Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2013 (25/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 25 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

488557

DEFENSA
Extienden plazo para que los armadores que operen en los puertos de Mazuko y San MORDAZA obtengan su correspondiente certificado de matricula y pongan en operacion a sus embarcaciones, y modifican la R.D. N° 855-2012-MGP/ DCG
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0110-2013-MGP/DCG Callao, 8 de febrero del 2013 Visto, el Oficio N° 121-2013-GOREMAD/PR del Presidente Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, de fecha 31 de enero del 2013. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 855-2012MGP/DCG publicada en el diario oficial El Peruano el dia 15 de setiembre del 2012, se exceptuo por un plazo de noventa (90) dias habiles de las disposiciones senaladas en la Resolucion Directoral N° 0051-96/DCG de fecha 29 de febrero de 1996, y Resolucion Directoral N° 630-2011/ DCG de fecha 15 de junio del 2011, a las embarcaciones que se han adaptado para el transporte de diesel B5 hasta un contenido MORDAZA de 50 ppm (Diesel B5-S50) y gasolina de 84 octanos en los puertos de Mazuko y San MORDAZA en el distrito de MORDAZA de Dios; Que, mediante documento del visto el Presidente Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA en atencion a lo senalado por la Asociacion de Transportes Fluviales de Combustible "Los Navegantes" en su Carta de fecha 24 de enero del 2013, solicita a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas el otorgamiento excepcional de la ampliacion del plazo de noventa (90) dias habiles otorgados a las embarcaciones que se han adaptado para el transporte de diesel B5 hasta un contenido MORDAZA de 50 ppm (Diesel B5-S50) y gasolina de 84 octanos en los puertos de Mazuko y San MORDAZA en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, a fin que cumplan las disposiciones de seguridad y proteccion ambiental que les resultan aplicables para la realizacion de sus actividades; Que, mediante memorandum N° 188 de fecha 31 de enero del 2013, el Director de Control de Actividades Acuaticas hace de conocimiento del Director del Medio Ambiente, ambos de esta esta Direccion General, la necesidad de incluir a las embarcaciones que cuentan con autopropulsion con motor fuera de MORDAZA para el transporte de combustible, generando esa situacion la modificacion de lo senalado en el item (6) el articulo 3° de la Resolucion Directoral N° 855-2012-MGP/DCG publicada en el diario oficial El Peruano el dia 15 de setiembre del 2012; Que, resulta justificable la modificacion de la Resolucion Directoral N° 855-2012-MGP/DCG publicada en el diario oficial El Peruano el dia 15 de setiembre del 2012, por cuanto la misma debe tener mas alternativas tecnicas para la navegacion y transporte de combustible en los puertos de Mazuko y San MORDAZA en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, facilitando que los armadores presenten a esta Autoridad Maritima los planos y documentos necesarios para construir las naves de MORDAZA, con la finalidad de obtener su correspondiente certificado de matricula y operar en la MORDAZA anteriormente senalada; Que, mediante Oficio N° 954-2013-OS-GFHL/UROC de fecha 8 de febrero del 2013, el Gerente de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria traslada a esta Autoridad maritima los documentos presentados por el Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, la Asociacion de Transportes Fluviales

de Combustible "Los Navegantes", el Congresista de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA a traves de los cuales manifiestan su preocupacion con respecto al termino de vigencia de la Resolucion Directoral N° 8552012-MGP/DCG publicada en el diario oficial El Peruano el dia 15 de setiembre del 2012; a fin que acorde al ambito de competencias de esta autoridad se evalue la viabilidad de otorgar una ampliacion al plazo establecido en la citada norma; Que, como resultado de esa situacion es viable generar un regimen de exencion para ampliar en noventa (90) dias habiles el plazo necesario para que los armadores que operen en los puertos de Mazuko y San MORDAZA en el distrito de MORDAZA de MORDAZA obtengan su correspondiente certificado de matricula, y pongan en operacion a la embarcacion; De conformidad con lo propuesto por el Director del Medio Ambiente y el Director de Control de Actividades Acuaticas y lo opinado por el Director Ejecutivo de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Extender en forma excepcional y por un plazo de noventa (90) dias habiles, contados a partir del dia de entrada en vigencia de la presente Resolucion Directoral, el plazo establecido en la Resolucion Directoral N° 855-2012-MGP/DCG publicada en el diario oficial El Peruano el dia 15 de setiembre del 2012, de las disposiciones senaladas en la Resolucion Directoral N° 0051-96/DCG de fecha 29 de febrero de 1996, y Resolucion Directoral N° 630-2011/DCG de fecha 15 de junio del 2011, a las embarcaciones que se han adaptado para el transporte de diesel B5 hasta un contenido MORDAZA de 50 ppm (Diesel B5-S50) y gasolina de 84 octanos en los puertos de Mazuko y San MORDAZA en el distrito de MORDAZA de Dios. Articulo 2º.- Modificar el item (6) del articulo 3° de la Resolucion Directoral N° 855-2012-MGP/DCG publicada en el diario oficial El Peruano el dia 15 de setiembre del 2012, cuyo texto quedara redactado de la siguiente manera: - Tendran propulsion propia con motor fuera de MORDAZA las embarcaciones que transporten diesel B5 hasta un contenido MORDAZA de 50 ppm (Diesel B5-S50) y gasolina de 84 octanos en los puertos de Mazuko y San MORDAZA en el distrito de MORDAZA de Dios. Articulo 3°.- Dejar subsistente los demas extremos de la Resolucion Directoral N° 855-2012-MGP/DCG publicada en el diario oficial El Peruano el dia 15 de setiembre del 2012. Registrese y comuniquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.). MORDAZA DEVILLE DEL MORDAZA Director General de Capitanias y Guardacostas 904561-1

ENERGIA Y MINAS
Determinan monto especifico para el mecanismo de compensacion de los sistemas aislados del periodo MORDAZA 2013 - MORDAZA 2014
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 052-2013-MEM/DM MORDAZA, 20 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, en el articulo 30° de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica,

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