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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2013 (20/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de enero de 2013 486536 VISTOS: En en sesión ordinaria de la fecha, el Informe Nº 086-2012-GPP/MDC de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto de fecha 07 de noviembre de 2012, el Informe N° 319-2012-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 18 de diciembre de 2012 y el Proveído N° 278-2012-GM-MDC de la Gerencia Municipal de fecha 12 de noviembre de 2012 referente al Plan de Desarrollo Local Concertado 2012 - 2021. CONSIDERANDO: Que, los artículos 194° y 195° de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley N° 27680 concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, la Municipalidad como órgano de Gobierno promotor de desarrollo local, tiene por fi nalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción, conforme a lo previsto en la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que el Artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es atribución del concejo municipal aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertado; Que, el Artículo 27° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, refi ere que el Plan Concertado debe responder fundamentalmente a los principios de participación, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, efi cacia, efi ciencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia de las políticas locales, especialización de las funciones, competitividad e integración. Asimismo, añade que los planes de desarrollo municipal concertado y sus presupuestos participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales; y son aprobados por los respectivos concejos municipales; Que, asimismo los artículos 111°, 112° y 133° del acotado cuerpo de leyes señala que los Gobiernos Locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación, de los planes de desarrollo, presupuesto y gestión de los mismos; Que, la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, ha formulado su Plan de Desarrollo Concertado, como un diseño de futuro deseado que aspira la población, proceso sistemático de gestión de cambio y creación del mejor futuro posible del Distrito siendo un instrumento para la gestión del desarrollo económico, social y ambiental, estableciendo la base para la construcción consensuada de los Planes Estratégicos Territoriales e Institucionales y de Programas de Inversión Municipal; Que, en ese orden de ideas el proyecto de Plan de Desarrollo Local Concertado del distrito de Cieneguilla 2012 - 2021, fue materia de exposición y debate por parte del Equipo Técnico y los miembros del Concejo Municipal, teniendo como elementos integrantes de la estrategia de gestión del citado Plan; la gestión participativa, la comunicación como estrategia, liderazgo basado en la cooperación mutua, fi nanciamiento y socialización; Que, la visión de desarrollo se logrará alcanzar a partir de una serie de objetivos estratégicos de desarrollo, tales como el desarrollo social, cultural y educación con equidad y calidad; desarrollo económico local, urbano y rural; físico ambiental, político - institucional enmarcados dentro de las necesidades del Distrito de Cieneguilla, por lo que la Gerencia de Asesoría Jurídica, ha considerado de suma importancia aprobar el Plan de Desarrollo Local Concertado, a fi n de avanzar en el proceso de Desarrollo Integral y Sostenible del Distrito, con visión de Desarrollo Humano de la población, aspirando a lograr una sociedad con justicia y equidad; Que, mediante Informe N° 086-2012-GPP/MDC de fecha 07 de noviembre de 2012 la Gerencia de Planifi cación y presupuesto, opina por la procedencia del proyecto de ordenanza municipal que aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado de Cieneguilla 2012 - 2021 recomendando elevar los actuados al Concejo Municipal para que proceda de acuerdo a sus atribuciones; Que, mediante Informe N° 319-2012-GAJ-MDC de fecha 18 de diciembre de 2012 la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de aprobar el Plan de Desarrollo Local Concertado de Cieneguilla 2012 - 2021; y, Estado a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 los miembros integrantes del Concejo Municipal por UNANIMIDAD, aprobaron la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA 2012 - 2021 Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Desarrollo Local Concertado 2012 - 2021 en la circunscripción territorial del distrito de Cieneguilla, el mismo que como anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto en coordinación con las correspondientes unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, la ejecución de las acciones que corresponden a la difusión y socialización del Plan de Desarrollo Local Concertado de Cieneguilla 2012 - 2021 del distrito de Cieneguilla, a nivel distrital. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Municipal y las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, tomen como referencia al Plan de Desarrollo Local Concertado de Cieneguilla, en la formulación y ejecución de sus planes estratégicos y operativos. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, efectúe el monitoreo y evaluación anual del PDLC-MDC, y al fi nalizar cada año, deberá presentar un informe de logros obtenidos durante el año respectivo, al pleno del Concejo Municipal de Cieneguilla. Artículo Quinto.- ENCARGUESE a Secretaría General y a la Subgerencia de Comunicaciones y Tecnología de la Información, el estricto cumplimiento de la publicación de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto poner en conocimiento de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el contenido de la presente Ordenanza. Regístrese, publiquese, comuníquese y archívese. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 890965-1 Aprueban Informe Final del Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal 2013 ORDENANZA N° 172-2012-MDC Cieneguilla, 20 de diciembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS: Visto en sesión ordinaria de la fecha, el Informe Nº 093-2012-GPP/MDC de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto de fecha 27 de setiembre de 2012, el Informe N° 314-2012-GAJ-MDC de la Gerencia de