Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2013 (25/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 25 de febrero de 2013

Disponen iniciar procedimiento administrativo sancionador contra la Asociacion de Agricultores Los MORDAZA de la MORDAZA Central por supuesta responsabilidad en la comision de infraccion tipificada en la Ley de Contrataciones del Estado
EN SESION DEL 19.10.2012, LA MORDAZA SALA DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO: EXPEDIENTE N° : 1235.2012TC MATERIA : INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

ii. Mediante Oficio Nº 140/31ª Brig. Inf./OEC, remitido el 25 de MORDAZA de 2012, la Entidad comunico al Postor el consentimiento de la buena pro, citandolo para que suscriba el contrato en el plazo de diez (10) dias, en cumplimiento del articulo 148 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. iii. El 29 de MORDAZA de 2012, el Postor remitio la Carta s/n, mediante la cual manifesto su desistimiento para la firma del contrato. iv. A traves del Oficio Nº 151/31ª Brig. Inf./OEC, la Entidad reitero al Postor el plazo otorgado inicialmente para la suscripcion del contrato, comunicandole que en caso contrario se procederia de acuerdo a lo senalado en el articulo 148 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. v. Mediante Carta Notarial Nº 10-2012 31ª Brig. Inf/ OEC del 11 de MORDAZA de 2012, la Entidad comunico al Postor la perdida de la buena pro y la ejecucion de la garantia. 3. Por decreto del 3 de septiembre de 2012, el Tribunal requirio a la Entidad que remita MORDAZA del Oficio Nº 140/31ª Brig. Inf/OEC del 25 de MORDAZA de 2012, mediante el cual cito al Postor para que firme el contrato materia del item IV de la Licitacion Publica por Subasta Inversa Presencial Nº 0002 - 2012-31 BRIG INF, recibido por el citado Postor, el documento que acredita la entrega efectiva de dicha comunicacion, o el documento en el que el Postor autoriza el envio de notificaciones de manera electronica. Asimismo, se le requirio que remita MORDAZA de la Carta s/n del 29 de MORDAZA de 2012, mediante la cual el Postor le comunico su desistimiento de la buena pro otorgada a su favor, en la que conste el sello y fecha de recepcion por parte de la Entidad, dentro del plazo de diez (10) dias, bajo responsabilidad y apercibimiento de comunicar a su Organo de Control Institucional, en caso de incumplimiento. 4. Mediante Oficio Nº 239/31ª Brig. Inf./NEG ABSTO/OEC, presentado el 25 de septiembre de 2012 ante la Oficina Zonal del OSCE con sede en Huancayo, recibido el 4 de octubre del mismo ano por la Mesa de Partes del Tribunal, la Entidad remitio MORDAZA del Oficio Nº 140/31ª Brig. Inf/OEC y la Carta s/n del 29 de MORDAZA de 2012. 5. Mediante decreto del 9 de octubre de 2012, se remitio el expediente a la MORDAZA Sala del Tribunal, a fin que emita su pronunciamiento sobre la procedencia del inicio del procedimiento administrativo sancionador contra el Postor; previa razon expuesta por la Secretaria del Tribunal, en la que se informa que la Entidad volvio a remitir el Oficio Nº 140/31ª Brig. Inf/OEC en el que no se consigna el nombre y documento de identidad de la persona que lo recibio ni su relacion con el administrado, de acuerdo a lo establecido en el numeral 21.4 del articulo 21 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y adjunto unicamente una comunicacion electronica a traves de la cual remitio al Postor el oficio MORDAZA senalado, sin acompanar el documento en el que el Postor autorizo la realizacion de notificaciones por medios electronicos. 6. En el caso que nos ocupa, el expediente ha sido remitido a la MORDAZA Sala para que emita opinion sobre la procedencia del inicio formal del procedimiento administrativo sancionador contra el Contratista, por lo que resulta aplicable lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 235 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en adelante LPAG, que dispone que con anterioridad a la iniciacion formal del procedimiento, se podran realizar actuaciones previas de investigacion, averiguacion e inspeccion con el objeto de determinar con caracter preliminar si concurren circunstancias que justifiquen su iniciacion.

ADMINISTRADO : ASOCIACION DE AGRICULTORES LOS MORDAZA DE LA MORDAZA CENTRAL INFRACCION : literal a) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo 1017.

ACUERDO N° 660/2012.TC-S2 19 de octubre de 2012 VISTOS: Los antecedentes del Expediente N° 1235.2012.TC, y; CONSIDERANDO: 1. El 27 de MORDAZA de 2012, el Ejercito del Peru ­ 31ª Brigada de Infanteria ­ Unidad Operativa Nº 0834, en adelante la Entidad, convoco la Licitacion Publica por Subasta Inversa Presencial Nº 0002-2012-31 BRIG INF, para la "Contratacion del Suministro de Alimentos ­ Bienes Comunes de la 31ª Brigada de Infanteria", por un valor referencial de S/. 1 713 666,69 (Un millon setecientos trece mil seiscientos sesenta y seis y 69/100 Nuevos Soles). En el caso del item IV (Pallar de Primera)1, participaron los siguientes postores: (i) Cia. Inversora Foz del MORDAZA S.A.C., (ii) Distribuidora y Comercializadora El Poderoso MORDAZA E.I.R.L., (iii) Asociacion de Agricultores MORDAZA del Centro ­ Peru, (iv) Asociacion de Agricultores Los MORDAZA de la MORDAZA Central, y (v) Semillas Agroandinas S.A.C. El 15 de MORDAZA de 2012, el Comite Especial otorgo la buena pro del item IV a la Asociacion de Agricultores Los MORDAZA de la MORDAZA Central, con una oferta economica de S/. 124 443,16 (Ciento veinticuatro mil cuatrocientos cuarenta y tres y 16/100 Nuevos Soles). Segun figura en el acta correspondiente, ningun postor dejo MORDAZA de su intencion de impugnar el proceso. 2. Con Formulario presentado el 22 de agosto de 2012 ante la Oficina Zonal del OSCE en la MORDAZA de Huancayo, recibido el 27 del mismo mes y ano por la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, la Entidad solicito que se imponga sancion administrativa al Postor por no suscribir injustificadamente el contrato. En el Informe Nº 017/2012/31ª BRIF.INF/ ABSTO que adjunta, la Entidad manifiesta lo siguiente: i. El 24 de MORDAZA de 2012 quedo consentido el otorgamiento de la buena pro del item IV a favor del Postor, lo que fue publicado en el SEACE el 25 del mismo mes y ano, de conformidad con lo establecido en el articulo 77 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

1

Cuyo valor referencial asciende a S/. 140 281,39 (Ciento cuarenta mil doscientos ochenta y uno y 39/100 Nuevos Soles).

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