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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 26 de febrero de 2013 488626 Artículo 5º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planifi cación, Gerencia de Desarrollo Social y Equipo Técnico del Presupuesto Participativo Basado en Resultados y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 904866-2 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Convocan a la población al proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2014 en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004 San Juan de Lurigancho, 20 de febrero de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad, con las funciones y atribuciones que les señala la ley; Que, el Artículo 31º párrafo 2 de la Constitución Política del Estado, señala que es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción; siendo que la ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación; Que, mediante Ordenanza Nº 249 de fecha 05.02.2013 se aprobó el Reglamento que regula el proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2014, en el Marco de Actualización del Plan de Desarrollo Concertado, del distrito de San Juan de Lurigancho, el cual contiene las fases del desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo; Que, mediante la Ordenanza Nº 249, en el numeral 13.4 del Artículo 13º, señala que corresponde al Alcalde aprobar mediante Decreto de Alcaldía, el Cronograma y Propuesta Metodológica del proceso del Presupuesto Participativo en el Marco de Actualización del Plan de Desarrollo Concertado, del Distrito de San Juan de Lurigancho. Que, los Artículos 4º, 5º, 6 y 7º de la Ley Nº 28506 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, modifi cados por la Ley Nº 29298, corresponden a las instancias, alcances, fases y ofi cialización de compromisos dentro del proceso de Presupuesto Participativo; resaltando que los presupuestos participativos locales distritales incluyen programas y proyectos de impacto, para su ámbito; Que, la Ley Nº 26300, Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadano, modifi cada por la Ley Nº 29313 en su Artículo 2º sobre Derechos de Participación de los Ciudadanos, establece los mecanismos de Participación Ciudadana en el ámbito de los Gobiernos Regionales y Locales y en su Artículo 3º regula los Derechos de Control Ciudadanos; Que, el Numeral 18.2 del Artículo 18º de la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los planes y presupuestos participativos son de carácter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector como privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperación internacional; en tanto el Acápite 20.2 del Artículo 20º de la precitada Ley, indica que los presupuestos de inversión se elaboran y ejecutan en función a los planes de desarrollo y programas de inversiones debidamente concertados conforme a lo previsto en esta Ley, sujetándose a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, es necesario convocar a la población debidamente organizada y no organizada, a las organizaciones públicas y privadas que ejecutan acciones en el distrito de San Juan de Lurigancho, a la cooperación técnica, a las autoridades, entre otros para el proceso del Presupuesto Participativo 2014 en el Marco de Actualización del Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de San Juan de Lurigancho; Que, es necesario que el distrito para el presente proceso del Presupuesto Participativo, sea segmentado para una mejor distribución de los recursos públicos, y para mejor coordinación y concertación con la población; Que, el proceso participativo se lleva a cabo a partir de la identifi cación de los principales problemas del distrito, los cuales servirán de base para la propuesta y priorización de acciones orientadas a dar soluciones integrales a dichos problemas; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean competencia del Concejo Municipal; Que, estando a lo antes expuesto y en virtud a lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y de la Ordenanza Municipal Nº 225; DECRETA: Artículo Primero.- Convocar a la población debidamente organizada y no organizada, a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, entre otros, al proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2014 en el distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- Aprobar el Cronograma y Propuesta Metodológica que regula el proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2014 en el distrito de San Juan de Lurigancho, conforme a lo detallado en el Anexo Nº I que se adjunta y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Aprobar la conformación de las comunas para el proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2014 en el distrito de San Juan de Lurigancho, conforme al plano consignado en el Anexo Nº II y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente decreto en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Secretaría de Imagen Institucional la publicación de los anexos, el Cronograma y Propuesta Metodológica que regula el Proceso Formulación del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2014 en el distrito de San Juan de Lurigancho y el plano de la conformación de las comunas para el Proceso Formulación del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2014, en el portal institucional de la Municipalidad. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación y Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Desarrollo Urbano y Equipo Técnico del Presupuesto Participativo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 904735-1