento dinamizador de las economias locales y contribuye al conocimiento no solo de los atractivos turisticos sino de las distintas realidades de las poblaciones de nuestra region; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Articulo 9° y 10° de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali, en sesion Ordinaria de fecha de 21 de junio del 2012 se aprobo por Mayoria Simple la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Articulo Primero.- DECLARAR FERIADO NO LABORABLE, para los trabajadores del sector publico, a nivel regional, el dia 25 de junio del presente ano, con motivo de celebrarse la Fiesta de SAN MORDAZA patrono de la Amazonia Peruana. Articulo Segundo.- COMPENSACION DE HORAS Las horas dejadas de trabajar en el dia no laborable establecido en el articulo precedente, seran compensadas en la semana posterior a la del dia no laborable, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad publica, en funcion a sus propias necesidades. Articulo Tercero.- SERVICIOS INDISPENSABLES Y ATENCION AL PUBLICO Sin perjuicio de lo establecido en los articulos precedentes, los titulares de las entidades del sector publico adoptaran las medidas necesarias para garantizar la provision de aquellos servicios que MORDAZA indispensables para la sociedad durante el dia no laborable senalado. Articulo Cuarto.- DIA NO LABORABLE EN EL SECTOR PRIVADO Los centros de trabajo del sector privado podran acogerse a lo dispuesto en la presente Ordenanza

Regional, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberan establecer la forma como se MORDAZA efectiva la recuperacion de las horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo decidira el empleador. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Direccion Regional Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Ucayali, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion local y a la Oficina de Sistemas para su difusion a traves del MORDAZA Institucional del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los veintiun dias del mes junio del ano dos mil doce. ORISON MORDAZA LEVEAU BARTRA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los veintiun dias del mes de junio del ano dos mil doce. MORDAZA F. HENDERSON MORDAZA Presidente Regional (e) 891187-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban creacion del Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor - CIAM
ORDENANZA N° 169-2012-MDC Cieneguilla, 29 de noviembre de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, en Sesion Ordinaria de la fecha. VISTO: El Informe N° 231-2012-GDS-MDC de fecha 24 de octubre de 2012 de la Gerencia de Desarrollo Social, el Informe N° 287-2012-GAJ-MDC de fecha 25 de octubre de 2012 de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Proveido N° 269-2012-GM-MDC de fecha 24 de octubre de 2012 de la Gerencia Municipal, relacionado a la Ordenanza que aprueba la Creacion del Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor - CIAM. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Distritales son los organos de gobierno local con autonomia, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo que sus funciones y competencias deben desarrollarse en MORDAZA con las politicas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo, con el objeto de facilitar la competitividad

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