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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de enero de 2013 486537 Asesoría Jurídica de fecha 17 de diciembre de 2012 y el Proveído N° 283-2012-GM-MDC de la Gerencia Municipal de fecha 30 de noviembre de 2012 referente al Proceso del Presupuesto Participativo del Ejercicio Fiscal 2013. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley N° 27680 en su Capítulo XIV del Título IV, en materia de Descentralización establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuentas de sus ejecuciones anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 9º numerales 14, 34 y 53º y la Decimo Sexta Disposición Complementaria, dispone como atribución del Concejo Municipal, aprobar normas que garanticen la efectiva participación vecinal, reglamentando los espacios de participación vecinal, además de regular mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, la Ley de Bases de la Descentralización, establece que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y sus presupuestos en la gestión pública; ésta a su vez se canaliza a través de los espacios y mecanismos de consulta, concertación, coordinación, fi scalización y vigilancia existentes, y otros que los gobiernos locales establezcan conforme a Ley; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, dispone que los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil en la programación de su presupuesto. Asimismo, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, establece que el Gobierno Local, convoca a la población organizada a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados, a fi n de garantizar una correcta y efi ciente comunicación con los agentes participantes, disponiendo además que los gobiernos locales reglamentan el desarrollo del proceso participativo, para facilitar su participación; Que, mediante Resolución Directoral N° 007- 2010EF/76.01 se aprobó el Instructivo N° 001-2010- EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados, de carácter general y permanente; Que, mediante Ordenanza Nº 159-2012-MDC se aprobó el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo para el año 2013 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla y en virtud a la segunda disposición complementaria y fi nal de dicho reglamento se estableció que con Decreto de Alcaldía se aprobaría el cronograma de presupuesto participativo; Que, mediante Decretos de Alcaldía Nº 009-2012-A- MDC y Nº 010-2012-A-MDC se aprobó el Cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo por Resultados para el ejercicio 2013; Que, según el Informe Nº 093-2012-GPP/MDC la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto presenta el Informe Final del proceso de Presupuesto Participativo para el año fi scal 2013 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, el cual contiene el Acta de Acuerdos y Compromisos de dicho presupuesto participativo, según el cual se priorizaron once (11) proyectos que ascienden al monto de S/. 5’187,887.00 (CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS); Que, el Informe N° 314-2012-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que se debe de aprobar el Informe Final del proceso de Presupuesto Participativo para el año fi scal 2013 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, el Concejo Municipal por Unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ORDENANZA QUE APRUEBA EL INFORME FINAL DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013 Artículo Primero: APROBAR el documento que contiene el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2013, el mismo que contiene el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo 2013. Artículo Segundo: ENCARGAR a Secretaria General la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente ordenanza en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 890961-1 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Aprueban beneficio extraordinario de regularizacion tributaria y no tributaria y establecen el Cronograma de pagos y derechos de emision en el distrito ORDENANZA Nº 531-MDEA El Agustino, 10 de enero del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL AGUSTINO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO: En sesión ordinaria de la fecha, el proyecto de Ordenanza que Aprueba el Benefi cio Extraordinario de Regularización Tributaria y no Tributaria que establece el Cronograma de pagos y derechos de emisión en el Distrito de El Agustino. Informe Nº 03- 2013-GEMU-MDEA, del Gerente Municipal e Informe Nº 003-2012-GREN-MDEA, del Gerente de Rentas y Informe Nº 015-2013-GAJU-MDEA, del Gerente de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los artículos 74º y 194º de la Constitución Política del Perú las Municipalidades tienen autonomía política, económica, administrativa, en los asuntos de su competencia, y ejercen su potestad tributaria, para crear modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de su jurisdicción, la que se ejerce a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, conforme se establece en el numeral 4) del articulo 200º de la Constitución Policita del Perú; Que, dicha potestad es reconocida por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, la misma que en el artículo 69º numerales 1) y 2) establece como rentas municipales los tributos creados por ley a su favor, así como las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su concejo municipal; Que, el artículo 9º numeral 8) de la referida ley establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar Ordenanzas; Que, el Art. 9º del Decreto Legislativo Nº 981 publicado el 15 de marzo del 2007, que sustituyó el último párrafo del artículo 41º del Código Tributario, señala