Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2013 (20/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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la Ordenanza Nº 250-MDL y 240-MDL, los procedimientos de Edificaciones y habilitaciones urbanas de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 29476 y la Ley Nº 29566 "Ley que Modifica Diversas Disposiciones con el Objeto de Mejorar el Clima de Inversion y Facilitar el Cumplimiento de Obligaciones Tributarias"; Que, con la Ordenanza Nº 241-MDL de fecha 28 de Junio del 2009 se modifico el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y la Estructura Organica de la Municipalidad Distrital de Lince; Que, el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 0622009-PCM que aprueba el Formato del Texto Unico de Procedimientos administrativos (TUPA), establece que dentro de los treinta (30) dias habiles siguientes a la vigencia de la modificacion de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), las Entidades deberan efectuar la reconversion de los nuevos terminos porcentuales aplicables como resultado de la division del monto de cada derecho de tramitacion vigente, entre el MORDAZA valor de la UIT, cuyo monto para el ano fiscal 2012 ha sido fijado en S/. 3,650.00 (Tres Mil Seiscientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) por el Decreto Supremo Nº 233-2011-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21 de Diciembre del 2011; Que, conforme se aprecia en la MORDAZA acotada la modificacion del valor de la UIT no implica la modificacion automatica del monto de los derechos de tramitacion contenidos en el TUPA; que la reconversion de los nuevos terminos porcentuales de los derechos administrativos contenidos en el MORDAZA se debe publicar dentro del plazo senalado en el considerando precedente, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas, el MORDAZA del Estado Peruano, asi como en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lince, a traves de los funcionarios responsables; Que, el numeral 38.5 del Articulo 38º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", prescribe que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion y requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo; Que, en el Informe Nº 012 -2012-OPP/MDL la Oficina de Planeamiento y Presupuesto sustenta la necesidad aprobar la reconversion de los Nuevos Terminos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lince, actualizados en funcion a la UIT establecida para el ano fiscal 2013 en S/. 3,700.00 (Tres Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles); Estando a las consideraciones expuestas; contando con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal y de la Oficina de Asesoria Juridica; y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades"; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR la Reconversion de los Terminos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), actualizados en funcion a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) establecida para el ano fiscal 2013, en Tres Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3,700.00), segun el Anexo que forma parte integrante de la presente MORDAZA Municipal. Articulo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia dentro de los treinta (30) dias habiles siguientes a la vigencia de la modificacion de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia y su Anexo en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lince, el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Secretaria General y demas Unidades Organicas de la Municipalidad Distrital de Lince el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 902226-1

Convocan a elecciones de Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital para el periodo 2013 ­ 2015
DECRETO DE ALCALDIA Nº 02-2013-ALC-MDL Lince, 18 de febrero del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: VISTOS: El Informe Nº 111-2013-MDL-OAJ de fecha 08 de Febrero de 2013, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, sobre el MORDAZA de eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital para el periodo 2013 ­ 2015, y; CONSIDERANDO, Que, el Art. 31 de la Ordenanza Nº 084-MDL "Ordenanza que Aprueba el MORDAZA de Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital", establece que el mandato de los representantes es de dos (02) anos calendarios contado desde la fecha de su eleccion: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 05-2011-MDL de fecha 08 de Marzo de 2011, se convoco para el dia 23 de Marzo de 2011, la eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital, procediendose a la proclamacion y entrega de credenciales el dia 24 de Marzo de 2011; Que, el Art. 11, modificado por la Ordenanza Nº 222-MDL -"Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 084-MDL y Nº 155-MDL sobre MORDAZA de Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital", establece que: el Comite Electoral tiene a su cargo la responsabilidad de la conduccion y desarrollo para que el MORDAZA de eleccion de representantes de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital se realice de manera democratica y transparente. El Comite Electoral esta integrado de la siguiente manera: a) El Gerente de Desarrollo Social, b) El Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y c) El Sub Gerente de Educacion y Cultura"; Que, la Gerencia de Desarrollo Social mediante Informes Nros. 006 y 96-2013-MDL-GDS de fechas 06 y 14 de Febrero de 2013, respectivamente, eleva y hace MORDAZA los Informes Nº 13 y 24-2013-MDL-GDS-PPV de fechas 21 de Enero y 14 de Febrero de 2013, emitidos por el Responsable del Programa de Participacion Vecinal, mediante los cuales propone el proyecto de Decreto de Alcaldia para la eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital para el periodo 2013 ­ 2015; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6 del Articulo 20º y Articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- CONVOCAR a la eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital para el periodo 2013 ­ 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- CONFORMAR el Comite Electoral encargado de llevar a cabo el MORDAZA de eleccion cuya convocatoria se aprueba en el Articulo Primero del presente Decreto de Alcaldia, integrado por las siguientes personas: Primer Miembro : Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Gerente de Desarrollo Social) MORDAZA Miembro : Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto) Tercer Miembro : Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Sub Gerente de Educacion y Cultura)

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