Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2013 (25/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, lunes 25 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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7. En ese sentido, corresponde evaluar si los hechos expuestos por la Entidad constituyen indicios sobre la comision de la infraccion tipificada en el literal a) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley, normativa vigente al configurarse los hechos; vale decir, por no mantener su oferta hasta la suscripcion del contrato, tras resultar ganador de la buena pro. Debe tenerse presente que, en aplicacion del MORDAZA de Tipicidad establecido en el numeral 4 del articulo 230 de la LPAG, dicha causal se configura cuando la Entidad conoce de manera fehaciente la manifestacion de voluntad del Postor de no tener intencion de mantener su oferta presentada. Adicionalmente, el articulo 42 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en adelante, el Reglamento, establece en el numeral 1), literal d) que la propuesta tecnica debe contener, entre otros documentos, una declaracion jurada simple mediante la cual el Postor se compromete a mantener su oferta durante el MORDAZA de seleccion y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la buena pro. En tal sentido, no corresponde verificar si la Entidad observo el procedimiento establecido en el articulo 148 del Reglamento para el perfeccionamiento del contrato, ni analizar si el Postor ganador de la buena pro no mantiene su oferta hasta la suscripcion del contrato de manera justificada o injustificada sino que solo basta que se verifique que el ganador de la buena pro no mantiene su oferta hasta MORDAZA de la firma del contrato. 8. La Entidad ha remitido la Carta s/n del 29 de MORDAZA de 2009, a traves de la cual el Postor manifesto que "(...) no pudiendo firmar mi contrato por problema de robo a mi persona en la MORDAZA de Lima. Por lo que le pido mil disculpas a su institucion por lo que le suplico se me comprenda. Es propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideracion" (sic). Consecuentemente, habiendose advertido que el Postor ha manifestado su voluntad de no mantener su oferta hasta la suscripcion del contrato tras haber sido adjudicada con la buena pro, este Tribunal considera que debe disponerse el inicio del procedimiento administrativo sancionador en su contra, a fin de determinar si ha incurrido en responsabilidad por la comision de la infraccion tipificada en el literal a) del numeral 1 del articulo 51 de la Ley. Asimismo, en aras de cautelar el ejercicio irrestricto de su derecho de defensa, corresponde emplazarla para que formule sus descargos dentro del plazo de Ley. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la intervencion de las Vocales MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, atendiendo a la reconformacion de la MORDAZA Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, segun lo dispuesto en la Resolucion Nº 1742012-OSCE/PRE, expedida el 02 de MORDAZA de 2012, y en ejercicio de las facultades conferidas en los articulos 51 y 63 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y sus respectivas modificatorias, asi como los articulos 18 y 19 del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 789-2011-EF/10, analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; SE ACORDO: 1. Iniciar procedimiento administrativo sancionador contra la Asociacion de Agricultores Los MORDAZA de la MORDAZA Central por su supuesta responsabilidad al no mantener su oferta en el item IV de la Licitacion Publica por Subasta Inversa Presencial Nº 0002-2012-31 BRIG INF, infraccion tipificada en el literal a) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley. 2. Otorgar a la Asociacion de Agricultores Los MORDAZA de la MORDAZA Central el plazo de diez (10) dias para que

formule sus descargos, plazo que comenzara a contarse a partir del dia siguiente de notificado el presente acuerdo. Para tales efectos, la empresa emplazada debera ajustar su actuacion a las disposiciones previstas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del OSCE. 3. Disponer que la Secretaria del Tribunal de Contrataciones del Estado efectue la notificacion del presente Acuerdo y proporcione al administrado la clave de acceso de consulta al Toma Razon Electronico de la pagina web del OSCE (vinculo del Tribunal), con la finalidad que en lo sucesivo MORDAZA conocimiento a traves del mismo de los actos procesales expedidos por el Tribunal que correspondan ser notificados por esa via, de acuerdo a la normativa aplicable. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 904185-2

Sancionan a personas juridica y natural con inhabilitacion temporal en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
RESOLUCION Nº 058-2013-TC-S4 Sumilla: Es pasible de sancion el Contratista que da lugar a la resolucion del Contrato, de manera injustificada, ocasionando agravio a la Entidad. MORDAZA, 14 de enero de 2013 VISTO en sesion de fecha 10 de enero del 2013, de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, el Expediente 1007-2012.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa 3B TRADING S.A.C., por haber incurrido en supuesta responsabilidad al haber dado lugar a la resolucion de la Orden de Compra Nº 201000003 derivada de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 075-2011/SUNAT/ 2G3500 (Segunda Convocatoria), y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 26 de diciembre de 2011, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, en adelante la Entidad, convoco el MORDAZA de seleccion por Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 075-2011/SUNAT/2G3500 (segunda convocatoria) para la "Provision de ventiladores MORDAZA pedestal para las dependencias de Sunat a nivel MORDAZA y Callao" por un valor referencial de S/. 15,931 (Quince Mil novecientos treinta y uno con 00/100 Nuevos Soles), en adelante el MORDAZA de Seleccion. 2. El 05 de enero de 2012 tuvo lugar el acto de MORDAZA de propuestas. 3. Del 06 al 11 de enero de 2012 tuvo lugar el acto de calificacion y evaluacion de propuestas, presentandose entre otros la empresa 3B TRADING S.A.C. 4. El 12 de enero de 2012 se otorgo la buena pro a 3B TRADING S.A.C., en adelante el Contratista. 5. El 13 de enero de 2012 mediante Carta Nº 262012-SUNAT/2G3500 la Entidad notifico al Contratista la adjudicacion de la buena pro y lo cito para la recepcion de la orden de compra. 6. El 20 de enero de 2010 el Contratista recibio la Orden de Compra Nº 2012000003 por la suma de S/. 15,394.00 derivada del MORDAZA de seleccion. 7. El 01 de febrero de 2012 mediante Carta Nº 1342012-SUNAT/2G3500 la Entidad hace devolucion al Contratista del comprobante de pago indicandole que

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