Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2013 (20/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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VISTAS:

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de febrero de 2013

La invitacion cursada por la Alianza para la Inclusion Financiera (AFI, por sus siglas en ingles) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Septima Reunion del Grupo de Trabajo de Datos sobre Inclusion Financiera (FIDWG, por sus siglas en ingles) que se llevara a cabo los dias el 4 y 5 de marzo de 2013 en la MORDAZA de Manila, Republica de Filipinas; La invitacion cursada por la Alianza para la Inclusion Financiera (AFI, por sus siglas en ingles) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la MORDAZA Reunion del Grupo de Aprendizaje entre pares sobre Estrategias en Inclusion Financiera (FISPLG, por sus siglas en ingles) que se llevara a cabo los dias el 6 y 7 de marzo de 2013 en la MORDAZA de Bangkok, Reino de Tailandia; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro oficial de la Alianza para la Inclusion Financiera (AFI), cuyo rol es proveer a sus miembros de las herramientas y recursos que propicien la aplicacion de las politicas de inclusion financiera mas apropiadas en sus respectivos paises; Que, el objetivo del Grupo de Trabajo de Datos sobre Inclusion Financiera (FIDWG) es promover y compartir informacion sobre el tema de la medicion de inclusion financiera, asi como aprovechar el progreso actual y el aprendizaje de los miembros de AFI y de profesionales de todo el mundo; asimismo, se analizaran temas tales como indicadores de MORDAZA nivel, plataforma On-line, definiciones sobre inclusion financiera, encuesta sobre demanda: preguntas basicas, entre otros; Que, asimismo, el objetivo del Grupo de Aprendizaje entre pares sobre Estrategias en Inclusion Financiera (FISPLG) se concentrara en el mapeo del estado actual del desarrollo de la estrategia de inclusion financiera a traves de la red de AFI y en el desarrollo de una agenda de aprendizaje entre pares dentro de las areas importantes tales como mecanismos de coordinacion nacional y asociaciones publicos-privados para las estrategias de inclusion financiera; Que, en atencion a las invitaciones cursadas, y en tanto, los temas que se desarrollaran en las citadas reuniones redundaran en beneficio del ejercicio de las funciones de supervision y regulacion de la SBS, se ha considerado conveniente designar a la senora MORDAZA Zaldivar MORDAZA, Gerente de Productos y Servicios al Usuario, para que participe en las referidas reuniones; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciendose en el Numeral 4.3.1., que se autorizaran los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, asi como para el ejercicio de funciones o eventos de interes para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje la citada funcionaria para participar en el referido evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos (via reembolso) alimentacion parcial y alojamiento seran cubiertos por la Alianza para la Inclusion Financiera (AFI), en tanto que los gastos por concepto de viaticos complementarios seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, N° SBS-DIR-ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA Zaldivar MORDAZA, Gerente de Productos y Servicios al Usuario de la SBS del 01 al 08 de marzo de 2013, a las ciudades de Manila y Bangkok, Republica de Filipinas y Reino de Tailandia, respectivamente, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue la citada funcionaria en cumplimiento de la presente autorizacion para participar en el referido evento, por concepto de pasajes aereos (via reembolso), alimentacion parcial y alojamiento seran cubiertos por la Alianza para la Inclusion Financiera (AFI), en tanto que los gastos por concepto de viaticos complementarios seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos complementarios US$ 312 Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 902577-1

Fijan tasas de contribucion a partir del ano 2013 a las Empresas Bancarias, Financieras, de Arrendamiento Financiero y de Seguros; y a los Almacenes Generales de Deposito, MORDAZA de Pensiones y Derramas
RESOLUCION SBS Nº 1306-2013 MORDAZA, 15 de febrero de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, el articulo 373º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, dispone que el presupuesto de este ente supervisor es aprobado por el Superintendente, quien tiene a su cargo la administracion, ejecucion y control del mismo, y es cubierto mediante contribuciones trimestrales adelantadas a cargo de las empresas supervisadas; Que, los numerales 1 y 4 del articulo 374º de la referida Ley, disponen que las contribuciones de las empresas del sistema financiero no deben exceder de un MORDAZA del uno por ciento en proporcion al promedio trimestral de sus activos, que previamente determine esta Superintendencia, y que para el caso de otras instituciones sujetas a su control, la contribucion la establecera el Superintendente teniendo en cuenta el volumen y la naturaleza de sus operaciones; Que, dentro de la clasificacion de otras instituciones sujetas al control de esta Superintendencia, se encuentran comprendidos los Almacenes Generales de Deposito, las MORDAZA de Pensiones y Derramas;

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