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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (21/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de febrero de 2013 488367 (sic) en esta localidad y según informe del solicitante, no se presenta al Municipio desde el mes de marzo a la fecha del año en curso.” 4. Como se desprende del contenido del mencionado certifi cado de juez de paz, este documento no confi gura prueba fehaciente que acredite que Raúl Quispe López haya permanecido ausente de la localidad, así como del Concejo Distrital de Susayapa, por más de treinta días. Únicamente deja constancia de su ausencia durante el día 20 de junio de 2012. 5. En tal sentido, al no acreditarse la causal invocada, corresponde declarar como no aprobado este extremo del pedido presentado por el alcalde distrital. Respecto a la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la LOM 6. El numeral 7 del artículo 22 de la LOM establece que se declara vacante el cargo de alcalde o regidor en el caso que este no asista, injustifi cadamente, a tres sesiones ordinarias consecutivas o a seis no consecutivas durante el lapso de tres meses. 7. Del caso de autos se puede apreciar que el regidor Raúl Quispe López fue debidamente notifi cado a las sesiones ordinarias, conforme se aprecia en las notifi caciones a las sesiones ordinarias de los días 15 y 22 de marzo, 4 de abril y 17 de mayo. Respecto a la sesión extraordinaria del 18 de julio de 2012, en la que se aprobó la vacancia del regidor Raúl Quispe López, se advierte de los actuados que la convocatoria a la misma le fue notifi cada el día 12 de julio y que el regidor Quispe López se negó a fi rmarla (foja 51). Asimismo, la notifi cación del acuerdo de vacancia realizado en dicha sesión extraordinaria le fue notifi cada el 23 de julio de 2012 (foja 59). En dicho documento se deja constancia de que la esposa del regidor Raúl Quispe López se negó a recibir la copia del expediente de vacancia que contenía el referido acuerdo de vacancia. Por otro lado, obra en el expediente el Informe Nº 01-2012-EMAM/MD (foja 62), de fecha 20 de agosto de 2012, donde se deja constancia de que, transcurrido el plazo de quince días establecidos para impugnar la decisión, el regidor cuestionado no presentó ningún medio impugnatorio contra la decisión adoptada por el concejo distrital. En ese sentido, quedó consentida la declaración de vacancia. 8. Por ello, al haberse verifi cado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decisión del concejo municipal en cuanto a este extremo se refi ere, por lo que corresponde emitir la credencial correspondiente al accesitario llamado por ley. De conformidad con el artículo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Así, corresponde convocar a Liz Elma Cárdenas Ticona, candidata no proclamada del movimiento regional Movimiento Independiente Regional Tacna Unida, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Tarata, con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- DESAPROBAR el acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria realizada el 18 de julio de 2012, en el extremo en que declaró la vacancia del regidor Raúl José Quispe López, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- APROBAR el acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria realizada el 18 de julio de 2012, en el extremo en que declaró la vacancia del regidor Raúl José Quispe López, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en consecuencia, declarar su vacancia en el cargo que ejercía en la Municipalidad Distrital de Susapaya. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Raúl José Quispe López como regidor del Concejo Distrital de Susapaya, provincia de Tarata, departamento de Tacna, emitida con motivo de las elecciones municipales del año 2010. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Liz Elma Cárdenas Ticona, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 42108021, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Susapaya, provincia de Tarata, departamento de Tacna, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial que la acredita como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 903527-2 Declaran nulo el Acuerdo de concejo Nº 098-2012-CMP, que rechazó pedido de vacancia presentado contra regidor del Concejo Distrital de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica RESOLUCIÓN N° 0045-2013-JNE Expediente N° J-2012-01677 PARACAS - PISCO - ICA Lima, diecisiete de enero de dos mil trece VISTO en audiencia pública del 17 de enero de 2013, los recursos de apelación interpuestos por David Reynaldo Medina Marroquín y Wilbert Hancco Ccansaya contra el Acuerdo de Concejo N° 098-2012-CMP, que rechazó el pedido de vacancia presentado contra Claudio Alfonso Delgado Moreyra, regidor del Concejo Distrital de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y teniendo a la vista el Expediente N° J-2012-1435. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 23 de octubre de 2012, David Reynaldo Medina Marroquín presentó escrito ante el Jurado Nacional de Elecciones, solicitando la vacancia del regidor Claudio Alfonso Delgado Moreyra (Expediente N° J-2012-1435) por supuestamente haber ejercido, ante la municipalidad de Paracas, injerencia en la contratación de Yuliana Vanessa Huarcaya Delgado (sobrina de la autoridad cuestionada). Solicitud de adhesión El 27 de noviembre de 2012, Wilbert Hancco Ccansaya, haciendo suyos los medios probatorios ofrecidos por David Reynaldo Medina Marroquín, presentó un escrito al Concejo Distrital de Paracas, adhiriéndose a la solicitud de vacancia (fojas 61 a 67). Posición del Concejo Distrital de Paracas En sesión extraordinaria de concejo, de fecha 28 de noviembre de 2012, se acordó rechazar la solicitud de vacancia presentada por David Reynaldo Medina Marroquín, siendo dicha decisión plasmada en el Acuerdo de Concejo N° 098-2012-CMP (fojas 77 a 80). Cabe señalar que si bien el concejo municipal no se pronunció respecto al pedido de adhesión de Wilbert Hancco Ccansaya, no obstante obra en el expediente copias de dos informes, presentados el 30 de noviembre y el 4 de diciembre de 2012, mediante los cuales la Secretaría General y